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===== INTRODUCCIÓN: ¿QUE ES? ===== | ===== INTRODUCCIÓN: ¿QUE ES? ===== | ||
+ | (Articulo 123.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comun de las Administraciones Publicas) [[http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/559951-l-39-2015-de-1-oct-procedimiento-administrativo-comun-de-las-administraciones.html#a123]] | ||
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Se pueden recurrir las **resoluciones y los actos de trámite, que pongan fin a la vía administrativa,** siempre que éstos últimos decidan directa o indirectamente el fondo del asunto, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos. A estos actos los llamamos __actos de tramite cualificados__ (articulo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas) [[http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/559951-l-39-2015-de-1-oct-procedimiento-administrativo-comun-de-las-administraciones.html#a112]] | Se pueden recurrir las **resoluciones y los actos de trámite, que pongan fin a la vía administrativa,** siempre que éstos últimos decidan directa o indirectamente el fondo del asunto, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos. A estos actos los llamamos __actos de tramite cualificados__ (articulo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas) [[http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/559951-l-39-2015-de-1-oct-procedimiento-administrativo-comun-de-las-administraciones.html#a112]] | ||
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Se puede fundamentar en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad previstos en los artículos 47 y 48 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas [[http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/559951-l-39-2015-de-1-oct-procedimiento-administrativo-comun-de-las-administraciones.html#a47]] | Se puede fundamentar en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad previstos en los artículos 47 y 48 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas [[http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/559951-l-39-2015-de-1-oct-procedimiento-administrativo-comun-de-las-administraciones.html#a47]] | ||
===== ¿QUE ACTOS PONEN FIN A LA VÍA ADMINISTRATIVA? ===== | ===== ¿QUE ACTOS PONEN FIN A LA VÍA ADMINISTRATIVA? ===== | ||
- | + | (Articulo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas)[[http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/559951-l-39-2015-de-1-oct-procedimiento-administrativo-comun-de-las-administraciones.html#a114 | |
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- | (Articulo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas) | + | |
* Las resoluciones de los recursos de alzada. | * Las resoluciones de los recursos de alzada. | ||
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- | Están legitimados para interponer este recurso los **interesados en el acto administrativo**, según el concepto del artículo 4 de la Ley 39/2915, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas que establece que se consideran interesados en el procedimiento administrativo: | + | Están legitimados para interponer este recurso los **interesados en el acto administrativo**, según el concepto del artículo 4 de la Ley 39/2915, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas [[http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/559951-l-39-2015-de-1-oct-procedimiento-administrativo-comun-de-las-administraciones.html#a4]] que establece que se consideran interesados en el procedimiento administrativo: |
* Quienes lo promuevan como titulares de derechos o intereses legítimos individuales o colectivos | * Quienes lo promuevan como titulares de derechos o intereses legítimos individuales o colectivos | ||
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Cuando la condición de interesado derivase de alguna relación jurídica transmisible, el derecho-habiente sucederá en tal condición cualquiera que sea el estado del procedimiento. | Cuando la condición de interesado derivase de alguna relación jurídica transmisible, el derecho-habiente sucederá en tal condición cualquiera que sea el estado del procedimiento. | ||
- | A su vez, el articulo 5 de la misma ley establece que __para formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o comunicaciones,interponer recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos__ e**n nombre de otra | + | A su vez, el articulo 5 de la misma ley [[http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/559951-l-39-2015-de-1-oct-procedimiento-administrativo-comun-de-las-administraciones.html#a4]] establece que __para formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o comunicaciones,interponer recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos__ e**n nombre de otra |
persona, deberá acreditarse la representación**. Para los actos y gestiones de mero trámite se presumirá aquella representación. La representación podrá acreditarse mediante cualquier medio válido en Derecho | persona, deberá acreditarse la representación**. Para los actos y gestiones de mero trámite se presumirá aquella representación. La representación podrá acreditarse mediante cualquier medio válido en Derecho | ||
que deje constancia fidedigna de su existencia | que deje constancia fidedigna de su existencia | ||
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- | Mediante una **solicitud** que reúna los requisitos del artículo 115 de la Ley 39/2015 estos son: __datos de identificación del recurrente, el acto que se recurre y la razón de la impugnación, domicilio para su notificación, lugar, fecha y firma del recurrente, unidad administrativa al que se dirige__ así como demás particularidades exigidas, en su caso, por disposiciones específicas | + | Mediante una **solicitud** que reúna los requisitos del artículo 115 de la Ley 39/2015 [[http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/559951-l-39-2015-de-1-oct-procedimiento-administrativo-comun-de-las-administraciones.html#a115]] estos son: __datos de identificación del recurrente, el acto que se recurre y la razón de la impugnación, domicilio para su notificación, lugar, fecha y firma del recurrente, unidad administrativa al que se dirige__ así como demás particularidades exigidas, en su caso, por disposiciones específicas |
===== PLAZO PARA INTERPONER EL RECURSO ===== | ===== PLAZO PARA INTERPONER EL RECURSO ===== | ||
+ | (Articulo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas) [[http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/559951-l-39-2015-de-1-oct-procedimiento-administrativo-comun-de-las-administraciones.html#a123]] | ||
Línea 89: | Línea 85: | ||
Contra la resolución expresa o la denegación presunta del recurso potestativo de reposición no cabe interponer de nuevo dicho recurso. | Contra la resolución expresa o la denegación presunta del recurso potestativo de reposición no cabe interponer de nuevo dicho recurso. | ||
- | Téngase en cuenta, además, que si el interesado ha optado por interponer el recurso potestativo de reposición, para poder acudir a la vía contenciosa, tendrá que esperar, o bien a que se le notifique la resolución del recurso, o bien a que se haya producido la denegación presunta del mismo, ello dentro de los plazos que se han señalado anteriormente. | + | Téngase en cuenta, además, que si el interesado ha optado por interponer el recurso potestativo de reposición, para poder acudir a la vía contenciosa, tendrá que esperar, o bien a que se le notifique la resolución del recurso, o bien a que se haya producido la denegación presunta del mismo, ello dentro de los plazos que se han señalado anteriormente (articulo 123.2 de la misma ley) [[http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/559951-l-39-2015-de-1-oct-procedimiento-administrativo-comun-de-las-administraciones.html#a123]] |
Junto a este recurso administrativo potestativo de reposición que hemos calificado como ordinario, coexisten en nuestro ordenamiento otros recursos de reposición que son especiales, como el potestativo de reposición previo a la vía económico-administrativa, y el de reposición en materia tributaria local. | Junto a este recurso administrativo potestativo de reposición que hemos calificado como ordinario, coexisten en nuestro ordenamiento otros recursos de reposición que son especiales, como el potestativo de reposición previo a la vía económico-administrativa, y el de reposición en materia tributaria local. |