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- | Sistema electoral | + | ====== Sistema electoral ====== |
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**1. Introducción** | **1. Introducción** | ||
Línea 159: | Línea 161: | ||
| NPA | Bethsabée Lunel | 222 |0.41 | | | NPA | Bethsabée Lunel | 222 |0.41 | | ||
| LO | Jean-Paul Macé | 179 |0.33 | | | LO | Jean-Paul Macé | 179 |0.33 | | ||
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+ | En este caso ningún candidato ha obtenido la mayoría absoluta. De acuerdo con la legislación francesa, se ha celebrado una segunda vuelta a la que han concurrido los dos candidatos más votados (en ocasiones se permiten más), como ven: | ||
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+ | | Elecciones legislativas francesas (2012) - 1ª de Haute-Savoie (Annecy) |||| | ||
+ | ^ Partido ^ Candidato ^ Votos ^ % ^ | ||
+ | | UMP | Bernard Accoyer | **27,473** |**56.06**| | ||
+ | | PS | Christian Jeantet | 21,535 |**43.94**| | ||
+ | |||
+ | Una vez ha alcanzado el 50% más uno de los votos, es electo el candidato de la UMP Bernard Accoyer. Cuando solo hay dos candidatos en liza, se cumple que, en aplicación de una fórmula mayoritaria en un distrito uninominal, el ganador se llevará la mayoría absoluta de los votos. La segunda vuelta se denomina balotaje (lo que nos dice bastante de la idiosincrasia francesa, donde esta institución está muy arraigada; de hecho, el propio término procede del francés). | ||
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+ | **2.5.2. Fórmulas proporcionales** | ||
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+ | El fundamento de las fórmulas proporcionales es favorecer que el porcentaje de escaños obtenidos en una circunscripción por una candidatura tienda a ser igual que el porcentaje de votos obtenidos en la misma. La literatura anglosajona suele considerar también el VUT como una fórmula de representación proporcional, si bien estamos ante una modalidad de voto que aplica una fórmula electoral dentro de la familia de las proporcionales, luego no estamos ante una fórmula diferente. Existen dos grandes subfamilias de fórmulas proporcionales, existiendo aquellas fórmulas de **media mayor** (basadas en sucesiones de divisores) y **de cuota** (que son también conocidas como «de resto mayor», aunque en puridad se refiere al método de asignación de los escaños todavía vacantes, y no es el único posible). | ||
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+ | **2.5.2.1. Fórmulas proporcionales de media mayor** | ||
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+ | Existe una familia de fórmulas que __se basan en una sucesión de divisores__. Esta idea implica que el número de votos obtenido por cada una de las candidaturas admitidas al reparto es __constantemente dividido por tantos divisores como escaños haya que repartir__. Si los divisores son los números naturales (1, 2, 3, …), y una partido obtiene 100 votos, para una circunscripción de 5 escaños las divisiones sucesivas serán 100/1, 100/2, 100/3, …, 100/5. Este mismo proceso se lleva a cabo con los votos de las demás candidaturas hasta que se obtienen todos los cocientes. En el ejemplo obtendrían escaño los partidos a los que les correspondan los 5 mayores cocientes. Generalizando, estas fórmulas buscan hallar m · nj cocientes dividiendo los votos m candidaturas entre n<sub>1</sub>, n<sub>2</sub>, n<sub>3</sub>, …, n<sub>j</sub> divisores. En una circunscripción con j escaños, __serán elegidos los j mayores cocientes__. Cabe destacar que los cocientes se suelen expresar en números enteros redondeados. | ||
+ | |||
+ | La fórmula más conocida es el **método D’Hont** (o de Jefferson en EEUU), en el que el primer divisor es un 1, y los divisores se incrementan a razón de 1, luego se corresponden con los números naturales. Este método es el empleado en las elecciones al Congreso de los Diputados. El siguiente ejemplo muestra el reparto de escaños en las últimas elecciones para la provincia de Zaragoza (7 escaños): | ||
+ | |||
+ | |Divisor^PSOE^PP^VOX^UP^C's^Más País^ | ||
+ | ^1|**157,420**|**119,421**|**91,978**|**57,398**|46,465|22,989| | ||
