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es:ordenacion_del_territorio

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LefisPedia 2012/10/01 13:10María Luisa Lobera Burillo

ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

1.- INTRODUCCIÓN

2.- PROBLEMAS DE ARTICULACIÓN

3.- JURISPRUDENCIA CONSTITUCIONAL

INTRODUCCIÓN

LA DEFINICIÓN DE LA CARTA EUROPEA DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

La Conferencia Europea de Ministros responsables de la Ordenación del Territorio (CEMAT) http://www.coe.int/t/dg4/cultureheritage/heritage/cemat/default_EN.asp? ha venido desarrollando desde su primera reunión en 1970 una importante labor auspiciada por el Consejo de Europa. En la reunión de 1983, se adoptó la llamada “Carta Europea de Ordenación del Territorio” (incluida en la recomendación nº 84).[1] Declaración de principios que se ha convertido en un punto de referencia obligado tanto en el plano doctrinal como en el legislativo y jurisprudencial, a pesar de la vaguedad de sus enunciados. La carta define la ordenación del territorio como la expresión espacial de las políticas económica, social, cultural y ecológica de toda sociedad y la considera una disciplina científica, una técnica administrativa y una política concebida como enfoque interdisciplinar y global cuyo objetivo es un desarrollo equilibrado de las regiones y la organización física del espacio según un concepto rector. La carta tiene una clara orientación antropocéntrica porque su objetivo último es la mejora de la calidad de vida: El hombre y su bienestar, así como su interacción con el Medio Ambiente, constituyen el centro de toda preocupación en lo que respecta a la Ordenación del Territorio, cuyo objetivo es el de ofrecerle un marco y una calidad de vida que aseguren el desarrollo de su personalidad en un entorno organizado a escala humana. Como objetivos fundamentales de la Ordenación del Territorio, la Carta incluye los siguientes: el desarrollo socio-económico equilibrado de las regiones, la mejora de la calidad de vida, la gestión responsable de los recursos naturales y la protección del medio ambiente. La Carta no pasa de ser una mera formulación abstracta de objetivos. En ella se insiste en el carácter democrático y participativo que ha de tener la planificación territorial y en su función coordinadora de las distintas políticas sectoriales, aspecto éste capital para la caracterización de la competencia en Ordenación del Territorio en nuestro Derecho Positivo.

PROBLEMAS DE ARTICULACIÓN

ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y URBANISMO: PROBLEMAS DE ARTICULACIÓN

En el derecho positivo vigente los conceptos de “Ordenación del Territorio” y “Urbanismo” aparecen diferenciados, como materias susceptibles de ser asumidas por la comunidades Autónomas y como competencia exclusiva de aquellas en los diferentes E

/var/www/html/lefispedia/data/attic/es/ordenacion_del_territorio.1349095407.txt.gz · Última modificación: 2020/01/08 18:11 (editor externo)