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es:pasaporte

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  Pasaporte ordinario  Pasaporte ordinario
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 Es individual y se expide por las Jefaturas Superiores y Comisarías de Policía a los españoles. Es individual y se expide por las Jefaturas Superiores y Comisarías de Policía a los españoles.
    
  Pasaporte colectivo  Pasaporte colectivo
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 Se expide con motivo de peregrinaciones,​ excursiones y demás actos de análoga naturaleza, siempre que exista reciprocidad con el país de destino; su validez queda limitada a un solo viaje, cuya duración no podrá exceder de tres meses. Se expide con motivo de peregrinaciones,​ excursiones y demás actos de análoga naturaleza, siempre que exista reciprocidad con el país de destino; su validez queda limitada a un solo viaje, cuya duración no podrá exceder de tres meses.
 Pueden utilizarlo los menores de 21 años para viajar a Andorra, Austria, Bélgica, Dinamarca, Francia, Grecia, Holanda, Irlanda, Islandia, Italia, Luxemburgo, Malta, Noruega, Portugal, Reino Unido (incluido Gibraltar), Suecia y Suiza. Pueden utilizarlo los menores de 21 años para viajar a Andorra, Austria, Bélgica, Dinamarca, Francia, Grecia, Holanda, Irlanda, Islandia, Italia, Luxemburgo, Malta, Noruega, Portugal, Reino Unido (incluido Gibraltar), Suecia y Suiza.
  
  Pasaporte diplomático  Pasaporte diplomático
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 Su expedición corresponde al Ministerio de Asuntos Exteriores y sus titulares han de ser Altas Personalidades de la nación, miembros de la Carrera Diplomática y consular y otros Altos Cargos, a tenor de lo previsto en el [[artículo 3 del Real Decreto 1123/​2008]],​ de 9 de julio. Su expedición corresponde al Ministerio de Asuntos Exteriores y sus titulares han de ser Altas Personalidades de la nación, miembros de la Carrera Diplomática y consular y otros Altos Cargos, a tenor de lo previsto en el [[artículo 3 del Real Decreto 1123/​2008]],​ de 9 de julio.
 Su validez es de  3 años, que podrá ampliarse hasta 5; cuando se prevea que la necesidad de disponer de tal documento sea por tiempo inferior a tres años, será por el tiempo imprescindible que en cada supuesto proceda. Su validez es de  3 años, que podrá ampliarse hasta 5; cuando se prevea que la necesidad de disponer de tal documento sea por tiempo inferior a tres años, será por el tiempo imprescindible que en cada supuesto proceda.
  
  Pasaportes oficiales y de servicio  Pasaportes oficiales y de servicio
 +
 Se expiden por el Ministerio de Asuntos Exteriores, respectivamente,​ a funcionarios o particulares que deban salir de España en comisión de servicio al extranjero, así como al personal de las representaciones diplomáticas y oficinas consulares de España en el extranjero; el interesado ha de estar en posesión del pasaporte ordinario en vigor. Se expiden por el Ministerio de Asuntos Exteriores, respectivamente,​ a funcionarios o particulares que deban salir de España en comisión de servicio al extranjero, así como al personal de las representaciones diplomáticas y oficinas consulares de España en el extranjero; el interesado ha de estar en posesión del pasaporte ordinario en vigor.
  
/var/www/html/lefispedia/data/attic/es/pasaporte.1340644548.txt.gz · Última modificación: 2020/01/08 18:14 (editor externo)