Muestra las diferencias entre dos versiones de la página.
Ambos lados, revisión anterior Revisión previa Próxima revisión | Revisión previa | ||
es:mandato_revocatorio [2012/01/25 22:12] lefispedia |
es:mandato_revocatorio [2020/01/08 18:25] (actual) |
||
---|---|---|---|
Línea 13: | Línea 13: | ||
**1-Definición**: Según el diccionario de la R.A.E. Revocar significa: Dejar sin efecto una concesión, un mandato o una resolución.[[http://buscon.rae.es/draeI/SrvltGUIBusUsual]]. | **1-Definición**: Según el diccionario de la R.A.E. Revocar significa: Dejar sin efecto una concesión, un mandato o una resolución.[[http://buscon.rae.es/draeI/SrvltGUIBusUsual]]. | ||
| | ||
- | El mandato revocatorio es un mecanismo de participación directa de la ciudadanía, a través del cual, los electores pueden destituir a un cargo electo cumpliendo con los requisitos que la ley establezca. Se entiende siempre que la revocación se produce antes de que concluya el tiempo de mandato para el que fue elegido. Este procedimiento permite un control más férreo sobre los cargos públicos y sus actuaciones. Es un elemnto propio de las teorías participativas de democracia. | + | El mandato revocatorio es un __mecanismo de participación directa__ de la ciudadanía, a través del cual, los electores pueden destituir a un cargo electo cumpliendo con los requisitos que la ley establezca. Se entiende siempre que la revocación se produce antes de que concluya el tiempo de mandato para el que fue elegido. Este procedimiento permite un control más férreo sobre los cargos públicos y sus actuaciones. Es un elemento propio de las teorías participativas de democracia. |
- | Normalmente, esta revocatoria de mandato se produce por diferentes causas siempre relacionadas con el incumplimiento de programas, actuaciones ilegales o éticamente reprobables. | + | Normalmente, esta revocatoria de mandato se produce por causas siempre relacionadas con el incumplimiento de programas, actuaciones ilegales o éticamente reprobables. |
- | Son las leyes las que desarrollan la forma en que esta revocación se puede realizar, así como los criterios para considerar la consulta como exitosa. | + | Son las leyes las que desarrollán la forma en que esta revocación se puede realizar, así como los criterios para considerar la consulta como exitosa. |
- | Esta figura surge en contraposición a otros elementos de la democracia representativa, en la que el ciudadano, una vez ejercido su derecgho a voto, juega un papel mínimo en lo que a participación se refiere. A su vez, En el mandato representativo, el elegido, una vez ocupado su cargo, no se debe ya a sus electores, por tanto, es ya irrevocable. | + | Esta figura surge en contraposición a otros elementos de la democracia representativa, en la que el ciudadano, una vez ejercido su derecho a voto, juega un papel mínimo en lo que a participación se refiere. A su vez, en el mandato representativo, el elegido, una vez ocupado su cargo, no se debe ya a sus electores, por tanto, es ya irrevocable. |
**2-Democracia participativa vs Democracia representativa.** | **2-Democracia participativa vs Democracia representativa.** | ||
- | Existen fundamentalmente dos teorías de la democracia. Una, la más extendida, es la democracia representativa, basada en la teoría de __Montesquieu__. Sus conceptos básicos son: | + | Existen fundamentalmente dos teorías de la democracia. Una, la más extendida, es la democracia representativa, basada en la teoría de __Montesquieu__.[[http://www.laeditorialvirtual.com.ar/Pages2/Montesquieu/EspirituLeyes_06.html#L12]] Sus conceptos básicos son: |
- -Separación de poderes, | - -Separación de poderes, | ||
- -Garantía de los derechos civiles del ciudadano, | - -Garantía de los derechos civiles del ciudadano, | ||