+ | ^2|**78,710**|**59,711**|45,989|28,699|23,323|11,495| | ||
+ | ^3|**52,473**|39,807|30,659|19,133|15,548|7,663| | ||
+ | ^4|39,355|29,855|22,995|14,350|11,661|5,747| | ||
+ | ^5|31,484|23,884|18,396|11,480|9,329|4,598| | ||
+ | ^6|26,237|19,904|15,330|9,566|7,774|3,832| | ||
+ | ^7|22,489|17,060|13,140|8,200|6,664|3,284| | ||
+ | |||
+ | En este caso, el PSOE obtuvo 3 escaños; el PP 2; y VOX y UP, uno cada partido. También es conocido el **método de Sainte-Laguë** (o de Webster en EEUU), en el que el primer divisor es un 1, y los divisores se incrementan a razón de 2, esto es, la sucesión de los números impares. Aplicado al caso anterior, resultaría en: | ||
+ | |||
+ | |Divisor^PSOE^PP^VOX^UP^C's^Más País^ | ||
+ | ^1|**157,420**|**119,421**|**91,978**|**57,398**|**46,465**|22,989| | ||
+ | ^3|**52,473**|**39,807**|30,659|19,133|15,548|7,663| | ||
+ | ^5|31,484|23,884|18,396|11,480|9,329|4,598| | ||
+ | ^7|22,489|17,060|13,140|8,200|6,664|3,284| | ||
+ | ^9|17,491|13,269|10,220|6,378|5,183|2,554| | ||
+ | ^11|14,311|10,856|8,362|5,218|4,240|2,090| | ||
+ | ^13|12,109|9,186|7,075|4,415|3,588|1,768| | ||
+ | |||
+ | En este caso, el PSOE pierde un escaño, que aquí pasaría a ganar Ciudadanos. Especialmente la fórmula D’Hont ha sido ampliamente denostada en España por su aparente falta de proporcionalidad en cuanto a la correspondencia porcentaje de votos-porcentaje de escaños. Sin embargo, dichas críticas carecen de fuerza argumentativa para evaluar la legitimidad de un proceso electoral. En primer lugar, la proporcionalidad no es sinónimo de representatividad y, en segundo lugar, las distorsiones no están tanto en la fórmula como en la configuración del propio sistema: magnitud y delimitación de las circunscripciones, barreras electorales… | ||
+ | |||
+ | Efectuar un reparto proporcional no implica asignar una porción exacta de escaños, en tanto no se pueden asignar escaños fraccionarios, sino que estos deben ser cantidades enteras. Es, por tanto, infrecuente una correspondencia perfecta, luego la categorización de un reparto como proporcional radica realmente en que a mayor porcentaje de votos, mayor porcentaje de escaños, medido a nivel de la circunscripción en cuestión y en ausencia de variación de los demás componentes del sistema. Solo así puede categorizarse un método de reparto proporcional como tal. Cuestión distinta es la evaluación de unos resultados agregados (p. ej. el total nacional en las elecciones al Congreso), puesto que aquí entran en juego otros factores anteriormente mencionados (si bien cabe matizar que, incluso con tales restricciones, si la mecánica de reparto a nivel de circunscripción entra dentro de una subfamilia proporcional, entonces nuestro sistema electoral es proporcional). Por tanto, se debe afirmar que las fórmulas de divisor son proporcionales. | ||
+ | |||
+ | Incluso merece añadir que, si bien los detractores de las fórmulas de divisor suelen argumentar contra su «imprecisión», esta subfamilia satisface en su totalidad una propiedad denominada **monotonía de la cámara**, descrita por Balinski y por Young (1982:117), según la cual un incremento en la magnitud de la circunscripción garantiza que todo partido obtenga un número de escaños no inferior al que le habría correspondido con menos escaños. Dicho de otra forma: si, en nuestro ejemplo, la provincia de Zaragoza incrementa su magnitud, solo bajo una fórmula de divisor se garantiza siempre que ningún partido va a ser «perjudicado» con el reparto. Esto, en cambio, **nunca** va a ser posible con fórmulas de cuota. Ejemplo: imaginemos que, existiendo un reparto puramente poblacional de escaños a las provincias, la circunscripción de Madrid cuenta con 49 diputados (en lugar de 37) y comparamos con una fórmula de cada tipo qué sucedería si ganara un escaño: | ||
+ | |||
+ | | || Fórmula de divisor (D'Hont) || Fórmula de cuota (Hare) || | ||
+ | ^Partido^Votos|M = **49** | M = **50** | M = **49** | M = **50** | | ||
+ | |PSOE|948,751|14|14|13|14| | ||
+ | |PP|879,667|13|13|12|13| | ||
+ | |VOX|647,924|9|9|9|9| | ||
+ | |UP|459,030|6|7|7|7| | ||
+ | |**C's**|**319,310**|4|4|5|**4**| | ||
+ | |Más País|199,172|3|3|3|3| | ||
+ | |||
