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es:secreto_de_estado

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 En el **artículo segundo** de la Ley 9/1968, de 5 de abril, sobre secretos oficiales, se establece que “a los efectos de esta Ley podrán ser declaradas **"​materias clasificadas"​** los asuntos, actos, documentos, informaciones,​ datos y objetos cuyo conocimiento por personas no autorizadas pueda dañar o poner en riesgo la [[https://​es.wikipedia.org/​wiki/​Seguridad_nacional|seguridad]] y [[defensa]] del Estado"​. Los **bienes jurídicos protegidos** son, por lo tanto, la **seguridad** y la **defensa nacional**. Los secretos de Estado encuentran su razón de ser en el posible daño que se les podría causar a estos bienes si aquellas informaciones cayeran en manos equivocadas,​ principalmente potencias extranjeras. En el **artículo segundo** de la Ley 9/1968, de 5 de abril, sobre secretos oficiales, se establece que “a los efectos de esta Ley podrán ser declaradas **"​materias clasificadas"​** los asuntos, actos, documentos, informaciones,​ datos y objetos cuyo conocimiento por personas no autorizadas pueda dañar o poner en riesgo la [[https://​es.wikipedia.org/​wiki/​Seguridad_nacional|seguridad]] y [[defensa]] del Estado"​. Los **bienes jurídicos protegidos** son, por lo tanto, la **seguridad** y la **defensa nacional**. Los secretos de Estado encuentran su razón de ser en el posible daño que se les podría causar a estos bienes si aquellas informaciones cayeran en manos equivocadas,​ principalmente potencias extranjeras.
  
-El órgano encargado de decretar que informaciones son declaradas como clasificadas es el **Consejo de Ministros**,​ sin perjuicio de que existan informaciones que serán secretas sin necesidad de declaración si así se previera en la ley, como es el caso de la [[https://​www.boe.es/​buscar/​act.php?​id=BOE-A-2002-8628|Ley 11/2002, de 6 de mayo, reguladora del Centro Nacional de Inteligencia.]]+El órgano encargado de decretar que informaciones son declaradas como clasificadas es el **Consejo de Ministros**,​ sin perjuicio de que existan informaciones que serán secretas sin necesidad de declaración si así se previera en la ley, como es el caso de la [[https://​www.boe.es/​buscar/​act.php?​id=BOE-A-2002-8628|Ley 11/2002, de 6 de mayo, reguladora del Centro Nacional de Inteligencia.]] ​
  
 El artículo tercero de la ya mencionada ley ya señala la existencia de **diferentes grados de protección**,​ **secreto** o **reservado**,​ en relación con el grado de protección que se requiera. Una vez que una información ha sido declarada como secreta o reservada solo podrán acceder a ella las personas y órganos debidamente acreditadas siguiendo siempre las formalidades y limitaciones determinadas. El artículo tercero de la ya mencionada ley ya señala la existencia de **diferentes grados de protección**,​ **secreto** o **reservado**,​ en relación con el grado de protección que se requiera. Una vez que una información ha sido declarada como secreta o reservada solo podrán acceder a ella las personas y órganos debidamente acreditadas siguiendo siempre las formalidades y limitaciones determinadas.
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 El carácter secreto de estas informaciones no operará frente al **Congreso de los Diputados** ni el **Senado**, que tendrán siempre acceso a toda información que estos requieran, constituyéndose si así fuera necesario sesiones secretas. ​ El carácter secreto de estas informaciones no operará frente al **Congreso de los Diputados** ni el **Senado**, que tendrán siempre acceso a toda información que estos requieran, constituyéndose si así fuera necesario sesiones secretas. ​
  
-Estos secretos son susceptibles de aparecer en muy variados ámbitos; **político,​ militar, diplomático,​ económico, industrial, etc.**, siempre que se justifique el interés para la defensa y la seguridad del Estado.+Estos secretos son susceptibles de aparecer en muy variados ámbitos; **político,​ militar, diplomático,​ económico, industrial, etc.**, siempre que se justifique el interés para la defensa y la seguridad del Estado. ​
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 Los actos de un gobierno democrático deberían ser siempre **públicos**,​ ya que solo así se podrá garantizar el acceso de los ciudadanos a la información necesaria para ejercer de forma libre y consciente su voluntad [[soberania_nacional|soberana]],​ lo que nos llevaría en un principio a excluir el secreto de la práctica democrática. ​ Los actos de un gobierno democrático deberían ser siempre **públicos**,​ ya que solo así se podrá garantizar el acceso de los ciudadanos a la información necesaria para ejercer de forma libre y consciente su voluntad [[soberania_nacional|soberana]],​ lo que nos llevaría en un principio a excluir el secreto de la práctica democrática. ​
  
