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es:proteccion_consular

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-__**PROTECCIÓN CONSULAR**__+Loreto Arnau Moreno
  
 +**PROTECCIÓN CONSULAR**
  
- **INTRODUCCIÓN**+**1. CONCEPTO:**
  
-De la salvaguarda ​de los intereses ​de los particulares nacionales ​de un [[wp>​Estado]] ​en el extranjero se ocupan tanto las misiones diplomáticas,​ a través ​de la [[es:​proteccion_diplomatica|protección diplomática]],​ como las oficinas ​consulares, a través de la protección consular.\\+La Convencion ​de Viena sobre Relaciones Consulares ​de 24 de abril de 1963, que entró ​en vigor el 19 de marzo de 1967 define en su articulo 5 cuáles son las funciones ​consulares ​y en el articulo 36 la comunicación con los nacionales del Estado que envía
  
-La protección ​y la asistencia consulares constituyen la esencia de la función ​consular, ​uno de los componentes ​de la acción exterior del Estado cuyo ejercicio corresponde al [[http://​www.exteriores.gob.es/​Portal/​es/​Paginas/​inicio.aspx|Ministerio de Asuntos Exteriores ​de Cooperación]] ​y a la red de Oficinas Consulares que España tiene en el extranjero, con un total de 93 Embajadas ​con Sección Consular88 Consulados Generales ​cuatro Consulados.\\ +La protección consular” es el conjunto de accionesgestiones, buenos oficios e intervenciones que realiza el personal ​de las representaciones consulares y diplomáticas de un país en los territorios ​de otros Estados para asi poder salvaguardar los derechos ​evitar daños ​perjuicio indebidos ​a la persona, bienes e intereses ​de sus nacionales ​en el extranjero. Dicha labor se lleva a cabo de conformidad ​con los principios y normas del Derecho Internacional, y con apego a las leyes y reglamentos de cada país.
  
-**CONCEPTO DE PROTECCIÓN CONSULAR** +**2. FUNCIONES CONSULARES:**
  
-La protección consular //strictu sensu// es una función originaria ​de la institución consular, de carácter general, a cuyo ejercicio no puede oponerse el Estado receptor y que  tiene su base en el [[es:​derecho_consuetudinario|derecho consuetudinario]]. Consiste y se concreta en un derecho ​de reclamación formal ante la autoridad local extranjera correspondientesolicitando la reparación que se estime pertinente, en defensa de los derechos e intereses legítimos de:\\ +El articulo 5 de la CVRC es aquella ​que nos da el listado ​de funciones consularesentre ellas encontramos:
-  * El Estado que envía, en su actividad //iure gestionis//​.\\ +
-  * Los nacionales personas físicas o jurídicas cuando esos han sido lesionados por una autoridad local en la circunscripción de la oficina consular.\\+
  
-La protección consular consiste, por tanto, ​en aquella acción que el funcionario consular está legitimado para desarrollar ante las autoridades locales ​del Estado ​receptor a favor de sus nacionales ​- ya sean residentes ​se encuentren ocasionalmente en su demarcación consular - que han recibido un trato contrario al debido por parte de esas autoridadescon la doble finalidad ​de hacer cesar el hecho ilícito y de obtener, en su caso, una reparación. +a) proteger ​en el Estado receptor los intereses ​del Estado ​que envía y de sus nacionalessean personas naturales ​jurídicasdentro ​de los límites permitidos por el derecho internacional;​
-Así, al igual que la [[es:​proteccion_diplomatica|protección diplomática]],​ la protección consular es una reclamación contra las consecuencias de un acto de un órgano de un Estado infractor que sea contraria al [[es:​derecho_internacional|Derecho Internacional]] o a su Derecho interno.\\+
  
 +b) fomentar el desarrollo de las relaciones comerciales,​ económicas,​ culturales y científicas entre el Estado que envía y el Estado receptor, y promover además las relaciones amistosas entre los mismos, de conformidad con las disposiciones de la presente Convención;​
  
-**RÉGIMEN JURÍDICO DE LA PROTECCIÓN CONSULAR**+c) informarse por todos los medios lícitos de las condiciones y de la evolución de la vida comercial, económica, cultural y científica del Estado receptor, informar al respecto al gobierno del Estado que envía y proporcionar datos a las personas interesadas;​
  
