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es:matrimonio_putativo

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es:matrimonio_putativo [2012/12/03 18:24]
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es:matrimonio_putativo [2020/01/08 18:25] (actual)
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 La figura del matrimonio putativo se regula por primera vez en el seno del Derecho Canónico, cuando la iglesia dominaba el ámbito jurisdiccional del matrimonio. La figura del matrimonio putativo se regula por primera vez en el seno del Derecho Canónico, cuando la iglesia dominaba el ámbito jurisdiccional del matrimonio.
 +Ya en los siglos XI y XII se afronta la cuestión en relación con los matrimonios incestuosos,​ y tenía como  
 +principal cometido atenuar las consecuencias de un matrimonio contraído entre parientes (la prohibición de  
 +contraer matrimonio por razón de parentesco se extendía hasta el séptimo grado en línea colateral). Gracias a esta  
 +nueva figura creada, la ignorancia del impedimento por parte de los cónyuges permitía que los hijos habidos en ese matrimonio fueran considerados como legítimos, pero siempre y cuando el parentesco no fuera tan cercano que hubiera de considerarse ese matrimonio como horrible et turpe. 
 +Hay que tener en cuenta que la evolución en el régimen matrimonial ha ido introduciendo cambios en la regulación del matrimonio y en la nulidad de este y en sus consecuencias. El derecho matrimonial Canónico va perdiendo su hegemonía a lo largo del tiempo frente al Derecho civil, que en la actualidad es el que regula todo el régimen matrimonial y sus efectos, dejando al Derecho matrimonial canónico una parcela muy pequeña de actuación.
  
  
/var/www/html/lefispedia/data/attic/es/matrimonio_putativo.1354559049.txt.gz · Última modificación: 2020/01/08 18:15 (editor externo)