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es:sentencia

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es:sentencia [2019/11/27 17:24]
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es:sentencia [2020/01/08 18:25] (actual)
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 Por otro lado, se exigen unos **requisitos formales** en las sentencias en cuanto al contenido diferenciando entre tres secciones: un **encabezamiento o sección expositiva** (con los datos identificativos de las partes, los abogados, los antecedentes penales, etc.), una **parte considerativa** (con los fundamentos de hecho y de derecho), y por último, la **sección resolutiva** (que contiene la decisión o fallo del juez). Más en concreto, la sentencia comprende los apartados siguientes: Por otro lado, se exigen unos **requisitos formales** en las sentencias en cuanto al contenido diferenciando entre tres secciones: un **encabezamiento o sección expositiva** (con los datos identificativos de las partes, los abogados, los antecedentes penales, etc.), una **parte considerativa** (con los fundamentos de hecho y de derecho), y por último, la **sección resolutiva** (que contiene la decisión o fallo del juez). Más en concreto, la sentencia comprende los apartados siguientes:
  
 +{{ es:​sentencia_3.jpg?​300}}
 === 1. Encabezamiento === === 1. Encabezamiento ===
 Es la parte inicial de la Sentencia. Tras la designación del órgano judicial y sus titulares, el número de procedimiento,​ la fecha y número de sentencia, deberán expresarse los nombres de las partes y, cuando sea necesario, la legitimación y representación en virtud de las cuales actúen, así como los nombres de los abogados y procuradores y el objeto del juicio. Es la parte inicial de la Sentencia. Tras la designación del órgano judicial y sus titulares, el número de procedimiento,​ la fecha y número de sentencia, deberán expresarse los nombres de las partes y, cuando sea necesario, la legitimación y representación en virtud de las cuales actúen, así como los nombres de los abogados y procuradores y el objeto del juicio.
Línea 21: Línea 22:
 === 2. Antecedentes de hecho === === 2. Antecedentes de hecho ===
 En este apartado, se consignarán,​ con la claridad y la concisión posibles y en párrafos separados y numerados, las pretensiones de las partes o interesados,​ los hechos en que las funden, que hubieren sido alegados oportunamente y tengan relación con las cuestiones que hayan de resolverse, las pruebas que se hubiesen propuesto y practicado y los hechos probados, en su caso. En este apartado, se consignarán,​ con la claridad y la concisión posibles y en párrafos separados y numerados, las pretensiones de las partes o interesados,​ los hechos en que las funden, que hubieren sido alegados oportunamente y tengan relación con las cuestiones que hayan de resolverse, las pruebas que se hubiesen propuesto y practicado y los hechos probados, en su caso.
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-{{ es:​sentencia_1.jpg }} 
  
 === 3. Fundamentos de derecho === === 3. Fundamentos de derecho ===
Línea 45: Línea 44:
  
 ===== Clasificación ===== ===== Clasificación =====
-{{ es:sentencia_3.jpg?300}}+{{ es:sentencia_1.jpg}}
 Las sentencias pueden ser de varios tipos, según su clasificación:​ Las sentencias pueden ser de varios tipos, según su clasificación:​
  
