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DOBLE IMPOSICIÓN

Se entiende como doble imposición o doble imposición internacional al efecto ocurrido cuando un sujeto es gravado en un país por una renta que ya ha sido gravada en otro distinto. Un ejemplo podría ser el caso de un cantante o artista el cual realiza una gira en el extranjero. Surge la duda sobre donde deberían pagarse los impuestos, si en el país donde los beneficios han sido generados o en el país de residencia, obviamente no es justo que se pague dos veces ni es justo que no se pague ninguna.

Convenios para evitar la doble imposición

Son convenios mediante los cuales dos países acuerdan que medidas van a tomar para evitar la doble imposición. Por ejemplo, las rentas podrían ser gravadas en el país donde estas se han producido, o podrían ser gravadas en el país donde resida el sujeto sometido a imposición. Además, en esta clase de convenios no es extraño encontrar directivas que sirvan para mejorar la relación económica entre dos países, por ejemplo, en caso de que un país quiera fomentar inversiones en otro. La OCDE realizó un modelo de convenio con el fin de que los distintos países pudieran tener un referente a la hora de entender como planificar su convenio.

En cualquier caso, es necesario que las medidas tomadas permitan que las imposiciones sean realizadas de manera justa, de modo que se mantenga el principio de igualdad entre ciudadanos. De lo contrario nos podemos encontrar con el problema de los paraísos fiscales, donde pequeños territorios aplican una imposición sobre los impuestos bajísimos, pudiéndose dar la circunstancia de que un sujeto haga trampas al sistema impositivo en su país de residencia, al pedir algún beneficio fiscal como una exención impositiva sobre esas rentas por las que ya ha pagado tributo o una disminución de la base imponible total, siguiéndose la letra de la ley pero no el espíritu de ésta.

Por supuesto, en estos convenios deberá respetarse la legislación correspondiente a ambos estados participantes. En España, las principales leyes en materia impositiva son la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades y la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio.

Doble imposición en Europa

En 1977, se aprueba la primera normativa comunitaria relativa a imposición directa, la directiva 77/799 relativa a la asistencia mutua entre las autoridades competentes de los Estados miembros. Se hace un especial hincapié en la cooperación necesaria entre los países miembro para intercambiarse información con el fin de que la aplicación de impuestos pueda producirse de manera adecuada. En muchos convenios de evitación de doble imposición europeos, la base impositiva se calcula sobre el total de la renta aplicando las tasas correspondientes al país de residencia. Sin embargo, los ciudadanos europeos en ocasiones pueden tributar en otro país bajo ciertas condiciones, como haber obtenido cierta cantidad de sus rentas en este segundo país. Por ejemplo, los trabajadores que trabajan a un lado de la frontera pero residen en el otro y vuelven al primero con regularidad, podrán habitualmente (siempre depende de la pareja de países) acogerse a una imposición especial, aunque sin vulnerar el principio de igualdad impositiva.

La Agenda Digital Europea tiene entre sus objetivos facilitar la tramitación de licencias a nivel europeo por trabajos en línea y facilitar el comercio en Internet. Ahora mismo, es complicado realizar determinadas compras a través de Internet entre países miembro de la Unión Europea, en ocasiones porque simplemente no se ha podido llegar a un acuerdo sobre cómo debe hacerse la tasación de estas rentas sobre un objeto cibernético, aunque no es el único obstáculo. Mejoras en este apartado podrían suponer un importante impulso a la economía.

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/var/www/html/lefispedia/data/pages/es/doble_imposicion.txt · Última modificación: 2020/01/08 18:24 (editor externo)