- -Sufragio formalista y | - -Sufragio formalista y | ||
- -Gobierno representativo. | - -Gobierno representativo. | ||
- | En contraposición a ésta, encontramos la llamada democracia participativa que se basa en la teoría de __Rousseau__ y gira en torno a los siguientes conceptos: | + | En contraposición a ésta, encontramos la llamada democracia participativa que se basa en la teoría de __Rousseau__[[http://www.laeditorialvirtual.com.ar/pages/rousseau/rousseaucontratoindice.htm]] y gira en torno a los siguientes conceptos: |
- -Participación ciudadana, | - -Participación ciudadana, | ||
- -Ley como expresión de la voluntad popular | - -Ley como expresión de la voluntad popular | ||
Línea 35: | Línea 35: | ||
**3- El Mandato revocatorio en España.** | **3- El Mandato revocatorio en España.** | ||
- | No existe. La Constitución Española de 1978, refrenda el derecho de los ciudadanos a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal. En el Art.113 se plasma que el Congreso de los Diputados puede exigir la responsabilidad política del Gobierno mediante la adopción por mayoría absoluta de la moción de censura. [[http://noticias.juridicas.com/]]. Nada se dice en relación a la revocación del mandato. Solo cabe la revocación a cargo de los representantes del ciudadano. | + | No existe. La Constitución Española de 1978, refrenda el derecho de los ciudadanos a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal. En el Art.113 se plasma, por ejemplo, que el Congreso de los Diputados puede exigir la responsabilidad política del Gobierno mediante la adopción por mayoría absoluta de la moción de censura. [[http://noticias.juridicas.com/]]. Nada se dice en relación a la revocación del mandato. Solo cabe la revocación a cargo de los representantes del ciudadano. |
**4-El mandato revocatorio en otros países**. | **4-El mandato revocatorio en otros países**. | ||
Línea 43: | Línea 43: | ||
**5-Fuentes bibliográficas y recursos web**: | **5-Fuentes bibliográficas y recursos web**: | ||
- | Alarcón de Quesada, R. Cuba y la lucha por la democracia. Las otras voces. Hondarribia.(2004) | + | Alarcón de Quesada, R. Cuba y la lucha por la democracia. Las otras voces. Hondarribia,2004. |
- | Mejía, A. La Participación Ciudadana. Consejo Nacional de Cultura. Caracas. (2004) | + | |
- | Pastor, M. (Coord). Manual de Ciencia Política. Mac Graw Hill. Madrid.(1994). | + | |
- | Rousseau, J.J. El contrato social. Aguilar. (1962) | + | |
- | Constitución De la República de Colombia (1991). Constitución de la República de Cuba (1976). Constitución Política de la República del Ecuador (1998). Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999). Constitución Política del Estado de Bolivia (2008). Constitución Española (1978). | + | |
+ | Mejía, A. La Participación Ciudadana. Consejo Nacional de Cultura. Caracas, 2004. | ||
+ | Pastor, M. (Coord). Manual de Ciencia Política. Mac Graw Hill. Madrid,1994. | ||
+ | |||
+ | Rousseau, J.J. El contrato social. Aguilar. Madrid, 1962. | ||
+ | |||
+ | * Constitución De la República de Colombia (1991). | ||
+ | * Constitución de la República de Cuba (1976). | ||
+ | * Constitución Política de la República del Ecuador (1998). | ||
+ | * Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999). | ||
+ | * Constitución Política del Estado de Bolivia (2008). | ||
+ | * Constitución Española (1978). | ||
+ | |||
+ | Instituto Iberoamericano de Derechos Humanos: [[http://www.iidh.ed.cr/]]. | ||
+ | Instituto Cervantes Virtual: [[http://bib.cervantesvirtual.com/portal/constituciones/constituciones.shtml]]. | ||
+ | |||
+ | Diccionario Crítico de CC. Sociales de la UCM. [[http://www.ucm.es/info/eurotheo/diccionario/index_b.html]] | ||
+ | |||
+ | Adriana Lacambra | ||