+ | Como podemos observar, si empleamos una fórmula de cuota (que detallaremos en el siguiente epígrafe) sucede que, cuando Madrid incrementa su magnitud en un diputado, Ciudadanos pierde un escaño. En cambio, esto nunca va a suceder con una fórmula de divisor, con la que simplemente ni gana ni pierde. Por tanto, podemos concluir que __la principal ventaja de las fórmulas de divisor es la garantía de que un incremento en el número de escaños a repartir no perjudica a ninguno__. | ||
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+ | **2.5.2.2. Fórmulas proporcionales de cuota o «de resto mayor»** | ||
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+ | Las fórmulas de cuota constituyen la otra subfamilia de fórmulas proporcionales. Su fundamento es más sencillo que el de las fórmulas de divisor, ya que simplemente __consiste en dividir el número de votos de cada partido por una cuota, que determina el precio de un escaño__. El resultado obtenido es el número de escaños que corresponde a cada uno, si bien es frecuente que no se asignen todos ellos. | ||
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+ | Esto se debe a que __es infrecuente que todas las divisiones sean exactas__. Es aquí donde entran en juego las diferentes formas de asignación de esos escaños que faltan. __El método más conocido asigna los escaños restantes a los cocientes que han obtenido mayor cifra decimal__. Dicho de otra manera, van a los restos (partes fraccionarias de un escaño) mayores. Por ello se suele denominar a esta familia fórmulas **«de resto mayor»**, si bien no siempre se aplica este método (p. ej. Israel emplea el **método de Bader-Offer**, que va asignando los escaños restantes a los partidos o coaliciones bipartitas con mayor número de votos por escaño). En esta explicación, no obstante, haremos uso siempre del método de los restos mayores. | ||
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+ | La fórmula más conocida dentro de esta subfamilia es el **cociente Hare** (también llamado método de Hamilton en EEUU), que es el resultado de __dividir el número de votos admitidos a reparto entre el número de escaños__. No existe un consenso en cuanto al redondeo o truncamiento de la fórmula, si bien en estos ejemplos el resultado va a ser truncado. Este sería el resultado para la provincia de Zaragoza: | ||
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+ | |Cociente Hare =||495,671 / 7 =||70,810|| | ||
+ | ^Partido^Votos^Cociente^Entero^Decimal^Escaños^ | ||
+ | |PSOE|157,420|2.2231|2|0.2231|2| | ||
+ | |PP|119,421|1.6865|1|**0.6865**|2| | ||
+ | |VOX|91,978|1.2989|1|0.2989|1| | ||
+ | |UP|57,398|0.8106| |**0.8106**|1| | ||
+ | |C's|46,465|0.6562| |**0.6562**|1| | ||
+ | |Más País|22,989|0.3247| |0.3247| | | ||
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+ | Algunas jurisdicciones emplean una variante conocida como **cuota Hagenbach-Bischoff**, en la que __el divisor es el total de escaños más uno__. Si a esa fórmula __le suman una unidad__ se obtiene la **cuota Droop**, que se emplea también en el VUT (aunque de forma distinta a un sistema de listas de partido). Esta cuota __es la más pequeña en garantizar que no sean repartidos más escaños de los debidos__ (cosa que sí puede suceder en cocientes más pequeños como **Imperiali**, que consiste en emplear como divisor __el número de escaños más 2__), y en el ejemplo resultaría: | ||
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+ | |Cociente Droop =||1 + [ 495,671 / (7+1) ] =||61,959|| | ||
+ | ^Partido^Votos^Cociente^Entero^Decimal^Escaños^ | ||
+ | |PSOE|157,420|2.5407|2|0.5407|2| | ||
+ | |PP|119,421|1.9274|1|**0.9274**|2| | ||
+ | |VOX|91,978|1.4845|1|0.4845|1| | ||
+ | |UP|57,398|0.9264| |**0.9264**|1| | ||
+ | |C's|46,465|0.7499| |**0.7499**|1| | ||
+ | |Más País|22,989|0.3710| |0.3710| | | ||
