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Autora: Raquel Rozas Pérez

Indemnización por despido

Denominamos el concepto de indemnización por despido como una compensación económica que recibe una persona, en este término el trabajador, a causa de haber sufrido un perjuicio, el cual sería la pérdida de su puesto laboral. Esta pérdida de trabajo se puede dar dentro de los diferentes tipos de despido que se conocen en la actualidad española, aunque no a todos les corresponde la misma indemnización. Tipos de indemnizaciones La clasificación debe hacerse según dos puntos de vista interrelacionados. En primer lugar debemos basarnos en las causas, y esto nos llevaría a la división entre despido objetivo, disciplinario y colectivo; establecidos así en el propio estatuto de los trabajadores. • El despido objetivo es motivado por los criterios o supuestos que la ley permite, en concreto en el artículo 52 del Estatuto de los Trabajadores, y este lleva como consecuencia una determinada indemnización de veinte días por año trabajado con un máximo de doce meses. En caso de ser el tiempo trabajado menor a un año se prorrateara por meses.

• El despido disciplinado se da a causa de que el trabajador no cumpla con sus obligaciones o cause daños laborales, de forma grave y de manera reiterada, siendo culpable por la acción u omisión que lo cause.

• El despido colectivo lo encontramos cuando se da un número relativo de despidos según la cantidad de trabajadores que tenga la propia empresa por causas económicas o por causas técnicas, organizativas o de producción.

En segundo lugar tendremos en cuenta la clasificación según la determinación del juez, ya que este es el que debe indicar la resolución del despido basándose en el supuesto de cada caso. En esta clasificación se ve de manera más clara el derecho a la indemnización. • Despido procedente, es aquel en que el empresario ha demostrado conforme a pruebas que el despido se ha realizado de manera justa y justificada, por tanto el despido se realizará sin ningún tipo de indemnización a no ser que se trate como ya se ha dicho de un despido objetivo que se dará la indemnización ya explicada.

• El despido improcedente sí que lleva consigo una indemnización y es que en este caso el empresario no puede justificar o demostrar la causa del despido o no ha actuado según los requisitos formales de este. Por tanto el trabajador tendrá derecho a dicha indemnización o ser readmitido teniendo derecho a los salarios de trasmisión, es decir a los salarios dejados percibir durante el tiempo de despido. En caso de elegir la indemnización debemos tener en cuenta la reforma laboral de febrero de 2012 del Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, establece que los contrarios anteriores a la fecha de este deberá ser 45 días de salario por año trabajado y de 33 días de salario por año de trabajo hasta un máximo de 24 mensualidades, y en caso de periodos inferiores a un año se prorrateara por meses.

• Por último el despido nulo, este se dará cuando el motivo de este sean causas contrarias a la Constitución o la ley, y por supuesto el caso de darse en derechos fundamentales del trabajador, al darse este despido el trabajador tendrá derecho a la readmisión inmediata el abono de los salarios que ha dejado de percibir durante ese tiempo. Calculo de las indemnizaciones por despido Tendremos que tener en cuenta tres factores: la retribución, el tiempo trabajado y el tipo de despido anteriormente definido. • La retribución, esto es la retribución bruta que podrá ser anual o mensual, junto con los conceptos salariales como el número de pagas, que podrán ser doce o catorce. También debemos diferenciar dos supuestos en cuanto al salario, el salario invariable o variable. en caso de darse este ultimo hay que calcular la media de los últimos doce meses trabajados como limite máximo y el resultado obtenido se dividirá para treinta; por el contrario tenemos el salario invariable cogeremos el importe de la base de cotización mensual dividiendo al igual que el anterior supuesto por treinta.

• Días trabajados, deberemos tomar los días que se han trabajado desde el inicio del contrato hasta la finalización de este teniendo en cuenta además de los días de vacaciones disfrutados. Historia de la indemnización por despido: Para llegar al concepto de indemnización por despido debemos conocer algunas de sus apariciones en la historia laboral española para evaluar su avance a día de hoy. Bajo las condiciones del franquismo y a causa de la lucha de la clase obrera a finales de los años 70, los trabajadores consiguen el principio de unos derechos fundamentales entre los que se encuentra la seguridad de permanencia en el puesto de trabajo en el cual causa la imposición de despido libre pagado, siendo esta una de las primeras apariciones de la ahora denominada indemnización por despido de nuestra actualidad. Aunque este logro no duro demasiado ya que con el gobierno de Suarez presionado por la patronal suspendió el despido libre indemnizado. Tras diferentes reformas laborales, el estatuto de los trabajadores de 1980 es otro momento histórico de referencia de las indemnizaciones por despido, este estatuto se hace sin la participación real de los trabajadores, en este se permite tanto en el despido individual como en el colectivo de forma libre y aparte se reduce la cuantía por despido improcedente y la opción de readmisión no están en manos del trabajador sino del empresario. Actualmente la última reforma laboral española se ha eliminado la posibilidad de el llamado despido exprés, en este el empresario reconocía el despido improcedente, sin necesidad de que tomara la determinación el juez y abonaba la antigua modalidad de indemnización, la reforma ha llevado a cabo un nuevo paramento para indemnizar y la determinación de indemnización por causa de despido improcedente se da por decisión del juez no del empresario.

Bibliografía

Estatuto de los Trabajadores https://www.boe.es/buscar/pdf/1995/BOE-A-1995-7730-consolidado.pdf

Cálculo despido de indemnización http://www.jurisoft.es/herramientas/indemnizaciones.aspx?cualo=0

/var/www/html/lefispedia/data/pages/es/indemnizacion_por_despido.txt · Última modificación: 2020/01/08 18:25 (editor externo)