Herramientas de usuario

Herramientas del sitio


es:sentencia

Diferencias

Muestra las diferencias entre dos versiones de la página.

Enlace a la vista de comparación

Ambos lados, revisión anterior Revisión previa
Próxima revisión
Revisión previa
es:sentencia [2019/11/27 18:48]
lefispedia
es:sentencia [2020/01/08 18:25] (actual)
Línea 51: Línea 51:
   * **Por los efectos:​**\\ //​Constitutivas//:​ Se dan en procesos civiles, cuando crean (por ejemplo en caso de adopción) modifican (como en el caso de una filiación) o ponen fin a una situación jurídica (por ejemplo en el divorcio).\\ //​Declarativas//:​ Cuando se declara una situación jurídica que de hecho existía antes de la promoción de la causa, como ocurre en una declaratoria de herederos.\\ //​Absolutorias//:​ Cuando en el proceso penal el procesado es absuelto por falta de pruebas.\\ //​Condenatorias//:​ Cuando en vista a las actuaciones se ha demostrado la responsabilidad del reo y se le aplica una condena de acuerdo a la ley penal, o cuando en un proceso civil se le impone a una de las partes el resarcimiento del daño causado.   * **Por los efectos:​**\\ //​Constitutivas//:​ Se dan en procesos civiles, cuando crean (por ejemplo en caso de adopción) modifican (como en el caso de una filiación) o ponen fin a una situación jurídica (por ejemplo en el divorcio).\\ //​Declarativas//:​ Cuando se declara una situación jurídica que de hecho existía antes de la promoción de la causa, como ocurre en una declaratoria de herederos.\\ //​Absolutorias//:​ Cuando en el proceso penal el procesado es absuelto por falta de pruebas.\\ //​Condenatorias//:​ Cuando en vista a las actuaciones se ha demostrado la responsabilidad del reo y se le aplica una condena de acuerdo a la ley penal, o cuando en un proceso civil se le impone a una de las partes el resarcimiento del daño causado.
   * **Según el alcance de la resolución:​**\\ //​Interlocutorias//:​ no decide sobre la cuestión principal o de fondo.\\ //​Definitivas//:​ Resuelven la cuestión de fondo.   * **Según el alcance de la resolución:​**\\ //​Interlocutorias//:​ no decide sobre la cuestión principal o de fondo.\\ //​Definitivas//:​ Resuelven la cuestión de fondo.
-  * **Por su instancia:​**\\ //De instancia única//: Cuando no cabe apelación o recurso alguno ante tribunal superior, en esta única decisión del Tribunal.\\ //De primera instancia//:​ Cuando la decisión del Juez unipersal ​que decide en primer grado puede ser revisada por un tribunal de instancia superior.\\ //De segunda o ulterior instancia//:​ La dictada por los tribunales que revisan la sentencia dictada en instancias anteriores.\\ //Sentencia constitutiva (proceso civil)//: las que crean, modifican o extinguen una relación judicial.+  * **Por su instancia:​**\\ //De instancia única//: Cuando no cabe apelación o recurso alguno ante tribunal superior, en esta única decisión del Tribunal.\\ //De primera instancia//:​ Cuando la decisión del Juez unipersonal ​que decide en primer grado puede ser revisada por un tribunal de instancia superior.\\ //De segunda o ulterior instancia//:​ La dictada por los tribunales que revisan la sentencia dictada en instancias anteriores.\\ //Sentencia constitutiva (proceso civil)//: las que crean, modifican o extinguen una relación judicial.
   * **Por la presencia/​ausencia del demandado:​**\\ //Sentencia contradictoria//:​ cuando el demandado está presente en la causa.\\ //En rebeldía//:​ cuando la sentencia se dicta sin la presencia del demandado.   * **Por la presencia/​ausencia del demandado:​**\\ //Sentencia contradictoria//:​ cuando el demandado está presente en la causa.\\ //En rebeldía//:​ cuando la sentencia se dicta sin la presencia del demandado.
   * **Por la posibilidad de impugnación:​**\\ //Sentencia firme//: aquella contra la que no cabe la interposición de ningún recurso, ordinario o extraordinario. Y cuando ambas partes dejan transcurrir el tiempo y no interpone recurso impugnatorio. Está amparada por el principio de cosa juzgada.\\ //Sentencia no firme o recurrible//:​ es aquella contra la que se pueden interponer recursos.   * **Por la posibilidad de impugnación:​**\\ //Sentencia firme//: aquella contra la que no cabe la interposición de ningún recurso, ordinario o extraordinario. Y cuando ambas partes dejan transcurrir el tiempo y no interpone recurso impugnatorio. Está amparada por el principio de cosa juzgada.\\ //Sentencia no firme o recurrible//:​ es aquella contra la que se pueden interponer recursos.
  
-Véase también:+ 
 +---- 
 +Bibliografía y temas relacionados: 
 +  * https://​www.conceptosjuridicos.com 
 +  * https://​guiasjuridicas.wolterskluwer.es
   * Cosa juzgada   * Cosa juzgada
   * Juicio   * Juicio
 +  * Ratio decidendi
 +  * Veredicto
 +  * Equivalente jurisdiccional
/var/www/html/lefispedia/data/attic/es/sentencia.1574880505.txt.gz · Última modificación: 2020/01/08 18:11 (editor externo)