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Contra la resolución expresa o la denegación presunta del recurso potestativo de reposición no cabe interponer de nuevo dicho recurso. | Contra la resolución expresa o la denegación presunta del recurso potestativo de reposición no cabe interponer de nuevo dicho recurso. | ||
- | Téngase en cuenta, además, que si el interesado ha optado por interponer el recurso potestativo de reposición, para poder acudir a la vía contenciosa, tendrá que esperar, o bien a que se le notifique la resolución del recurso, o bien a que se haya producido la denegación presunta del mismo, ello dentro de los plazos que se han señalado anteriormente (articulo 123.2 de la misma ley [[http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/559951-l-39-2015-de-1-oct-procedimiento-administrativo-comun-de-las-administraciones.html#a123]] | + | Téngase en cuenta, además, que si el interesado ha optado por interponer el recurso potestativo de reposición, para poder acudir a la vía contenciosa, tendrá que esperar, o bien a que se le notifique la resolución del recurso, o bien a que se haya producido la denegación presunta del mismo, ello dentro de los plazos que se han señalado anteriormente (articulo 123.2 de la misma ley) [[http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/559951-l-39-2015-de-1-oct-procedimiento-administrativo-comun-de-las-administraciones.html#a123]] |
Junto a este recurso administrativo potestativo de reposición que hemos calificado como ordinario, coexisten en nuestro ordenamiento otros recursos de reposición que son especiales, como el potestativo de reposición previo a la vía económico-administrativa, y el de reposición en materia tributaria local. | Junto a este recurso administrativo potestativo de reposición que hemos calificado como ordinario, coexisten en nuestro ordenamiento otros recursos de reposición que son especiales, como el potestativo de reposición previo a la vía económico-administrativa, y el de reposición en materia tributaria local. |