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es:pretericion
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es:pretericion [2012/11/30 13:15]
lefispedia
es:pretericion [2020/01/08 18:24] (actual)
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 __Introducción__. __Introducción__.
  
-Mediante la [[legítima]] el ordenamiento jurídico protege a determinados parientes del causante, ​limitando la libre disposición ​de ésteatribuyéndoles ​una parte de la herencia. La preterición trata de corregir la no disposición testamentaria a favor de estos parientes por omisión de los mismos.+Mediante la [[legítima]] el ordenamiento jurídico protege a determinados parientes del causante ​atribuyéndolespor ministerio ​de la ley, una parte de la herencia, limitando así la libre disposición del testador. La preterición trata de corregir la no disposición testamentaria a favor de estos parientes por omisión de los mismos.
  
 __Concepto__. __Concepto__.
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 Ahondando en el término propiamente jurídico cabe preguntarse si basta con la mera mención del legitimario para evitar la preterición,​ si es necesaria una atribución sustancial y efectiva en pago de la legítima y si el deber de la legítima formal queda cubierto con las donaciones inter vivos recibidas por el legitimario del testador. Ahondando en el término propiamente jurídico cabe preguntarse si basta con la mera mención del legitimario para evitar la preterición,​ si es necesaria una atribución sustancial y efectiva en pago de la legítima y si el deber de la legítima formal queda cubierto con las donaciones inter vivos recibidas por el legitimario del testador.
  
-En la actualidad, considera la doctrina más reciente, que si el legitimario no es mencionado en el testamento, pero ha recibido donaciones en vida del causante, no podrá considerarse preterido. Por otro lado, el legitimario mencionado en el testamento sin atribución patrimonial alguna podrá considerarse [[desheredado sin causa]] o con derecho a un suplemento si no se ha completado su legítima, pero no podrá considerarse preterido. +En la actualidad, considera la doctrina más reciente, que si el legitimario no es mencionado en el testamento, pero ha recibido donaciones en vida del causante, no podrá considerarse preterido. Por otro lado, el legitimario mencionado en el testamento sin atribución patrimonial alguna podrá considerarse [[desheredado sin causa]]o con derecho a un suplemento si no se ha completado su legítima, pero no podrá considerarse preterido. 
-Por consiguiente,​ se evita la preterición si el legitimario o heredero forzoso ha recibido bienes a título gratuito del testador en vida de este, o si se le menciona en el testamento con cualquier propósito, con tal que de esta mención se desprenda que el testador conoce la condición del legitimario.+ 
 +Por consiguiente,​ se evita la preterición si el legitimario o heredero forzoso ha recibido bienes a título gratuito del testador en vida de éste, o si se le menciona en el testamento con cualquier propósito, con tal que de esta mención se desprenda que el testador conoce la condición del legitimario.
  
 __Origen.__ ​ __Origen.__ ​
  
-La expresión proviene del término latino praetereo, "dejar atrás"​. ​ En Derecho romano la preterición o la no mención a los hijos, anulaba el testamento. Ciceron, de orat 1.38.175 y Valerio Máximo, 78.78.1 relatan el caso de un paterfamilias que creyendo muerto un hijo revocó su testamento redactando otro. Después de volver el hijo, el tribunal de los centunviros declaró nulo el segundo testamento y concedió al hijo la herencia.+La expresión proviene del término latino praetereo, "dejar atrás"​. ​ En Derecho romano la preterición o la no mención a los hijos, anulaba el testamento. Ciceron, de orat 1.38.175 y Valerio Máximo, 78.78.1relatan el caso de un paterfamilias que creyendo muerto un hijo revocó su testamento redactando otro. Después de volver el hijo, el tribunal de los centunviros declaró nulo el segundo testamento y concedió al hijo la herencia.
  
 __Clases.__ __Clases.__
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 En Aragón se regula en los [[artículos 503 y siguientes del Código de Derecho Foral de Aragón]], produciendo los siguientes efectos: ​ En Aragón se regula en los [[artículos 503 y siguientes del Código de Derecho Foral de Aragón]], produciendo los siguientes efectos: ​
 El preterido intencionalmente no tiene otro derecho que el que pueda corresponderle a reclamar la legítima colectiva frente a terceros, cuando exista lesión de la misma. El preterido intencionalmente no tiene otro derecho que el que pueda corresponderle a reclamar la legítima colectiva frente a terceros, cuando exista lesión de la misma.
-La preterición no intencional total produce los efectos de abrir la sucesión legal de todo el [[caudal relicto]]. En otro caso, cuando la preterición no intencional es parcial, el preterido tendrá derecho a lo mismo que el menos favorecido por el causante después de practicada la correspondiente reducción. En todo caso el preterido no intencional tiene derecho a reclamar la legítima frente a terceros, cuando hay lesión en la legítima.+La preterición no intencional total produce los efectos de abrir la sucesión legal de todo el [[caudal relicto]]. En otro caso, cuando la preterición no intencional es parcial, el preterido tendrá derecho a lo mismo que el menos favorecido por el causante después de practicada la correspondiente reducción. 
 +En todo caso el preterido no intencional tiene derecho a reclamar la legítima frente a terceros, cuando hay lesión en la legítima.
  