-La regulación de la protección consular se encuentra recogida en:\\ +dextender pasaportes ​documentos ​de viaje a los nacionales del Estado que envíay visados o documentos adecuados a las personas ​que deseen viajar a dicho Estado;
-- El artículo 5 ade la [[https://​www.boe.es/​boe/​dias/​1970/​03/​06/​pdfs/​A03629-03638.pdf|Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares]].\\ +
-- Los artículos 20, apartado 2, letra c), 23 del [[https://​www.boe.es/​doue/​2010/​083/​Z00047-00199.pdf|Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea]].\\ +
-- El artículo 46 de la [[https://​www.boe.es/​doue/​2010/​083/​Z00389-00403.pdf|Carta ​de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea ]].\\ +
-- En derecho español se contemplaaunque en términos genéricos, en el [[https://​www.boe.es/​boe/​dias/​2017/​07/​29/​pdfs/​BOE-A-2017-9011.pdf|Real Decreto 768/2017, de 28 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación]] .\\+
  
 +e) prestar ayuda y asistencia a los nacionales del Estado que envía, sean personas naturales o jurídicas;
  
-**REQUISITOS PARA EL EJERCICIO DE LA PROTECCIÓN CONSULAR**+f) actuar en calidad de notario, en la de funcionario de registro civil, y en funciones similares y ejercitar otras de carácter administrativo,​ siempre que no se opongan las leyes y reglamentos del Estado receptor;
  
-Para poder ejercer la protección consular se requiere que:\\ +g) velar, ​de acuerdo con las leyes y reglamentos ​del Estado receptor, por los intereses de los nacionales ​del Estado que envíasean personas naturales ​jurídicasen los casos de sucesión por causa de muerte que se produzcan en el territorio ​del Estado ​receptor;
-         - El lesionado sea nacional del Estado ante el que se solicita dicha protección.\\ +
-         - La lesión sea consecuencia ​de la violación de una norma de derecho interno ​del Estado receptor ​o de Derecho Internacional.\\ +
-         - Se haya producido el agotamiento de la vía internabien por la propia oficina consular en nombre del propio Estado por sus intereses ​//iure gestionis// o por las personas físicas afectadas. En este requisito ha de tenerse en cuenta que la vía interna que se ha de agotar no es la posible existente en el Estado, como en la protección diplomática,​ sino en la posible ante las autoridades locales competentes en la circunscripción consular, con independencia de que pueda ser, a su vez, la última instancia total del Estado.  +
-          +
-Cumpliéndose estos requisitos cabe ya solicitar la protección consular a la oficina consular, ​que, a diferencia de la [[es:​proteccion_diplomatica|protección diplomática]],​ no es discrecional sino obligatoria ​automáticaes decir, el Estado a través ​de su oficina consular no puede excusarse ​de su ejercicio cuando le sea solicitada o sin más cuando ​se trate de los intereses ​del Estado.\\+
  
-**PROCEDIMIENTO**+h) velar, dentro de los límites que impongan las leyes y reglamentos del Estado receptor, por los intereses de los menores y de otras personas que carezcan de capacidad plena y que sean nacionales del Estado que envía, en particular cuando se requiera instituir para ellos una tutela o una curatela;
  
- La reclamación es presentada por el funcionario consular ​que sea jefe de la respectiva oficina, normalmente por su propia iniciativa, aunque sometido siempre a las instrucciones ​orientaciones de su Gobierno. A diferencia de lo que ocurre en la protección diplomática,​ donde la reclamación se dirige al Estado ​infractorconcretamente a su gobierno y se presenta bien ante el Ministerio ​de Relaciones Exteriores bien ante la misión diplomática acreditada ​en el órgano reclamante, ​en la protección consular la reclamación no se presenta ante el Gobierno del Estado infractor sino directamente ante el órgano del que emane el acto ilícito, que puede ser:\\ +i) representar a los nacionales del Estado ​que envía o tomar las medidas convenientes para su representación ante los tribunales ​otras autoridades del Estado ​receptor, de conformidad con la práctica y los procedimientos ​en vigor en este últimoa fin de lograr ​que, de acuerdo con las leyes y reglamentos del mismose adopten las medidas provisionales ​de preservación ​de los derechos e intereses ​de esos nacionales, cuando, por estar ausentes o por cualquier otra causa, no puedan defenderlos oportunamente;​
-  * Un órgano local del Estadocompetente dentro ​de la circunscripción consular.\\ +
-  * Un órgano de entes o autoridades territoriales.\\ +
-  * Un órgano central del Estado receptor siempre que sea posible y en la medida en que lo permitan ​las leyes, reglamentos ​usos y los acuerdos internacionales correspondientessegún la tendencia reciente que recoge el art. 38 de la Convención ​de Viena de 1963.\\+
  
-**DIFERENCIAS ENTRE LA PROTECCIÓN CONSULAR Y OTRAS FIGURAS DEL DERECHO INTERNACIONAL**+j) comunicar decisiones judiciales y extrajudiciales y diligenciar comisiones rogatorias de conformidad con los acuerdos internacionales en vigor y, a falta de los mismos, de manera que sea compatible con las leyes y reglamentos del Estado receptor;
  
