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es:salario [2017/11/16 11:02] lefispedia 1. INTRODUCCION |
es:salario [2020/01/08 18:25] (actual) |
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- | ====== Salario ====== | + | ====== SALARIO ====== |
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El concepto “salario” queda regulado en el [[http://noticias.juridicas.com/base_datos/Laboral/561075-et-2015.html#a26|artículo 26.1 del Estatuto de los Trabajadores]](en adelante ET), y se define como la totalidad de las percepciones económicas de los trabajadores, en dinero o en especie, por la prestación profesional de los servicios laborales por cuenta ajena. Así pues, los elementos del concepto son: | El concepto “salario” queda regulado en el [[http://noticias.juridicas.com/base_datos/Laboral/561075-et-2015.html#a26|artículo 26.1 del Estatuto de los Trabajadores]](en adelante ET), y se define como la totalidad de las percepciones económicas de los trabajadores, en dinero o en especie, por la prestación profesional de los servicios laborales por cuenta ajena. Así pues, los elementos del concepto son: | ||
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Definido el salario, a lo largo del trabajo expondremos los sistemas salariales existentes, definiremos la estructura del salario y el concepto de salario mínimo interprofesional, hablaremos de la forma de pago del salario, y por último expondremos el concepto de fondo de garantía salarial. | Definido el salario, a lo largo del trabajo expondremos los sistemas salariales existentes, definiremos la estructura del salario y el concepto de salario mínimo interprofesional, hablaremos de la forma de pago del salario, y por último expondremos el concepto de fondo de garantía salarial. | ||
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Existen 4 sistemas salariales en nuestra legislación: | Existen 4 sistemas salariales en nuestra legislación: | ||
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- La participación en beneficios: consiste en que el salario o una parte del él está vinculado a la existencia o no de beneficios en la empresa; si la totalidad del salario viene vinculado a la participación en beneficios, el trabajador deberá tener derecho al salario mínimo interprofesional. | - La participación en beneficios: consiste en que el salario o una parte del él está vinculado a la existencia o no de beneficios en la empresa; si la totalidad del salario viene vinculado a la participación en beneficios, el trabajador deberá tener derecho al salario mínimo interprofesional. | ||
- | **3. ESTRUCTURA DEL SALARIO** | + | ====== 3. ESTRUCTURA DEL SALARIO ====== |
En el artículo 26.3 se determina que la estructura del salario se fijará en la [[https://es.wikipedia.org/wiki/Negociaci%C3%B3n_colectiva|negociación colectiva]], o en su defecto en el [[https://es.wikipedia.org/wiki/Contrato_individual_de_trabajo|contrato individual]]. No obstante, se establecen una serie de normas: | En el artículo 26.3 se determina que la estructura del salario se fijará en la [[https://es.wikipedia.org/wiki/Negociaci%C3%B3n_colectiva|negociación colectiva]], o en su defecto en el [[https://es.wikipedia.org/wiki/Contrato_individual_de_trabajo|contrato individual]]. No obstante, se establecen una serie de normas: | ||
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4. El artículo 26.3 ET dispone que no tendrán la consideración de salario las cantidades percibidas por el trabajador en concepto de indemnizaciones. | 4. El artículo 26.3 ET dispone que no tendrán la consideración de salario las cantidades percibidas por el trabajador en concepto de indemnizaciones. | ||
- | + | ====== 4. EL SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL ====== | |
- | **4. EL SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL** | + | |
El [[http://www.salariominimo.es/|salario mínimo interprofesional]] queda regulado en el artículo 27 ET, y se define como el salario al que tiene derecho siempre el trabajador. | El [[http://www.salariominimo.es/|salario mínimo interprofesional]] queda regulado en el artículo 27 ET, y se define como el salario al que tiene derecho siempre el trabajador. | ||
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* Si son inferiores: compensación por la diferencia | * Si son inferiores: compensación por la diferencia | ||
- | **5. EL PAGO DEL SALARIO** | + | ====== 5. EL PAGO DEL SALARIO ====== |
En virtud del artículo 29.1 ET, la liquidación y el [[https://loentiendo.com/el-pago-del-salario/|pago del salario]] se harán puntualmente en la fecha y lugar convenidos o conforme a los usos y costumbres. | En virtud del artículo 29.1 ET, la liquidación y el [[https://loentiendo.com/el-pago-del-salario/|pago del salario]] se harán puntualmente en la fecha y lugar convenidos o conforme a los usos y costumbres. | ||
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Finalmente, el pago del salario debe ser documentado mediante la entrega al trabajador de un recibo individual y justificativo del pago del mismo. El recibo debe ajustarse al modelo aprobado por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, el cual informa a los trabajadores de la cuantía total de la cotización a la SS, indicando la parte de cotización que corresponde a la aportación de empresario y la que corresponde al trabajador. | Finalmente, el pago del salario debe ser documentado mediante la entrega al trabajador de un recibo individual y justificativo del pago del mismo. El recibo debe ajustarse al modelo aprobado por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, el cual informa a los trabajadores de la cuantía total de la cotización a la SS, indicando la parte de cotización que corresponde a la aportación de empresario y la que corresponde al trabajador. | ||
- | **6. FONDO DE GARANTÍA SALARIAL** | + | ====== 6.FONDO DE GARANTÍA SALARIAL ====== |
El Fondo de garantía salarial ([[http://www.empleo.gob.es/fogasa/|FOGASA]]) queda regulado en el artículo 33 ET, y se define como un organismo autónomo dependiente de Ministerio de Empleo y SS cuyo objetivo es garantizar el abono de los salarios e indemnización de todas las empresas. Se financia a través de cotizaciones empresariales. | El Fondo de garantía salarial ([[http://www.empleo.gob.es/fogasa/|FOGASA]]) queda regulado en el artículo 33 ET, y se define como un organismo autónomo dependiente de Ministerio de Empleo y SS cuyo objetivo es garantizar el abono de los salarios e indemnización de todas las empresas. Se financia a través de cotizaciones empresariales. | ||
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Para finalizar, destacar que el trabajador debe ejercitar su derecho al pago de las prestaciones dentro del año siguiente a la fecha del acto de conciliación. | Para finalizar, destacar que el trabajador debe ejercitar su derecho al pago de las prestaciones dentro del año siguiente a la fecha del acto de conciliación. | ||
- | **6. BIBLIOGRAFÍA** | + | ====== 7. BIBLIOGRAFÍA ====== |
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+ | * Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. | ||
+ | * Enciclopedia Jurídica (2014) [[http://www.enciclopedia-juridica.biz14.com/d/gratificaciones-extraordinarias/gratificaciones-extraordinarias.htm]] | ||
+ | * [[http://www.salariominimo.es/]] | ||
+ | * Jorge Danés (2017). El pago del salario al trabajador. //Loentiendo.com//. [[https://loentiendo.com/el-pago-del-salario/]] | ||
+ | * Real Decreto 742/2016, de 30 de diciembre, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2017. | ||
+ | * Negociación colectiva (En Wikipedia) [[https://es.wikipedia.org/wiki/Negociaci%C3%B3n_colectiva]] | ||
+ | * Contrato individual de trabajo (En Wikipedia). [[https://es.wikipedia.org/wiki/Contrato_individual_de_trabajo]] | ||
+ | * Ministerio de Empleo y Seguridad Social. Fondo de Garantía Salarial. [[http://www.empleo.gob.es/fogasa/]] | ||
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//Autor: Yaiza Paternoy Gregorio// | //Autor: Yaiza Paternoy Gregorio// | ||