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es:recurso_potestativo_de_reposicion

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- +===== INTRODUCCIÓN:​ ¿QUE ES?  =====
-===== INTRODUCCIÓN:​ ¿QUE ES?=====+
    
 +(Articulo 123.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comun de las Administraciones Publicas) [[http://​noticias.juridicas.com/​base_datos/​Admin/​559951-l-39-2015-de-1-oct-procedimiento-administrativo-comun-de-las-administraciones.html#​a123]]
  
  
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-Se pueden recurrir las **resoluciones y los actos de trámite, que pongan fin a la vía administrativa,​** siempre que éstos últimos decidan directa o indirectamente el fondo del asunto, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento,​ produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos. A estos actos los llamamos __actos de tramite ​cualificados.__ [[(http://​noticias.juridicas.com/​base_datos/​Admin/​559951-l-39-2015-de-1-oct-procedimiento-administrativo-comun-de-las-administraciones.html#​(articulo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas)]] +Se pueden recurrir las **resoluciones y los actos de trámite, que pongan fin a la vía administrativa,​** siempre que éstos últimos decidan directa o indirectamente el fondo del asunto, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento,​ produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos. A estos actos los llamamos __actos de tramite ​cualificados__ ​(articulo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas) [[http://​noticias.juridicas.com/​base_datos/​Admin/​559951-l-39-2015-de-1-oct-procedimiento-administrativo-comun-de-las-administraciones.html#​a112]]
-Se puede fundamentar en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad previstos en los [[http://​noticias.juridicas.com/​base_datos/​Admin/​559951-l-39-2015-de-1-oct-procedimiento-administrativo-comun-de-las-administraciones.html# ​artículos 47 y 48 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas +
-]]+
  
 +Se puede fundamentar en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad previstos en los artículos 47 y 48 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas [[http://​noticias.juridicas.com/​base_datos/​Admin/​559951-l-39-2015-de-1-oct-procedimiento-administrativo-comun-de-las-administraciones.html#​a47]]
  
- +===== ¿QUE ACTOS PONEN FIN A LA VÍA ADMINISTRATIVA?​ ===== 
-====== ¿QUE ACTOS PONEN FIN A LA VIA ADMINISTRATIVA?​ =====+  
- + ​(Articulo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas)[[http://​noticias.juridicas.com/​base_datos/​Admin/​559951-l-39-2015-de-1-oct-procedimiento-administrativo-comun-de-las-administraciones.html#​a114 ​ 
- +]]
-(Articulo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas)  +
  
   * Las resoluciones de los recursos de alzada.   * Las resoluciones de los recursos de alzada.
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   * La resolución de los procedimientos complementarios en materia sancionadora ​   * La resolución de los procedimientos complementarios en materia sancionadora ​
   * Las demás resoluciones de órganos administrativos cuando una disposición legal o reglamentaria así lo establezca.   * Las demás resoluciones de órganos administrativos cuando una disposición legal o reglamentaria así lo establezca.
- 
-====== ¿QUIEN PUEDE SOLICITARLO/​PRESENTARLO?​ ====== 
  
  
 +===== ¿QUIEN PUEDE SOLICITARLO/​PRESENTARLO?​ =====
 + 
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- +Están legitimados para interponer este recurso los **interesados en el acto administrativo**,​ según el concepto del artículo 4 de la Ley 39/2915, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas ​[[http://​noticias.juridicas.com/​base_datos/​Admin/​559951-l-39-2015-de-1-oct-procedimiento-administrativo-comun-de-las-administraciones.html#​a4]] ​que establece que se consideran interesados en el procedimiento administrativo:​
-Están legitimados para interponer este recurso los **interesados en el acto administrativo**,​ según el concepto del artículo 4 de la Ley 39/2915, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas que establece que se consideran interesados en el procedimiento administrativo:​+
  
   * Quienes lo promuevan como titulares de derechos o intereses legítimos individuales o colectivos   * Quienes lo promuevan como titulares de derechos o intereses legítimos individuales o colectivos
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 Cuando la condición de interesado derivase de alguna relación jurídica transmisible,​ el derecho-habiente sucederá en tal condición cualquiera que sea el estado del procedimiento. Cuando la condición de interesado derivase de alguna relación jurídica transmisible,​ el derecho-habiente sucederá en tal condición cualquiera que sea el estado del procedimiento.
  
