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es:libertad_de_expresion

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-====== Libertad de expresión ====== 
  
 +LIBERTAD DE EXPRESIÓN
  
-La Libertad de Expresión es uno de los derechos humanos considerados básicos por la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH) de 1948, citado en su Artículo 19. También forma parte de la carta de derechos constitucionales,​ fundamentales o garantías sociales, incluida en las constituciones de los sistemas democráticos. ​+DEFINICIÓN
  
-===== Contenido ===== +La libertad de expresión es uno de los derechos humanos fundamentales de las personas y está protegida por la Declaración Universal de 1948 y además por las constituciones de todos los sistemas democráticos.
- +
  
-1. Libertad de expresión: Derecho Humano. 2. La Libertad de Expresión ​en España. 3. Vínculos Externos+La libertad para expresarse es una libertad que todos los individuos poseen y se fundamenta ​en el derecho a expresarse sin ser molestados a causa de sus opiniones, como por ejemplo, la libertad de investigar, recibir informaciones y difundirlas sin limitación de fronteras y a través de cualquier medio de expresión.
  
 +La expresión nunca debe estar sujeta a la censura previa, sino a la responsabilidad ulterior, es decir, con la libertad de expresión, no se puede impedir que una persona se exprese, pero sí que sea penada por su expresión. El derecho a la libertad de expresión, por lo tanto, no es absoluto. La ley prohíbe la propaganda a favor de la guerra, la apología del odio y la incitación a la violencia o al delito. En un país con libertad de expresión no se puede promover la discriminación racial o incentivar los asesinatos.
  
-==== Libertad ​de Expresión: Derecho Humano====+La libertad ​de expresión está vinculada a la libertad de prensa, que es la garantía de difundir información a través de los medios de comunicación social sin el control previo de los poderes del Estado. Por lo tanto la libertad de expresión es una de las bases de los derechos y las libertades democráticas siendo esencial para el funcionamiento de la democracia y de la participación pública en la toma de decisiones. Los ciudadanos no pueden ejercer su derecho al voto de manera efectiva o participar en la toma pública de decisiones si no cuentan con un libre acceso a la información y a las ideas, y si no pueden expresar sus opiniones libremente, es decir la libertad de expresión no sólo es importante para la dignidad individual, sino también para la participación,​ la rendición de cuentas y la democracia.
  
-La Declaración Universal ​de los Derechos Humanos de 1948, en su Artículo 19, expresa lo siguiente: “Todo individuo tiene derecho a la libertad ​de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado ​causa de sus opiniones, el de investigar ​recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlassin limitación ​de fronteras, por cualquier medio de expresión.” +A pesar de que el derecho a la libertad de expresión ​protege los derechos ​de toda persona ​expresar libremente ​sus opiniones ​y puntos ​de vista es esencialmenteun derecho que debe promoverse al máximo posible debido al papel decisivo que juega sobre la democracia ​la participación pública en la vida políticapueden existir ciertas formas extremas ​de expresión que necesitan ser puestas bajo control para la protección de otros derechos humanos, por ejemplo una forma particular ​de expresión ​que está prohibida en algunos países es la apología del odio o 'hate speech',​ que se trata de opiniones que incitan a la intolerancia o al odio entre grupos y por esto mismo se considera que debe ser restringida.
  
 +Un ejemplo extremo también de esto es el uso de los medios masivos de comunicación para promover el genocidio o ataques racialmente motivados. La conclusión es que existe un equilibrio fino entre la defensa del derecho a la libertad de expresión y la protección de otros derechos humanos, siendo el éxito de tales leyes frecuentemente cuestionable y una de las consecuencias ha sido llevar la apología del odio (hate speech) a la clandestinidad.
  
-La Convención Americana de los Derechos Humanos (CADH) de 1969 desarrolla en su Artículo 13 la libertad de pensamiento y de expresión, y señala lo siguiente: ​+REGULACIÓN
  
-1. Toda persona ​tiene derecho a la libertad de pensamiento ​y de expresión. Este derecho ​comprende la libertad ​de buscarrecibir ​difundir ​informaciones ​e ideas de toda índole, sin consideraciones ​de fronteras, ya sea oralmentepor escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier ​otro procedimiento ​de su elección y gusto +En la Declaración Universal de Derechos Humanos, en su Artículo 19, viene recogido que: Todo individuo ​tiene derecho a la libertad de opinión ​y de expresión; este derecho ​incluye el no ser molestado a causa de sus opinionesel de investigar ​recibir ​informaciones ​y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación ​de fronteras, por cualquier ​medio de expresión.”
  