-**Norberto Bobbio** consideraba que en democracia el secreto solo será admisible cuando garantice un interés protegido por la Constitución sin afectar otros intereses igualmente garantizados. Deberá darse siempre una **ponderación** de los bienes constitucionales en juego, reconociendo que la seguridad del Estado no será siempre el bien más valioso a proteger. ​+**Norberto Bobbio** consideraba que en democracia el secreto solo será admisible cuando garantice un interés protegido por la Constitución sin afectar otros intereses igualmente garantizados. Deberá darse siempre una **ponderación** de los bienes constitucionales en juego, reconociendo que la seguridad del Estado no será siempre el bien más valioso a proteger. ​((Bobbio, Norberto. 2013, pp:68. //​Democracia y secreto//. México: Fondo de Cultura 
 +Económica.)) 
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 [[https://​www.boe.es/​buscar/​act.php?​id=BOE-A-2013-12887|La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia,​ Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno ]]también establece como límites al acceso de la información pública la seguridad nacional y la defensa. Además, el artículo 14 de esta ley se recoge una larga lista de bienes jurídicos en los que el acceso a la información relativa a estos podrá ser susceptible de limitación. ​ [[https://​www.boe.es/​buscar/​act.php?​id=BOE-A-2013-12887|La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia,​ Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno ]]también establece como límites al acceso de la información pública la seguridad nacional y la defensa. Además, el artículo 14 de esta ley se recoge una larga lista de bienes jurídicos en los que el acceso a la información relativa a estos podrá ser susceptible de limitación. ​
-La **Estrategia Española de Seguridad de 2013** ayuda a comprender qué se englobaría dentro de la seguridad nacional, en la que se incluyen frentes tan variados como **conflictos armados, terrorismo, crimen organizado, vulnerabilidad energética,​ espionaje, vulnerabilidad del espacio marítimo, ciberseguridad,​ seguridad económica y financiera, flujos migratorios,​ emergencias y catástrofes e infraestructuras críticas.**+La **Estrategia Española de Seguridad de 2013** ayuda a comprender qué se englobaría dentro de la seguridad nacional, en la que se incluyen frentes tan variados como **conflictos armados, terrorismo, crimen organizado, vulnerabilidad energética,​ espionaje, vulnerabilidad del espacio marítimo, ciberseguridad,​ seguridad económica y financiera, flujos migratorios,​ emergencias y catástrofes e infraestructuras críticas.**((Cousido González, María Pilar. 2014, pp:8. //Secretos de Estado: cambios reales, políticos y legales en la era de la transparencia.//​ Revista jurídica de Castilla y León. Transparencia y acceso a la información pública.))
  
 Resulta relevante también la introducción de nuevas categorías de calificación de documentos clasificados que introdujo la ya mencionada [[https://​www.boe.es/​buscar/​act.php?​id=BOE-A-2002-8628|Ley 11/2002, de 6 de mayo, reguladora del Centro Nacional de Inteligencia]],​ alejada de la simple categorización que la Ley de Secretos Oficiales realiza. Resulta relevante también la introducción de nuevas categorías de calificación de documentos clasificados que introdujo la ya mencionada [[https://​www.boe.es/​buscar/​act.php?​id=BOE-A-2002-8628|Ley 11/2002, de 6 de mayo, reguladora del Centro Nacional de Inteligencia]],​ alejada de la simple categorización que la Ley de Secretos Oficiales realiza.
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 =====Bibliografía===== =====Bibliografía=====
 +  *DE LUCAS, Javier(1999). //Secretos de Estado.// Derechos y libertades. Revista del Instituto Bartolomé de las Casas. ​
 +  *COUSIDO GONZÁLEZ, María Pilar(2014). //Secretos de Estado: cambios reales, políticos y legales en la era de la transparencia.//​ Revista jurídica de Castilla y León. Transparencia y acceso a la información pública. ​
 +  *DÍEZ-PICAZO,​ Luis María(1998). //Sobre secretos oficiales//​. Cuadernos civitas.
 +  *GARCIA BOSSIO, María Pilar(2017)//​ State secrecy. The limits of democracy//​. Apuntes de Investigación del CECYP, 2017, (29): 156-165. ​
 +--------
  
-  *COUSIDO GONZÁLEZ, María Pilar. //Secretos de Estado: cambios reales, políticos y legales en la era de la transparencia.//​(2014)  ​ 
-  *DE LUCAS, Javier. //Secretos de Estado.//​(1999) 
-  *DÍEZ-PICAZO,​ Luis María. //Sobre secretos oficiales//​(1998) 
-  *GARCIA BOSSIO, María Pilar //State secrecy. The limits of democracy//​(2017) 
  
  
 Adrián España Ara Adrián España Ara
/var/www/html/lefispedia/data/attic/es/secreto_de_estado.1574798210.txt.gz · Última modificación: 2020/01/08 18:15 (editor externo)