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| **Proceso constituyente** | **Proceso constituyente** | ||
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| + | ====ETIMOLOGÍA==== | ||
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| + | Constituyente es un término que deriva del latín, pues es fruto de la unión de varios componentes de dicha lengua: el prefijo “con-“, que es equivalente a “junto” o “todo”; el verbo “statuare”, que es sinónimo de “establecer”; el sufijo “-ente”, que puede traducirse como “agente” o “el que realiza la acción” | ||
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| ====CONCEPTO==== | ====CONCEPTO==== | ||
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| * Su esencia es una apelación de legitimidad por parte del pueblo, no en la imposición por la fuerza, ni siquiera por la fuerza bienintencionada | * Su esencia es una apelación de legitimidad por parte del pueblo, no en la imposición por la fuerza, ni siquiera por la fuerza bienintencionada | ||
| * El proceso constituyente se desarrolla con arreglo a unas pautas que marcan unas mínimas exigencias democráticas | * El proceso constituyente se desarrolla con arreglo a unas pautas que marcan unas mínimas exigencias democráticas | ||
| - | * Elecciones libres, convocadas ad hoc, con carácter constituyente. | + | * Elecciones libres, convocadas ad hoc, con carácter constituyente. |
| - | * Debate y decisión por parte de la Asamblea Nacional Constituyente, sin tutelas ni imposiciones. | + | * Debate y decisión por parte de la Asamblea Nacional Constituyente, sin tutelas ni imposiciones. |
| - | * Ratificación mediante referéndum. | + | * Ratificación mediante referéndum. |
| * Tras este último paso se obtiene un nuevo texto constitucional que debe cumplir unos mínimos estándares democráticos y se espera que por haber sido elaborado en libertad y con la participación de quien así lo haya deseado, satisfaga las necesidades y concuerde con la voluntad popular en su derecho legítimo de reclamación de soberanía. | * Tras este último paso se obtiene un nuevo texto constitucional que debe cumplir unos mínimos estándares democráticos y se espera que por haber sido elaborado en libertad y con la participación de quien así lo haya deseado, satisfaga las necesidades y concuerde con la voluntad popular en su derecho legítimo de reclamación de soberanía. | ||
| + | El grado de implicación y de vinculación directa del pueblo a lo largo del proceso deberá quedar sujeto a la voluntad del poder constituyente, ya sea mediante mecanismos totalmente representativos (delegación plena en los constituyentes electos), ya sea mediante mecanismos mixtos de representación y participación directa del pueblo. Este último sistema puede resultar útil en democracias "pequeñas", entendiendo pequeño como número reducido de habitantes que la conforman. Podríamos referirnos al reciente caso de [[http://vientosur.info/spip.php?article9269|“Islandia”]] | ||
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| + | ====DIFERENCIA ENTRE PROCESO CONSTITUYENTE Y REFORMA CONSTITUCIONAL==== | ||
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| + | La reforma constitucional es el mecanismo que la propia Constitución tiene previsto para realizar modificaciones puntuales de parte de su contenido o de algún precepto concreto. Así pues, la reforma constitucional es un cambio constitucional hecho desde la legalidad. | ||
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| + | En cambio, el proceso constituyente es más complejo y tiene un origen distinto. Surge cuando en la sociedad hay una demanda incontenible de reforma constitucional y el juego de los actores del sistema político impide de manera efectiva el cambio constitucional por la vía de la reforma prevista en la misma. | ||
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| + | Se produce una crisis de legitimidad constitucional, se abre un conflicto político que no puede resolverse a través de los mecanismos previstos por el sistema. El pueblo reclama para sí la legitimidad del poder constituyente. Esta consta de dos fases, una primera destituyente, de ruptura constitucional y una segunda fase constituyente, que establece un nuevo marco de legalidad acorde con las nuevas exigencias o necesidades. | ||
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| + | ====¿UTOPÍA O REALIDAD?==== | ||
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| + | Los cambios constitucionales, los procesos constituyentes, las rupturas entre legalidad y legitimidad que se resuelven a favor de esta última, se cuentan por decenas a lo largo de la historia. Todos ellos tienen un origen común que no es otro que el nacimiento de nuevas exigencias y necesidades que el pueblo soberano desea sean reconocidas legalmente. | ||
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| + | ====RECIENTES PROCESOS CONSTITUYENTES==== | ||
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| + | * [[https://es.wikipedia.org/wiki/Asamblea_Constituyente_de_Colombia_de_1991|“Colombia en 1991”]] | ||
| + | * [[https://es.wikipedia.org/wiki/Asamblea_Nacional_Constituyente_de_Venezuela_de_1999|“Venezuela en 1999”]] | ||
| + | * [[https://es.wikipedia.org/wiki/Refer%C3%A9ndum_constitucional_de_Ecuador_de_2008|“Ecuador en 2008”]] | ||
| + | * [[http://www.realinstitutoelcano.org/wps/portal/rielcano/contenido?WCM_GLOBAL_CONTEXT=/elcano/elcano_es/especiales/crisismundoarabe/analisis/rie/ari136-2011|“Túnez 2011”]] | ||
| + | * [[http://vientosur.info/spip.php?article9269|“Islandia en 2008-2012”]] | ||
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| + | ====BIBLIOGRAFÍA==== | ||
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| + | * PALACIOS ROMEO, FRANCISCO., PISARELLO, GERARDO. MARTÍNEZ DALMAU, RUBEN., y otros. (Editorial Tirant Lo Blanch, 2014). Teoría y práctica del poder constituyente (Monografías) | ||
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| + | ====ENLACES DE INTERÉS==== | ||
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| + | * http://www.rebelion.org/noticia.php?id=155782 | ||
| + | * http://www.mandoadistancia.me/islandia-ejemplo-de-un-proceso-constituyente/ | ||
| + | * http://vientosur.info/spip.php?article9269 | ||
| + | * https://es.wikipedia.org/wiki/Asamblea_Constituyente_de_Colombia_de_1991 | ||
| + | * https://es.wikipedia.org/wiki/Asamblea_Nacional_Constituyente_de_Venezuela_de_1999 | ||
| + | * https://es.wikipedia.org/wiki/Refer%C3%A9ndum_constitucional_de_Ecuador_de_2008 | ||
| + | * http://www.realinstitutoelcano.org/ | ||
| Juan Sánchez Ibarbia | Juan Sánchez Ibarbia | ||