¡Esta es una revisión vieja del documento!
La xenofobia es definida por la RAE como el miedo, hostilidad, rechazo u odio al extranjero. Este término tiene manifestaciones que van desde el rechazo más o menos manifiesto, como el desprecio y las amenazas, hasta las agresiones y asesinatos. Una de las formas más comunes de xenofobia es la que se ejerce en función de la raza, esto es el racismo.
La Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial define la discriminación racial o xenofobia como: Toda distinción, exclusión, restricción o preferencia basada en motivos de raza, color, linaje u origen nacional o étnico que tenga por objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad, de los derechos humanos y libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural o en cualquier otra esfera de la vida pública (Artículo 1º de CERD)
Existe en la actualidad una creciente preocupación por el rebrote de estas formaciones y de estas actitudes debido al masivo fenómeno inmigratorio y los conflictos interculturales derivados de su mala gestión.
Se diferencia del racismo por proclamar la segregación cultural y acepta a los extranjeros e inmigrantes solo mediante su asimilación sociocultural. Al margen de su consideración ética, la xenofobia también es un delito y numerosos Estados tienen tipificadas como delito las conductas racistas y xenófobas
Probablemente las raíces de la xenofobia se encuentren en nuestra hominización. La organización tribal conllevaría enfrentamientos y probables exterminios entre tribus vecinas. El sentimiento xenófobo, la prevención frente al extranjero, así, sería un rasgo evolutivo arcaico. Con la formación de sociedades amplias y permeables y el trasvase de información entre estas sociedades, veríamos al extranjero como portador de esa información y conocimiento.
En la Grecia clásica pueden descubrirse ya rasgos xenófobos, unos rasgos que se aprecian en los escritos platónicos: la sobrevaloración de la «polis», de la propia cultura en detrimento de las demás. En la historia, dependiendo de las civilizaciones y culturas que han entrado en contacto, se ha manifestado xenofobia entre estas civilizaciones y culturas. Así surge el antijudaismo, el racismo contra las etnias americanas, el racismo colonial y neocolonial europeo en África, la repulsa a los gitanos.14
El siglo XX, su primera mitad, fue especialmente trágica con el exterminio de millones de personas, justificado por la xenofobia y el racismo. El juicio de Núremberg puso fin a ese periodo y se suponía concluido. La realidad es que los movimientos nazis, neonazis, racistas y xenófobos han persistido, y reaparecen con mayor fuerza en los momentos de crisis, propicios para despertar los sentimientos xenófobos.
La crisis socioeconómica en la mayoría de los piase europeos, en los últimos años, ha multiplicado los actos xenófobos que van desde las pintadas, pancartas, folletos, discursos y campañas, hasta los actos de violencia como, las agresiones individuales y colectivas, incendios provocados, linchamientos, matanzas y limpieza étnica. A menudo los medios de comunicación insisten en las diferencias culturales, presentando las costumbres y los actos culturales ajenos como cosas raras y sorprendentes. De esa manera también fomentan hostilidad, se impulsa la xenofobia contra los extranjeros, (africanos, asiáticos o latinoamericanos), y se potencia la exclusión y rechazo.
Entre los prejuicios xenófobos más extendidos están:
La decisión Marco 2008/913/JAI del Consejo de la Unión Europea, considera en su art.1 como delito de carácter racista y xenófobo:
Y en su art. 10.1 estableció un plazo máximo de dos años para que todos los Estados miembros adoptaran las medidas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en esta decisión.
Entre las distintas normativas contra esta discriminación, podríamos destacar:
En Europa, existía el Observatorio Europeo del Racismo y la Xenofobia, en funcionamiento desde 1997, que fue reemplazado en 2007 por la Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea. La misión del Observatorio era facilitar a la Comunidad y sus Estados miembros datos objetivos, fiables y comparables a nivel europeo sobre los fenómenos del racismo, la xenofobia y el antisemitismo, que pudieran serles de utilidad cuando, en el ámbito de sus competencias, adoptaran o definieran acciones.
El Observatorio, en el momento de recoger datos sobre los fenómenos racistas y xenófobos, prestaba una especial atención a los siguientes ámbitos:
Discriminación racial y racismo:
Roberto Villar Casarejos