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es:mecanismo_de_segunda_oportunidad [2019/11/29 21:09] lefispedia [FUNCIONAMIENTO DE LA SEGUNDA OPORTUNIDAD] |
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- | La segunda oportunidad surge en un momento en el que la economía española estaba intentando resurgir después de la grave [[https://es.wikipedia.org/wiki/Crisis|crisis]] que había afrontado. A pesar de estos esfuerzos, muchos españoles no eran capaces de recuperarse de esta [[https://es.wikipedia.org/wiki/Recesión|recesión]]. Es en este contexto cuando surge esta técnica legislativa, como mecanismo de protección principalmente para los emprendedores cuya labor empresarial no ha tenido éxito y han terminado en situación de insolvencia, o en relación asimismo con las personas físicas que, con motivo de un fracaso personal, no pueden hacer frente al [[es:endeudamiento|endeudamiento]]. | + | La segunda oportunidad surge en un momento en el que la [[https://es.wikipedia.org/wiki/Economía_de_España|economía española]] estaba intentando resurgir después de la grave [[https://es.wikipedia.org/wiki/Crisis|crisis]] que había afrontado. A pesar de estos esfuerzos, muchos españoles no eran capaces de recuperarse de esta [[https://es.wikipedia.org/wiki/Recesión|recesión]]. Es en este contexto cuando surge esta técnica legislativa, como mecanismo de protección principalmente para los emprendedores cuya labor empresarial no ha tenido éxito y han terminado en situación de insolvencia, o en relación asimismo con las personas físicas que, con motivo de un fracaso personal, no pueden hacer frente al [[es:endeudamiento|endeudamiento]]. |
===== REGULACION Y CONCEPTO ===== | ===== REGULACION Y CONCEPTO ===== | ||
- | La [[es:ley|Ley]] 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, introdujo el Título X de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, que se encarga de la regulación del acuerdo extrajudicial de pagos, mecanismo alternativo al [[es:concurso_de_acreedores|concurso de acreedores]] con motivo de una situación de insolvencia. | + | La [[es:ley|Ley]] 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, introdujo el Título X de la [[https://boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-13813|Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal]], que se encarga de la regulación del acuerdo extrajudicial de pagos, mecanismo alternativo al [[es:concurso_de_acreedores|concurso de acreedores]] con motivo de una situación de insolvencia. |
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- | Posteriormente, esta regulación queda actualizada y se regula por Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social y por [[es:ley|Ley]] 25/2015, de 28 de julio, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social. | + | Posteriormente, esta regulación queda actualizada y se regula por [[https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2015-2109|Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social]] y por [[https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-8469| |
+ | Ley 25/2015, de 28 de julio, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social.]] | ||
Es en su [[https://es.wikipedia.org/wiki/Preámbulo_(derecho)| | Es en su [[https://es.wikipedia.org/wiki/Preámbulo_(derecho)| | ||
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Debido a la situación de insolvencia, es posible que el deudor, bien haya liquidado los bienes que poseía en la fase de liquidación del [[https://es.wikipedia.org/wiki/Concurso_de_acreedores_(España)| | Debido a la situación de insolvencia, es posible que el deudor, bien haya liquidado los bienes que poseía en la fase de liquidación del [[https://es.wikipedia.org/wiki/Concurso_de_acreedores_(España)| | ||
- | concurso]] y no disponga de más para hacer frente a sus deudas, bien no tenga ningún [[es:activo|activo]] para afrontar el pasivo. De este modo, se procedería a la __conclusión del concurso por liquidación o por insuficiencia de masa activa__, respectivamente. Tal y como se dispone en el art. 178.2 LC, “Fuera de los supuestos previstos en el artículo siguiente, en los casos de conclusión del concurso por liquidación o insuficiencia de masa activa, el deudor persona natural quedará responsable del pago de los créditos restantes”. Sin embargo, como excepción a lo dispuesto en este precepto, cabe la posibilidad de que obtenga lo que se denomina el [[https://elderecho.com/la-exoneracion-del-pasivo-insatisfecho-el-tramite-procedimental-los-requisitos-de-la-buena-fe-y-su-tratamiento-por-los-tribunales|beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho]] recogido en el art. 178 bis LC. | + | concurso]] y no disponga de más para hacer frente a sus deudas, bien no tenga ningún [[es:activo|activo]] para afrontar el pasivo. De este modo, se procedería a la __conclusión del concurso por liquidación o por insuficiencia de masa activa__, respectivamente. Tal y como se dispone en el art. 178.2 LC, “Fuera de los supuestos previstos en el artículo siguiente, en los casos de conclusión del concurso por liquidación o insuficiencia de masa activa, el deudor persona natural quedará responsable del pago de los créditos restantes”. Sin embargo, como excepción a lo dispuesto en este precepto, cabe la posibilidad de que obtenga lo que se denomina el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho recogido en el art. 178 bis LC. |
* **Exoneración del pasivo insatisfecho: métodos.** | * **Exoneración del pasivo insatisfecho: métodos.** | ||
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- | Algunos ejemplos recientes en que puede apreciarse este beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho, principal desenlace en los casos actuales en los que se aplica el mecanismo de segunda oportunidad: STS 2253/2019, de 2 de julio 2019, SAP de Barcelona 4742/2019, de 9 de mayo de 2019 o AAP Madrid 244/2019, de 1 de febrero de 2019. | + | Algunos ejemplos recientes en que puede apreciarse este beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho, principal desenlace en los casos actuales en los que se aplica el mecanismo de segunda oportunidad: STS 2253/2019, de 2 de julio 2019 ((STS 2253/2019, de 2 de julio de 2019: http://www.poderjudicial.es/search/contenidos.action?action=contentpdf&databasematch=TS&reference=8834790&statsQueryId=121992555&calledfrom=searchresults&links=exoneraci%C3%B3n%20pasivo&optimize=20190712&publicinterface=true)) y SAP de Barcelona 4742/2019, de 9 de mayo de 2019 ((SAP de Barcelona 4742/2019, de 9 de mayo de 2019: http://www.poderjudicial.es/search/documento/TS/8767044/Concurso/20190522)). |
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* HERNÁNDEZ SAINZ, E. y LARGO GIL, R. //"Derecho mercantil II: Derecho del Mercado Financiero y Derecho Concursal//". | * HERNÁNDEZ SAINZ, E. y LARGO GIL, R. //"Derecho mercantil II: Derecho del Mercado Financiero y Derecho Concursal//". | ||
- | * https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-13813 | + | * Ley Concursal: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-13813 |
- | * https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-8469 | + | * Ley de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-8469 |
* https://lequid.es/blog/mecanismo-segunda-oportunidad/ | * https://lequid.es/blog/mecanismo-segunda-oportunidad/ | ||
* https://www.iberley.es/revista/ts-aclara-mecanismos-segunda-oportunidad-deudor-concursado-regulacion-sobre-beneficio-exoneracion-pasivo-insatisfecho-requisitos-art-178-bis-3-ley-concursal-355 | * https://www.iberley.es/revista/ts-aclara-mecanismos-segunda-oportunidad-deudor-concursado-regulacion-sobre-beneficio-exoneracion-pasivo-insatisfecho-requisitos-art-178-bis-3-ley-concursal-355 | ||
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- | **Autor: Patricia Sánchez Melús** | + | ---- |
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