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* __La [[es:constitucion|Constitución]]__: es la norma jurídica que se encuentra en la cima de la jerarquía normativa, y por lo tanto toda norma que sea contraria será inválida. Es decir, todo el Ordenamiento Jurídico español debe adaptarse a la Carta Magna, ya que es el origen del resto de normas.\\ | * __La [[es:constitucion|Constitución]]__: es la norma jurídica que se encuentra en la cima de la jerarquía normativa, y por lo tanto toda norma que sea contraria será inválida. Es decir, todo el Ordenamiento Jurídico español debe adaptarse a la Carta Magna, ya que es el origen del resto de normas.\\ | ||
*__Tratados Internacionales__: en virtud del artículo 93 CE se integra el Derecho Comunitario en el ordenamiento jurídico nacional, prevaleciendo el primero en caso de conflicto siempre y cuando no sea contrario a la CE.\\ | *__Tratados Internacionales__: en virtud del artículo 93 CE se integra el Derecho Comunitario en el ordenamiento jurídico nacional, prevaleciendo el primero en caso de conflicto siempre y cuando no sea contrario a la CE.\\ | ||
- | *__Leyes__: la [[es:ley|ley]]es para la CE la fuente principal del ordenamiento jurídico.\\ | + | *__Leyes__: la [[es:ley|ley]] es para la CE la fuente principal del ordenamiento jurídico.\\ |
*[[es:ley_organica|Ley Orgánica]] (art 81 CE): se trata de un tipo especial de ley que regula y desarrolla (en sus aspectos más fundamentales) los derechos fundamentales y las libertades públicas recogidos en los artículos 15 a 29 CE, además de otras materias previstas en la CE (como la aprobación de los Estatutos de Autonomía, el régimen general electoral, …). Requieren de mayoría absoluta para su aprobación, modificación o derogación.\\ | *[[es:ley_organica|Ley Orgánica]] (art 81 CE): se trata de un tipo especial de ley que regula y desarrolla (en sus aspectos más fundamentales) los derechos fundamentales y las libertades públicas recogidos en los artículos 15 a 29 CE, además de otras materias previstas en la CE (como la aprobación de los Estatutos de Autonomía, el régimen general electoral, …). Requieren de mayoría absoluta para su aprobación, modificación o derogación.\\ | ||
*Ley Ordinaria: se define como aquella que no es Orgánica\\ | *Ley Ordinaria: se define como aquella que no es Orgánica\\ |