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es:pornografia_infantil [2017/11/26 19:24] lefispedia |
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En nuestro Derecho positivo, el delito de pornografía infantil se encuentra recogido en el artículo 189 del Código Penal. Se castigan como conductas típicas las siguientes: | En nuestro Derecho positivo, el delito de pornografía infantil se encuentra recogido en el artículo 189 del Código Penal. Se castigan como conductas típicas las siguientes: | ||
- | **1. Captación o utilización de menores en espectáculos exhibicionistas o pornográficos o para elaborar material pornográfico** (art. 189.1 a)). | + | **1. Captación o utilización de menores en espectáculos exhibicionistas o pornográficos o para elaborar material pornográfico** (art. 189.1 a). |
Vemos como se castigan conductas de uso abusivo de menores o personas con discapacidad con especiales necesidades de protección, cuyo consentimiento en estos casos es ineficaz. Se trata de comportamientos tales como mostrar el cuerpo desnudo, acompañado o no de prácticas sexuales, de modo particular o en espectáculos o locales. También, la realización de prácticas obscenas que pueden ser fotografiadas o filmadas a los efectos de una posterior publicación o venta. Asimismo, se sanciona la financiación de las anteriores conductas como una modalidad de inducción y también la obtención de lucro con estas actividades. | Vemos como se castigan conductas de uso abusivo de menores o personas con discapacidad con especiales necesidades de protección, cuyo consentimiento en estos casos es ineficaz. Se trata de comportamientos tales como mostrar el cuerpo desnudo, acompañado o no de prácticas sexuales, de modo particular o en espectáculos o locales. También, la realización de prácticas obscenas que pueden ser fotografiadas o filmadas a los efectos de una posterior publicación o venta. Asimismo, se sanciona la financiación de las anteriores conductas como una modalidad de inducción y también la obtención de lucro con estas actividades. | ||
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- | 2. Producción, venta, distribución, exhibición u ofrecimiento de material en cuya elaboración se hubieran utilizado a menores, así como la facilitación de las conductas anteriores y la posesión con estos fines** (art. 189.1.b)). | + | **2. Producción, venta, distribución, exhibición u ofrecimiento de material en cuya elaboración se hubieran utilizado a menores, así como la facilitación de las conductas anteriores y la posesión con estos fines** (art. 189.1.b). |
Este tipo penal ha permitido la sanción de conductas de gestión de las páginas web de contenido pornográfico con menores (STS 78/2007) o el intercambio de pornografía usando grupos clandestinos y chats (STS 913/2006). La distribución se ha acreditado por medio de la constatación del acceso continuado a programas informáticos de intercambio de archivos (STS 829/2008). | Este tipo penal ha permitido la sanción de conductas de gestión de las páginas web de contenido pornográfico con menores (STS 78/2007) o el intercambio de pornografía usando grupos clandestinos y chats (STS 913/2006). La distribución se ha acreditado por medio de la constatación del acceso continuado a programas informáticos de intercambio de archivos (STS 829/2008). |