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- | CONTENIDOS: INTRODUCCIÓN (terminología y concepto, fundamento y origen, evolución); CLASES DE POSESIÓN (natural, interdictal y civil); ADQUISICIÓN Y PÉRDIDA DE LA POSESIÓN; PROTECCIÓN POSESORIA; CONCLUSIÓN; BIBLIOGRAFÍA; ENLACES WEB. | + | CONTENIDOS: --INTRODUCCIÓN (terminología y concepto, fundamento y origen, evolución) |
+ | --CLASES DE POSESIÓN (natural, interdictal y civil) | ||
+ | --ADQUISICIÓN Y PÉRDIDA DE LA POSESIÓN | ||
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Esto significa que la posesión comporta una relación de hombre-cosa y a su vez una idea de poder sobre ella y sin prejuzgar si se tiene la titularidad del dominio. | Esto significa que la posesión comporta una relación de hombre-cosa y a su vez una idea de poder sobre ella y sin prejuzgar si se tiene la titularidad del dominio. | ||
- | Las fuentes romanas no suministran una definición de la posesión. Esto es debido a su aversión hacia los conceptos abstractos y por lo difícil que les resulta enmarcar los diferentes tipos de posesión que existen en [[Roma]]. | + | Las fuentes romanas no suministran una definición de la posesión. Esto es debido a su aversión hacia los conceptos abstractos y por lo difícil que les resulta enmarcar los diferentes tipos de posesión que existen en [[ROMA]]. |
- fundamento y origen | - fundamento y origen | ||
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El derecho romano se enfrenta a dos problemas concretos. El primero es qué ha de exigir para que la posesión se convierta en propiedad y el segundo, cundo se ha de proteger la posesión y cuando no. En época clásica para la primera cuestión el [[IUS CIVILE]] lo soluciona exigiendo una iusta causa y la segunda el [[IUS HONORARIUM]] requiriendo un particular animus. | El derecho romano se enfrenta a dos problemas concretos. El primero es qué ha de exigir para que la posesión se convierta en propiedad y el segundo, cundo se ha de proteger la posesión y cuando no. En época clásica para la primera cuestión el [[IUS CIVILE]] lo soluciona exigiendo una iusta causa y la segunda el [[IUS HONORARIUM]] requiriendo un particular animus. | ||
- | En época de Justiniano se tiende a tomar el [[animus]] como base de la posesión y se admite incluso la posesión de los derechos, abriendo, así, las puertas al derecho moderno. | + | En época de [[JUSTINIANO]] se tiende a tomar el [[animus]] como base de la posesión y se admite incluso la posesión de los derechos, abriendo, así, las puertas al derecho moderno. |
CLASES DE POSESION | CLASES DE POSESION | ||
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CONCLUSIÓN | CONCLUSIÓN | ||
- | Podríamos afirmar que la posesión en Roma llega a configurarse como un concepto adoptado que ha llegado a nuestros días prácticamente intacto: “el ejercicio de un poder de hecho sobre las cosas, en nombre propio o ajeno, de modo ostensible y notorio y continuado en el tiempo, mediante actos que revelan una voluntad de dominación según la naturaleza de la cosa poseída”. | + | Podríamos afirmar que la posesión en Roma se configura como un concepto que ha llegado a nuestros días prácticamente intacto: “el ejercicio de un poder de hecho sobre las cosas, en nombre propio o ajeno, de modo ostensible y notorio y continuado en el tiempo, mediante actos que revelan una voluntad de dominación según la naturaleza de la cosa poseída”. |
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http://en.wikipedia.org/wiki/Friedrich_Karl_von_Savigny | http://en.wikipedia.org/wiki/Friedrich_Karl_von_Savigny | ||
http://es.wikipedia.org/wiki/Jhering | http://es.wikipedia.org/wiki/Jhering | ||
+ | http://es.wikipedia.org/wiki/Justiniano_I | ||
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Autor: Aránzazu María Gallego Laborda | Autor: Aránzazu María Gallego Laborda |