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+ | El empleo de una determinada fórmula de cuota tiene especial repercusión en el llamado **voto único trasferible**. Esta particular modalidad de votación no aplica la cuota electoral al número de votos obtenido por cada partido, sino a candidatos concretos. Como es imposible que una persona obtenga dos o más escaños, si un candidato supera la cuota electoral los votos en exceso __pueden ser trasferidos a otros candidatos__ (de acuerdo con las instrucciones del elector en la papeleta), de manera que la elección de la cuota adecuada influye tanto en la minimización de votos «malgastados», como en la legitimación de una mayoría suficiente para que un candidato cuente con el mayor grado de consenso dentro del electorado. | ||
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+ | Esta discusión se remonta al siglo XIX, cuando las cuotas Hare y Droop tomaron forma en Europa de cara a su aplicación al VUT. Si bien las versiones primitivas del VUT empleaban la cuota Hare, la cuota Droop terminó imponiéndose porque: | ||
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+ | * En primer lugar, __garantiza que una mayoría absoluta de los votos cuente con representación__. En el caso de una elección uninominal, un candidato obtiene la mayoría absoluta si obtiene la mitad más uno de los votos. Por tanto, si traducimos que para M=1 la cuota a emplear es 1+[Votos/(1+1)], para una magnitud M la cuota empleada seguirá tal que 1+[Votos/(M+1)]. | ||
+ | * En segundo lugar, ello __garantiza la maximización de los votos que pueden ser trasferidos__ a otros candidatos. Como hemos señalado anteriormente, la cuota Droop es la mínima cantidad de votos necesaria para obtener un escaño (es, de hecho, la **barrera electoral efectiva** para varios autores), de manera que con la cuota Hare se exige a un candidato un número más elevado de votos para ser electo, luego existirán menos votos trasferibles. | ||
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+ | **3. Conclusiones** | ||
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+ | Los sistemas electorales son el fundamento de la representación política en tanto constituyen los mecanismos de conversión de la voluntad popular en los decisores. Ninguna sociedad humana está libre de complejidad y de cambio, de manera que la configuración de estas reglas __permite traducir concretas demandas sociales al modo de hacer política__: desde la prioridad de plasmar la variedad cultural, étnica e ideológica de un pueblo hasta la garantía de estabilidad gubernamental, todo objetivo de reforma electoral recorre un área gris que oscila entre la posible manipulación del sistema electoral y la modificación del mismo atendiendo a los principios éticos inicialmente citados. La tendencia hacia una u otra práctica será clave para determinar la legitimidad de una reforma electoral. __Ninguna norma se puede concebir como perpetua, sino abierta su modificación conforme la realidad cambia__. Por ello, del mismo modo que una crisis económica o social conlleva sus reformas normativas en consecuencia, ¿no debería una crisis política llevar a los legisladores a actuar en consecuencia, si los objetivos pretendidos por el sistema vigente fallan, o son otros? ¿Puede tacharse de ilegítima una reforma del sistema electoral elaborada conforme a las definiciones internacionales de democracia? Mi respuesta es negativa: **mientras las elecciones sean democráticas, todo cambio en el sistema electoral (en coherencia con estos principios) atiende a motivos tácticos o estratégicos**, del mismo modo que los legisladores pueden elegir entre varias opciones en cuestiones como la política económica, fiscal, criminal… dentro de las posibilidades ofertadas por un marco constitucional y legal adecuado. | ||
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+ | **4. Bibliografía citada** | ||
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+ | * COX, Gary, __Making Votes Count: Strategic Coordination in the World's Electoral Systems__, Cambridge University Press, 1997. | ||
+ | * SARTORI, Giovanni, __Elementos de teoría política__, Alianza Editorial, 2005. | ||
+ | * BLAIS, André; MASSICOTTE, Louis, __Mixed electoral systems : a conceptual and empirical survey__, Electoral Studies 18, 1999, pp 341-366. | ||
+ | * BALINSKI, Michel L.; YOUNG, H.P., __Fair Representation__, Yale University Press, 1982. | ||
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Iulen Tazueco Manrique | Iulen Tazueco Manrique | ||
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