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- | **INTRODUCCIÓN: ORIGEN HISTÓRICO Y EVOLUCIÓN**: | + | ==== INTRODUCCIÓN: ORIGEN HISTÓRICO Y EVOLUCIÓN: ==== |
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- | **INFLUENCIA INTERNACIONAL**: | + | ==== INFLUENCIA INTERNACIONAL: ==== |
En el ámbito internacional encontramos dentro del área de la __ONU__: | En el ámbito internacional encontramos dentro del área de la __ONU__: | ||
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- | **EL CP DE 1995**: | + | ==== EL CP DE 1995: ==== |
Nuestro CP establece en su //artículo 19// la inimputabilidad de los menores de dieciocho años, pero si cometen un delito se les aplicará la Ley Penal del Menor (LPM). Por su parte, el //artículo 69 CP// afirma que a los mayores de 18 y menores de 21 podrá aplicárseles también la LPM (con matices). | Nuestro CP establece en su //artículo 19// la inimputabilidad de los menores de dieciocho años, pero si cometen un delito se les aplicará la Ley Penal del Menor (LPM). Por su parte, el //artículo 69 CP// afirma que a los mayores de 18 y menores de 21 podrá aplicárseles también la LPM (con matices). | ||
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- | **LA LO 5/2000 DE 12 ENERO, REFORMAS Y PROBLEMAS**: | + | ==== LA LO 5/2000 DE 12 ENERO, REFORMAS Y PROBLEMAS: ==== |
No entró en vigor hasta el 13 enero 2001. Posee una //vacatio legis// tan larga porque cuando se promulgó no existían suficientes centros de menores, siendo las CCAA las encargadas de ejecutar las medidas y no el Gobierno central. Ello provocó gran desorganización. | No entró en vigor hasta el 13 enero 2001. Posee una //vacatio legis// tan larga porque cuando se promulgó no existían suficientes centros de menores, siendo las CCAA las encargadas de ejecutar las medidas y no el Gobierno central. Ello provocó gran desorganización. | ||
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- | **RÉGIMEN APLICABLE**: | + | ==== RÉGIMEN APLICABLE: ==== |
El artículo fundamental es el //7.3 LPM//, regula las medidas que el juez puede aplicar atendiendo no sólo a los hechos, sino también a la prueba, la edad, las circunstancias familiares y sociales, la personalidad y el interés del menor. | El artículo fundamental es el //7.3 LPM//, regula las medidas que el juez puede aplicar atendiendo no sólo a los hechos, sino también a la prueba, la edad, las circunstancias familiares y sociales, la personalidad y el interés del menor. | ||
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- | **LOS JÓVENES DE ENTRE 18-21**: | + | ==== LOS JÓVENES DE ENTRE 18-21: ==== |
La LPM anterior posibilitaba su aplicación a los jóvenes siguiendo las recomendaciones internacionales pero sólo si reunía determinados requisitos: | La LPM anterior posibilitaba su aplicación a los jóvenes siguiendo las recomendaciones internacionales pero sólo si reunía determinados requisitos: | ||
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- | **RESPONSABILIDAD CIVIL**: | + | ==== RESPONSABILIDAD CIVIL: ==== |
Cuando el menor comete un ilícito penal, además de responsabilidad en este ámbito, se derivará [[es:responsabilidad_civil|responsabilidad civil]]. Ésta será solidaria, del menor junto con sus padres. Así mismo, el juez conocerá de ella en una pieza separada dentro del mismo proceso, por ello habrá una única sentencia pero con dos pronunciamientos: uno referente a la medida y otro a la responsabilidad civil. | Cuando el menor comete un ilícito penal, además de responsabilidad en este ámbito, se derivará [[es:responsabilidad_civil|responsabilidad civil]]. Ésta será solidaria, del menor junto con sus padres. Así mismo, el juez conocerá de ella en una pieza separada dentro del mismo proceso, por ello habrá una única sentencia pero con dos pronunciamientos: uno referente a la medida y otro a la responsabilidad civil. | ||
Línea 107: | Línea 111: | ||
- | **TÉCNICAS DE DESVIACIÓN**: | + | ==== TÉCNICAS DE DESVIACIÓN: ==== |
Son dos principalmente: | Son dos principalmente: | ||
Línea 125: | Línea 129: | ||
- | **BIBLIOGRAFÍA Y TEMAS RELACIONADOS**: | + | ==== BIBLIOGRAFÍA Y TEMAS RELACIONADOS: ==== |
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Penal/lo5-2000.html | http://noticias.juridicas.com/base_datos/Penal/lo5-2000.html | ||
Línea 144: | Línea 148: | ||
+ | --- //[[lcg@unizar.es|LefisPedia]] 2010/12/31 13:47// |