Herramientas de usuario

Herramientas del sitio


es:pornografia_infantil

Diferencias

Muestra las diferencias entre dos versiones de la página.

Enlace a la vista de comparación

Ambos lados, revisión anterior Revisión previa
Próxima revisión
Revisión previa
es:pornografia_infantil [2017/11/26 19:24]
lefispedia
es:pornografia_infantil [2020/01/08 18:24] (actual)
Línea 12: Línea 12:
 En nuestro Derecho positivo, el delito de pornografía infantil se encuentra recogido en el artículo 189 del Código Penal. Se castigan como conductas típicas las siguientes: En nuestro Derecho positivo, el delito de pornografía infantil se encuentra recogido en el artículo 189 del Código Penal. Se castigan como conductas típicas las siguientes:
  
-**1. Captación o utilización de menores en espectáculos exhibicionistas o pornográficos o para elaborar material pornográfico** (art. 189.1 a)).+**1. Captación o utilización de menores en espectáculos exhibicionistas o pornográficos o para elaborar material pornográfico** (art. 189.1 a).
  
 Vemos como se castigan conductas de uso abusivo de menores o personas con discapacidad con especiales necesidades de protección,​ cuyo consentimiento en estos casos es ineficaz. Se trata de comportamientos tales como mostrar el cuerpo desnudo, acompañado o no de prácticas sexuales, de modo particular o en espectáculos o locales. También, la realización de prácticas obscenas que pueden ser fotografiadas o filmadas a los efectos de una posterior publicación o venta. Asimismo, se sanciona la financiación de las anteriores conductas como una modalidad de inducción y también la obtención de lucro con estas actividades. ​ Vemos como se castigan conductas de uso abusivo de menores o personas con discapacidad con especiales necesidades de protección,​ cuyo consentimiento en estos casos es ineficaz. Se trata de comportamientos tales como mostrar el cuerpo desnudo, acompañado o no de prácticas sexuales, de modo particular o en espectáculos o locales. También, la realización de prácticas obscenas que pueden ser fotografiadas o filmadas a los efectos de una posterior publicación o venta. Asimismo, se sanciona la financiación de las anteriores conductas como una modalidad de inducción y también la obtención de lucro con estas actividades. ​
-** + 
-2. Producción,​ venta, distribución,​ exhibición u ofrecimiento de material en cuya elaboración se hubieran utilizado a menores, así como la facilitación de las conductas anteriores y la posesión con estos fines** (art. 189.1.b)).+**2. Producción,​ venta, distribución,​ exhibición u ofrecimiento de material en cuya elaboración se hubieran utilizado a menores, así como la facilitación de las conductas anteriores y la posesión con estos fines** (art. 189.1.b).
  
 Este tipo penal ha permitido la sanción de conductas de gestión de las páginas web de contenido pornográfico con menores (STS 78/2007) o el intercambio de pornografía usando grupos clandestinos y chats (STS 913/2006). La distribución se ha acreditado por medio de la constatación del acceso continuado a programas informáticos de intercambio de archivos (STS 829/2008). Este tipo penal ha permitido la sanción de conductas de gestión de las páginas web de contenido pornográfico con menores (STS 78/2007) o el intercambio de pornografía usando grupos clandestinos y chats (STS 913/2006). La distribución se ha acreditado por medio de la constatación del acceso continuado a programas informáticos de intercambio de archivos (STS 829/2008).
/var/www/html/lefispedia/data/attic/es/pornografia_infantil.1511724287.txt.gz · Última modificación: 2020/01/08 18:15 (editor externo)