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¿Qué es el arbitraje internacional?

El arbitraje internacional es una alternativa al proceso judicial la cual se dedica a la resolución de conflictos comerciales de carácter internacional por vía extrajudicial. El arbitraje internacional es voluntario por lo que debe ser elegido por las partes las cuales elegirán los árbitros que serán los encargados en buscar la solución al conflicto, el idioma en el que se llevará a cabo dicho arbitraje, el lugar donde se llevara a cabo y la ley aplicable al caso concreto.

En España, el proceso del arbitraje internacional y el nacional están regulados en la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje.

Por qué es necesario el arbitraje internacional.

Este tipo de arbitraje está dirigido a empresas que puedan tener conflictos con otras empresas, clientes o proveedores de otro país extranjero por lo cual una vez que no se ha llegado a ningún tipo de acuerdo entre ellos se puede recurrir al arbitraje internacional como vía extrajudicial para la resolución de conflictos entre ellos. Las disputas más frecuentes que tienen resolución en el arbitraje internacional son las comerciales y contractuales referentes a la propiedad intelectual, la competencia y la responsabilidad civil ligada a los productos. Por ello en la firma de los contratos por parte de las empresas de diferentes estados pueden incluirse cláusulas de arbitraje en caso de que surja algún tipo de conflicto y además es muy importante incluir en dicho contrato la legislación por la que se regirá el contrato para aportar una mayor seguridad jurídica.

Los procesos arbitrales pueden llevarse a cabo por diferentes organismos como pueden ser la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional, la Comisión Interamericana de Arbitraje Comercial, la Cámara de Comercio Internacional (CCI), el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (ICSID/CIADI), la London Court of International Arbitration (LCIA) y en el caso de España la Corte española de Arbitraje.

Actores que intervienen en el proceso de arbitraje internacional.

  • Las partes, tanto la parte demandada como la parte demandante.
  • La Secretaría General de la Corte arbitral, que es la encargada de recibir los escritos y notificar a las partes las decisiones del Tribunal arbitral, una vez que estas decisiones son aprobadas por la Corte.
  • La Corte arbitral, cuya función consiste en nombrar al Tribunal arbitral, es decir nombrar a los árbitros, supervisar el proceso arbitral y fijar la provisión para gastos del proceso de arbitraje que consta de los honorarios de los árbitros y de los gastos administrativos.
  • El Tribunal arbitral, que es el encargado de resolver el conflicto que haya llevado a ambas empresas al proceso de arbitraje.

El proceso del arbitraje internacional.

El proceso de arbitraje internacional se inicia una vez que las negociaciones realizadas por las empresas de diferentes estados han sido fallidas y no han conseguido de ningún modo ponerse de acuerdo en el conflicto que tienen.

Para poder iniciar el proceso la empresa demandante deberá de presentar la demanda de inicio del proceso arbitral a alguno de los organismos nombrados anteriormente encargados de la resolución de conflictos mediante arbitraje. Dicha demanda, será notificada a la parte demandada para que pueda realizar la contestación a la demanda. Una vez se haya contestado se designaran los árbitros y se comunicará su nombramiento.

En el proceso de arbitraje es necesario realizar el pago de una provisión de fondos para hacer frente a los gastos del proceso. Una vez se haya pagado el Secretario General entregará el expediente del proceso al Tribunal arbitral. Cuando este lo reciba se oirán a las partes, y una vez oídas, se procederá a la instrucción del proceso arbitral a través del Acta de Misión, el cual es un documento donde se indican el nombre completo y en que concepto intervienen las partes, la dirección de las partes a efectos de notificación, una exposición de las pretensiones y peticiones de las partes, los puntos que han de resolverse en el proceso, los nombres y apellidos de los árbitros, donde va a tener lugar el proceso de arbitraje y las normas que van a ser de aplicación al proceso. Dicha Acta de Misión tendrá que ser firmada por las partes y el Tribunal arbitral y ser remitida a la Corte arbitral en 2 meses para aprobarla, y una vez sea aprobada las partes no podrán formular ningún tipo de demanda nueva.

El proceso seguirá en el Tribunal arbitral el cual instruirá la causa lo antes posible. Para ello examinará los documentos presentados por las parte y oirá a las partes del proceso, a los testigos y a los peritos en el caso de que hayan aportado algún dictamen. Una vez que estime que las partes han tenido la oportunidad de exponer su caso, el Tribunal cerrará la instrucción, y no podrán aportarse documentos ni pruebas. Además se deberá de indicar a la Secretaría la fecha en la que el proyecto de Laudo se someterá a la Corte para su aprobación.

El Tribunal Arbitral dictará el Laudo final en un plazo de seis meses, que comenzará tras la última firma del tribunal arbitral o de las partes. Una vez dictado el Laudo, la Secretaría notificará a las partes el texto firmado por el Tribunal cuando los gastos del arbitraje hayan sido pagados a la Corte por las partes. Antes de firmar un Laudo, el Tribunal Arbitral deberá someterlo, en forma de proyecto, a la Corte. Esta podrá ordenar modificaciones de forma y, respetando la libertad de decisión del Tribunal Arbitral, podrá llamar su atención sobre puntos relacionados con el fondo de la controversia. Ningún Laudo podrá ser dictado por el Tribunal Arbitral antes de haber sido aprobado, en cuanto a su forma, por la Corte.

Todo Laudo final arbitral es obligatorio para las partes. Al someter su controversia a arbitraje las partes se obligan a cumplir el Laudo dictado por el Tribunal arbitral.

ANDREA MARTIN MARTIN

/var/www/html/lefispedia/data/pages/es/arbitraje_internacional.txt · Última modificación: 2020/01/08 18:25 (editor externo)