Línea 52: Línea 51:
   * **Por los efectos:​**\\ //​Constitutivas//:​ Se dan en procesos civiles, cuando crean (por ejemplo en caso de adopción) modifican (como en el caso de una filiación) o ponen fin a una situación jurídica (por ejemplo en el divorcio).\\ //​Declarativas//:​ Cuando se declara una situación jurídica que de hecho existía antes de la promoción de la causa, como ocurre en una declaratoria de herederos.\\ //​Absolutorias//:​ Cuando en el proceso penal el procesado es absuelto por falta de pruebas.\\ //​Condenatorias//:​ Cuando en vista a las actuaciones se ha demostrado la responsabilidad del reo y se le aplica una condena de acuerdo a la ley penal, o cuando en un proceso civil se le impone a una de las partes el resarcimiento del daño causado.   * **Por los efectos:​**\\ //​Constitutivas//:​ Se dan en procesos civiles, cuando crean (por ejemplo en caso de adopción) modifican (como en el caso de una filiación) o ponen fin a una situación jurídica (por ejemplo en el divorcio).\\ //​Declarativas//:​ Cuando se declara una situación jurídica que de hecho existía antes de la promoción de la causa, como ocurre en una declaratoria de herederos.\\ //​Absolutorias//:​ Cuando en el proceso penal el procesado es absuelto por falta de pruebas.\\ //​Condenatorias//:​ Cuando en vista a las actuaciones se ha demostrado la responsabilidad del reo y se le aplica una condena de acuerdo a la ley penal, o cuando en un proceso civil se le impone a una de las partes el resarcimiento del daño causado.
   * **Según el alcance de la resolución:​**\\ //​Interlocutorias//:​ no decide sobre la cuestión principal o de fondo.\\ //​Definitivas//:​ Resuelven la cuestión de fondo.   * **Según el alcance de la resolución:​**\\ //​Interlocutorias//:​ no decide sobre la cuestión principal o de fondo.\\ //​Definitivas//:​ Resuelven la cuestión de fondo.
-  * **Por su instancia:​**\\ //De instancia única//: Cuando no cabe apelación o recurso alguno ante tribunal superior, en esta única decisión del Tribunal.\\ //De primera instancia//:​ Cuando la decisión del Juez unipersal ​que decide en primer grado puede ser revisada por un tribunal de instancia superior.\\ //De segunda o ulterior instancia//:​ La dictada por los tribunales que revisan la sentencia dictada en instancias anteriores.\\ //Sentencia constitutiva (proceso civil)//: las que crean, modifican o extinguen una relación judicial.+  * **Por su instancia:​**\\ //De instancia única//: Cuando no cabe apelación o recurso alguno ante tribunal superior, en esta única decisión del Tribunal.\\ //De primera instancia//:​ Cuando la decisión del Juez unipersonal ​que decide en primer grado puede ser revisada por un tribunal de instancia superior.\\ //De segunda o ulterior instancia//:​ La dictada por los tribunales que revisan la sentencia dictada en instancias anteriores.\\ //Sentencia constitutiva (proceso civil)//: las que crean, modifican o extinguen una relación judicial.
   * **Por la presencia/​ausencia del demandado:​**\\ //Sentencia contradictoria//:​ cuando el demandado está presente en la causa.\\ //En rebeldía//:​ cuando la sentencia se dicta sin la presencia del demandado.   * **Por la presencia/​ausencia del demandado:​**\\ //Sentencia contradictoria//:​ cuando el demandado está presente en la causa.\\ //En rebeldía//:​ cuando la sentencia se dicta sin la presencia del demandado.
   * **Por la posibilidad de impugnación:​**\\ //Sentencia firme//: aquella contra la que no cabe la interposición de ningún recurso, ordinario o extraordinario. Y cuando ambas partes dejan transcurrir el tiempo y no interpone recurso impugnatorio. Está amparada por el principio de cosa juzgada.\\ //Sentencia no firme o recurrible//:​ es aquella contra la que se pueden interponer recursos.   * **Por la posibilidad de impugnación:​**\\ //Sentencia firme//: aquella contra la que no cabe la interposición de ningún recurso, ordinario o extraordinario. Y cuando ambas partes dejan transcurrir el tiempo y no interpone recurso impugnatorio. Está amparada por el principio de cosa juzgada.\\ //Sentencia no firme o recurrible//:​ es aquella contra la que se pueden interponer recursos.
  
-Véase también:+ 
 +---- 
 +Bibliografía y temas relacionados: 
 +  * https://​www.conceptosjuridicos.com 
 +  * https://​guiasjuridicas.wolterskluwer.es
   * Cosa juzgada   * Cosa juzgada
   * Juicio   * Juicio
 +  * Ratio decidendi
 +  * Veredicto
 +  * Equivalente jurisdiccional
/var/www/html/lefispedia/data/attic/es/sentencia.1574875440.txt.gz · Última modificación: 2020/01/08 18:13 (editor externo)