Se denomina abuso del derecho a la situación que se produce cuando el ejercicio de las facultades que atribuye la titularidad de un derecho, en la manera en que determina la ley, implica la realización de actos contrarios al espíritu objetivo de la norma, lesionando derechos de terceros.
El problema de los límites de los derechos subjetivos ha preocupado a los juristas desde siempre. ¿Pueden los derechos ejercitarse de forma ilimitada? La respuesta a esta pregunta ha ido variando como consecuencia de los cambios en el pensamiento filosófico y político.
En el siglo XIX, con el Liberalismo y el apego a la letra de la ley, se propiciaba un ejercicio libre de los derechos, sin restricciones más allá de las que marcara la propia norma legal. Si las personas actúan dentro de estos límites no hay por qué preocuparse por su intención o por el perjuicio sufrido por terceros.
En el siglo XX esta concepción individualista cambia, dando lugar a la doctrina del abuso del derecho. Se considera que los derechos subjetivos no son absolutos, sino que están limitados por los justos intereses y los derechos de los demás ciudadanos.
El abuso del derecho se refiere a los derechos subjetivos con carácter general: está referido a todos ellos y no a uno en concreto. La nota de generalidad determina que este concepto se erija como idea rectora de todo el ordenamiento jurídico, que debe utilizarse como línea directora de la regulación de los Estados.
Partiendo de esta base, podemos afirmar que el abuso del derecho es un principio general del derecho, y que esta es su verdadera naturaleza jurídica. Por tanto, su función “coincidirá con la de los principios generales del derecho, es decir, servirá como fuente (art. 1.1 CC) y como elemento de interpretación de la ley, siendo esta función de gran importancia pues permite la recta aplicación de las normas a la hora de evaluar las conductas”1).
El Código Civil español, en su artículo 7.2, determina que “la ley no ampara el abuso de derecho o el ejercicio antisocial del mismo. Todo acto u omisión que, por la intención de su autor, por su objeto o por las circunstancias en que se realice, sobrepase manifiestamente los límites normales del ejercicio de un derecho, con daño para tercero, dará lugar a la correspondiente indemnización y a la adopción de medidas judiciales o administrativas que impidan la persistencia del abuso”.
Las acciones con las que se realiza un abuso del derecho tienen una característica fundamental: constituyen casos de ejercicio de un derecho subjetivo y son, por tanto, en principio acciones permitidas. Entonces, ¿qué es lo que las caracteriza como abusivas? La jurisprudencia española, desde la sentencia del Tribunal Supremo de 14 de febrero de 1944, ha determinado las condiciones de aplicación de la calificación valorativa de “abusiva” a una acción cuando:
Un caso paradigmático de abuso del derecho es el resuelto por la propia STS de 14 de febrero de 1944. El Consorcio de la Zona Franca de Barcelona tenía una concesión administrativa para extraer arenas de las playas del litoral barcelonés. Una compañía eléctrica poseía una central de energía eléctrica situada junto a la desembocadura de un río y en las inmediaciones de una playa en la que el Consorcio procedió a la extracción de arenas. La extracción de arenas produjo la desaparición de las defensas naturales que protegían a la central eléctrica frente a los desbordamientos del río y la acción del mar. En esta situación, tuvieron lugar unos fuertes temporales que produjeron importantes daños a la central. La sociedad propietaria de la misma se dirigió a los tribunales solicitando una indemnización por los daños sufridos, que fue estimada. En este caso se cumplen, pues, todos los requisitos del abuso de derecho:
ATIENZA, Manuel; RUÍZ MANERO, Juan, Ilícitos atípicos. Sobre el abuso del derecho, el fraude de ley y la desviación de poder, editorial Trotta, Madrid, 2000
HESS, Esteban R., EMILIOZZI, Esteban, ZÁRATE, José María, “El abuso del derecho, aspectos teóricos y prácticos”, en Cartapacio de Derecho: Revista Virtual de la Facultad de Derecho, nº. 19, 2010
HESS, Esteban R., EMILIOZZI, Esteban, ZÁRATE, José María, “La naturaleza jurídica del abuso del derecho”, en Cartapacio de Derecho: Revista Virtual de la Facultad de Derecho, nº. 18, 2010
MARTÍN BERNAL, José Manuel, El abuso del derecho, editorial Montecorvo, Madrid, 1982.
Autora: LUCÍA MURILLO BLASCO