 En Baleares se regula en el [[art. 46 de la Compilación de Derecho Civil de las Islas Baleares]]. La preterición intencional no anula el testamento y el preterido intencional sólo tiene derecho a exigir lo que por legítima le corresponda,​ mientras que el preterido no intencional,​ salvo algunas excepciones,​ puede anular el testamento. En Baleares se regula en el [[art. 46 de la Compilación de Derecho Civil de las Islas Baleares]]. La preterición intencional no anula el testamento y el preterido intencional sólo tiene derecho a exigir lo que por legítima le corresponda,​ mientras que el preterido no intencional,​ salvo algunas excepciones,​ puede anular el testamento.
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 En Cataluña se regula en el [[art. 451-16 del Código Civil de Cataluña]],​ donde el preterido intencionalmente sólo tiene derecho a exigir lo que por legítima le corresponda. El no intencional tiene acción, con alguna excepción, para que se declaren ineficaces el testamento y, si procede, los [[codicilos]] otorgados por el causante. En Cataluña se regula en el [[art. 451-16 del Código Civil de Cataluña]],​ donde el preterido intencionalmente sólo tiene derecho a exigir lo que por legítima le corresponda. El no intencional tiene acción, con alguna excepción, para que se declaren ineficaces el testamento y, si procede, los [[codicilos]] otorgados por el causante.
  
-En Galicia ​la se regula en los [[arts. 258 y siguientes de la Ley 2/2006, de 14 de junio, de derecho civil de Galicia]]. En ella el preterido intencional solo tiene derecho a lo que pueda corresponderle por legítima, a lo mismo tendrá derecho el cónyuge preterido, sea intencional o no. La preterición no intencional de los descendientes faculta al preterido a instar la declaración de nulidad de la institución de heredero, si es parcial, y a instar la nulidad de las disposiciones testamentarias de contenido patrimonial cuando es total.+En Galicia se regula en los [[arts. 258 y siguientes de la Ley 2/2006, de 14 de junio, de derecho civil de Galicia]]. En ella el preterido intencional solo tiene derecho a lo que pueda corresponderle por legítima, a lo mismo tendrá derecho el cónyuge preterido, sea intencional o no. La preterición no intencional de los descendientes faculta al preterido a instar la declaración de nulidad de la institución de heredero, si es parcial, y a instar la nulidad de las disposiciones testamentarias de contenido patrimonial cuando es total.
  
-En Navarra, donde la legítima solo tiene contenido formal, pues solo exige la atribución de bienes de carácter histórico, que no reportan, hoy en día atribución patrimonial alguna (atribuir a cada uno de los herederos forzosos ​de cinco sueldos febles o carlines y una robada de tierra en los montes comunes), la preterición se regula en la [[ley 271 de la Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra]], donde tiene por efecto la nulidad de la institución de heredero, dejando a salvo las demás disposiciones.+En Navarra, donde la legítima solo tiene contenido formal, pues sólo exige la atribución de bienes de carácter histórico, que no reportan, hoy en díaatribución patrimonial alguna (exige atribuir a cada uno de los herederos forzosos cinco sueldos febles o carlines y una robada de tierra en los montes comunes), la preterición se regula en la [[ley 271 de la Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra]], donde tiene por efecto la nulidad de la institución de heredero, dejando a salvo las demás disposiciones.
  
-En el País Vasco se regula expresamente en el [[art. 136 y siguientes Ley 3/1992, de 1 de julio, de Derecho Civil Foral Vasco]], dentro de fuero de Ayala donde el preterido no intencional podrá reclamar su legítima.+En el País Vasco se regula expresamente en el [[art. 136 y siguientes Ley 3/1992, de 1 de julio, de Derecho Civil Foral Vasco]], dentro de fuero de Ayaladonde el preterido no intencional podrá reclamar su legítima.
  
-Bibliografía:+__Bibliografía:__
  
 - Elementos de Derecho Civil. José Luis Lacruz Berdejo. DYKINSO 4ª Edición. - Elementos de Derecho Civil. José Luis Lacruz Berdejo. DYKINSO 4ª Edición.
/var/www/html/lefispedia/data/attic/es/pretericion.1354281340.txt.gz · Última modificación: 2020/01/08 18:14 (editor externo)