-A su vez, el articulo 5 de la misma ley establece que __para formular solicitudes,​ presentar declaraciones responsables o comunicaciones,​interponer recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos__ e**n nombre de otra+A su vez, el articulo 5 de la misma ley [[http://​noticias.juridicas.com/​base_datos/​Admin/​559951-l-39-2015-de-1-oct-procedimiento-administrativo-comun-de-las-administraciones.html#​a4]] ​establece que __para formular solicitudes,​ presentar declaraciones responsables o comunicaciones,​interponer recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos__ e**n nombre de otra
 persona, deberá acreditarse la representación**. Para los actos y gestiones de mero trámite se presumirá aquella representación. La representación podrá acreditarse mediante cualquier medio válido en Derecho persona, deberá acreditarse la representación**. Para los actos y gestiones de mero trámite se presumirá aquella representación. La representación podrá acreditarse mediante cualquier medio válido en Derecho
 que deje constancia fidedigna de su existencia que deje constancia fidedigna de su existencia
  
-====== FORMA DE INICIO ======+===== FORMA DE INICIO ===== 
 + 
  
  
-Mediante una **solicitud** que reúna los requisitos del artículo 115 de la Ley 39/2015 estos son: __datos de identificación del recurrente, el acto que se recurre y la razón de la impugnación,​ domicilio para su notificación,​ lugar, fecha y firma del recurrente, unidad administrativa al que se dirige__ así como demás particularidades exigidas, en su caso, por disposiciones específicas ​ +Mediante una **solicitud** que reúna los requisitos del artículo 115 de la Ley 39/​2015 ​[[http://​noticias.juridicas.com/​base_datos/​Admin/​559951-l-39-2015-de-1-oct-procedimiento-administrativo-comun-de-las-administraciones.html#​a115]] ​estos son: __datos de identificación del recurrente, el acto que se recurre y la razón de la impugnación,​ domicilio para su notificación,​ lugar, fecha y firma del recurrente, unidad administrativa al que se dirige__ así como demás particularidades exigidas, en su caso, por disposiciones específicas ​
- +
-====== PLAZO PARA INTERPONER EL RECURSO ======+
  
 +===== PLAZO PARA INTERPONER EL RECURSO =====
 + 
 +(Articulo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas) [[http://​noticias.juridicas.com/​base_datos/​Admin/​559951-l-39-2015-de-1-oct-procedimiento-administrativo-comun-de-las-administraciones.html#​a123]]
  
  
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 ===== PLAZO DE LA ADMINISTRACIÓN PARA RESOLVER ===== ===== PLAZO DE LA ADMINISTRACIÓN PARA RESOLVER =====
 + 
  
  
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 Contra la resolución expresa o la denegación presunta del recurso potestativo de reposición no cabe interponer de nuevo dicho recurso. Contra la resolución expresa o la denegación presunta del recurso potestativo de reposición no cabe interponer de nuevo dicho recurso.
  
-Téngase en cuenta, además, que si el interesado ha optado por interponer el recurso potestativo de reposición,​ para poder acudir a la vía contenciosa,​ tendrá que esperar, o bien a que se le notifique la resolución del recurso, o bien a que se haya producido la denegación presunta del mismo, ello dentro de los plazos que se han señalado anteriormente.+Téngase en cuenta, además, que si el interesado ha optado por interponer el recurso potestativo de reposición,​ para poder acudir a la vía contenciosa,​ tendrá que esperar, o bien a que se le notifique la resolución del recurso, o bien a que se haya producido la denegación presunta del mismo, ello dentro de los plazos que se han señalado anteriormente ​(articulo 123.2 de la misma ley) [[http://​noticias.juridicas.com/​base_datos/​Admin/​559951-l-39-2015-de-1-oct-procedimiento-administrativo-comun-de-las-administraciones.html#​a123]]
  
 Junto a este recurso administrativo potestativo de reposición que hemos calificado como ordinario, coexisten en nuestro ordenamiento otros recursos de reposición que son especiales, como el potestativo de reposición previo a la vía económico-administrativa,​ y el de reposición en materia tributaria local. ​ Junto a este recurso administrativo potestativo de reposición que hemos calificado como ordinario, coexisten en nuestro ordenamiento otros recursos de reposición que son especiales, como el potestativo de reposición previo a la vía económico-administrativa,​ y el de reposición en materia tributaria local. ​
  
-===== DOCUMENTOS A APORTAR =====+ ===== DOCUMENTOS A APORTAR ===== 
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Línea 96: Línea 97:
 **Todos los que estime conveniente para la defensa de su argumentación** **Todos los que estime conveniente para la defensa de su argumentación**
  
-====== FASES DEL PROCEDIMIENTO =====+===== FASES DEL PROCEDIMIENTO =====
  
  
 Las generales del procedimiento administrativo. Cabe destacar la **emisión de informe por el Centro directivo competente** por razón de la materia y la **audiencia a terceros interesados,​** si los hubiere. Las generales del procedimiento administrativo. Cabe destacar la **emisión de informe por el Centro directivo competente** por razón de la materia y la **audiencia a terceros interesados,​** si los hubiere.
  
- +===== COMO SOLICITARLO/​PRESENTARLO ===== 
-====== COMO SOLICITARLO/​PRESENTARLO ======+  
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Línea 111: Línea 112:
   * Por correo   * Por correo
   * Por Internet   * Por Internet
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 +Autora: Lidon Laborda, Virginia
  
  
/var/www/html/lefispedia/data/attic/es/recurso_potestativo_de_reposicion.1480413275.txt.gz · Última modificación: 2020/01/08 18:15 (editor externo)