-A pesar del paralelismo ​que pueda llegar a existir entre la [[es:​proteccion_diplomatica|protección diplomática]] y la consular ​entre esta última y la asistencia consularse trata en ambos casos de conceptos diferenciados cuyos matices es preciso resaltar.\\ +k) ejercer, de conformidad con las leyes y reglamentos ​del Estado ​que envía, los derechos de control ​inspección de los buques que tengan ​la nacionalidad de dicho Estadoy de las aeronaves matriculadas ​en el mismo y, también, ​de sus tripulaciones;​
  
-Así, las principales diferencias entre protección diplomática ​consular ​se centran en que, en el caso de la **protección consular**, el órgano que presenta la reclamación es el funcionario responsable ​de la representación consular ​ el órgano ante el que se presenta dicha reclamación es directamente ante el órgano del Estado demandado responsable de la violación. En los supuestos ​de **protección diplomática,** por el contrario, ​ la reclamación se presenta directamente ante el Gobierno ​del Estado ​demandado. Además, la protección diplomática, en tanto institución jurídico-internacional,​ se configura, a diferencia de la protección consular, como un derecho del Estado —no de los titulares ​de los intereses lesionados— ​que el Estado ​puede ejercer discrecionalmente dentro de los límites permitidos por el [[es:​derecho_internacional|Derecho Internacional]].\\+l) prestar ayuda a los buques ​aeronaves a que se refiere ​el apartado k) de este artículo ytambién, a sus tripulaciones;​ recibir declaración sobre el viaje de esos buques, encaminar ​refrendar ​los documentos ​de a bordo ysin perjuicio de las facultades de las autoridades ​del Estado ​receptorefectuar encuestas sobre los incidentes ocurridos ​en la travesía ​resolver ​los litigios ​de todo orden que se planteen entre el capitán, ​los oficiales, los marineros, siempre ​que lo autoricen las leyes y reglamentos del Estado ​que envía;
  
-Por otro lado, la diferencia más importante entre la protección consular y la **asistencia consular** es que la asistencia ​consular no es medio de reclamación contra actos ilícitos de un Estado ​extranjero sino un simple instrumento de asistencia ​a los nacionales de ese Estado ​en un Estado ​extranjero.\\+m) ejercer las demás funciones confiadas por el Estado ​que envía a la oficina ​consular ​que no estén prohibidas por las leyes y reglamentos del Estado ​receptor o las que éste no se oponga, o las que le sean atribuidas por los acuerdos internacionales ​en vigor entre el Estado ​que envía y el receptor.
  
-**REFERENCIAS** 
  
-**Bibliografía básica empleada**+**3. PROTECCION CONSULAR A NIVEL EUROPEO:**
  
-  * PASTOR RIDRUEJO, José A.: //​Curso ​de Derecho Internacional Públicoy OOII. 21ª Edición//. TECNOSMadrid. 2017 +Cuando un ciudadano ​de la UE se encuentra en un tercer país donde el suyo propio no tiene representacióntiene el derecho a la protección ​de las autoridades diplomáticas ​consulares ​de cualquier otro país de la UEPara ello debe presentar el pasaporte o el DNI como prueba ​de nacionalidad;​ la autoridades ​consulares ​deben de dar a la persona que solicita la protección igual trato que a los nacionales del país que representan.
-  * VILARIÑO PINTOS, Eduardo: //​Curso ​de Derecho Diplomático ​Consular. 5ª Edición//. TECNOS, Madrid. 2016 +
-  * JIMÉNEZ PIERNAS, Carlos: //​Introducción al Derecho Internacional Público. Práctica ​de España y de la Unión Europea//TECNOS, Madrid. 2011 +
-  * MARTÍ MARTÍ, Xavier: //La política española ​de protección y asistencia ​consulares...//. Revista Española ​de Derecho Internacional. Madrid, enero-junio 2013. págs43-72+
  
-**Redactor**: Ismael Tornos Millán+La protección que ofrecen las embajadas/​consulados de los países de la UE es asistencia en caso de: 
 +  ​Fallecimiento 
 +  ​Accidente o enfermedad grave 
 +  ​Detencion 
 +  ​Victimas de delitos con violencia 
 +  * Auxilio y repatriación de ciudadanos de la UE en dificultades
  
 +**4. BIBLIOGRAFIA:​**
 +
 +https://​ec.europa.eu/​consularprotection/​content/​about-consular_es ​
 +
 +Convenio de Viena sobre Relaciones Consulares de 24 de abril de 1963
 +https://​www.oas.org/​legal/​spanish/​documentos/​convvienaconsulares.htm ​
  
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