-2. El ejercicio del derecho previsto ​en el inciso precedente no puede estar sujeto ​previa censurasino a responsabilidades ulteriores, las que deben estar expresamente fijadas por la ley ser necesarias para asegurar+En los últimos años ha habido avances ​en términos de asegurar ​el respeto por el derecho ​la libertad de expresiónpero como ya hemos mencionado también se han presentado nuevas amenazascomo los monopolios de los medios globales y las presiones sobre los medios independientes. Para ello, en España, viene recogido dentro de la Constitución el Art.20, ​que regula el Derecho a la Libertad de Expresión ​su correspondiente protección:
  
-aEl respeto a los derechos ​la reputación ​de los demás+Artículo 20. 1. Se reconocen y protegen los derechos: ​a. A expresar y difundir libremente los pensamientos,​ ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción. b. A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica. c. A la libertad de cátedra. d. A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La Ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades. 2. El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa. 3. La Ley regulará la organización y el control parlamentario de los medios de comunicación social dependientes del Estado o de cualquier ente público y garantizará el acceso a dichos medios de los grupos sociales y políticos significativos,​ respetando el pluralismo de la sociedad y de las diversas lenguas de España. 4. Estas libertades tienen su límite en el respeto a los derechos ​reconocidos en este Título, en los preceptos de las Leyes que lo desarrollan y, especialmente,​ en el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protección ​de la juventud y de la infancia. 5. Solo podrá acordarse el secuestro de publicacionesgrabaciones y otros medios de información en virtud de resolución judicial.
  
-b) La protección ​de la seguridad nacionalel orden público o la salud o la moral públicas+La vulneración del Art. 20, en su concreción ​de derecho a comunicar libremente información verazsupone desatender los criterios de ponderación y proporcionalidad tradicionalmente admitidos por la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos como legitimadores del derecho a la libertad de información frente a los derechos a la intimidad y a la propia imagen.
  
-3No se puede restringir ​el derecho ​de expresión por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales o particulares ​de papel para periódicosde frecuencias radioeléctricas o de enseres y aparatos usados en la difusión de información o por cualesquiera otros medios encaminados a impedir la comunicación y la circulación de ideas y opiniones+Por lo tanto con el Art.20 no sólo se protege un interés individual sino que su tutela entraña ​el reconocimiento y garantía ​de la posibilidad ​de existencia ​de una opinión pública libreindisolublemente unida al pluralismo político propio del Estado democrático.
  
-4. Los espectáculos públicos pueden ser sometidos por la ley a censura previa con el exclusivo objeto de regular el acceso a ellos para la protección moral de la infancia ​la adolescencia,​ sin perjuicio de lo establecido en el inciso 2.  +VÍNCULOS EN INTERNET ​BIBLIOGRAFÍA
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-5. Estará prohibida por la ley toda propaganda en favor de la guerra y toda apología del odio nacional, racial o religioso que constituyan incitaciones a la violencia o cualquier otra acción ilegal similar contra cualquier persona o grupo de personas, por ningún motivo, inclusive los de raza, color, religión u origen nacional.”  +
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-En la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano realizada por la Asamblea Nacional Constituyente Francesa en 1789, expone en su Artículo XI lo siguiente:  +
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-“Puesto que la comunicación sin trabas de los pensamientos y opiniones es uno de los más valiosos derechos del hombre, todo ciudadano puede hablar, escribir y publicar libremente, teniendo en cuenta que es responsable de los abusos de esta libertad en los casos determinados por la ley.”  +
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-Cada derecho o libertad tiene un ámbito de desenvolvimiento y de compresión,​ y cada persona que ejerce un derecho, debe actuar dentro de ese ámbito de desenvolvimiento y de comprensión de dicho derecho. Actuar más allá de dicho ámbito, es no actuar dentro de dicho derecho, sino fuera de el, con la posibilidad de quien actúa de violar, vejar o atropellar derechos de otras personas, y es más grave aún cuando se trata de derechos humanos de las personas. El límite al derecho humano de la libertad de expresión, está dado por el respeto a otros derechos humanos de las personas.  +
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-De acuerdo con esto, la Convención Americana de los Derechos Humanos en su Artículo 11 sobre protección de la honra y de la dignidad, expone lo que sigue a continuación:​  +
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-“1. Toda persona tiene derecho al respeto de su honra y al reconocimiento de su dignidad.  +
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-2. Nadie puede ser objeto de injerencias arbitrarias o abusivas en su vida privada, en la de su familia, en su domicilio o en su correspondencia,​ ni de ataques ilegales a su honra o reputación.  +
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-3. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra esas injerencias o esos ataques.”  +
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-Y el Art.14 de dicha Convención consagra el derecho de rectificación o respuesta, dice:  +
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-“1. Toda persona afectada por informaciones inexactas o agraviantes emitidas en su perjuicio a través de medios de difusión legalmente reglamentados y que se dirijan al público en general tiene derecho a efectuar por el mismo órgano de difusión su rectificación o respuesta en las condiciones que establezca la ley.  +
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-2. En ningún caso la rectificación o la respuesta eximirán de otras responsabilidades legales en que se hubiere incurrido.  +
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-3. Para la efectiva protección de la honra y la reputación,​ toda publicación o empresa periodística,​ cinematográfica,​ de radio o televisión tendrá una persona responsable que no esté protegida por inmunidades ni disponga de fuero especial.”  +
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-==== La Libertad de Expresión en España: ==== +
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-El derecho a la libertad de expresión viene recogido en la Constitución Española de 1978, en su artículo 20, siendo uno de los derechos que dispone de más garantías jurídicas (recurso de amparo, recurso de inconstitucionalidad,​ reserva de ley y aplicabilidad directa, procedimientos sumarios en la jurisdicción competente y difícil reforma del articulado en la Constitución):​  +
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-“1. Se reconocen y protegen los derechos:  +
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-a) A expresar y difundir libremente los pensamientos,​ ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.  +
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-b) A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica.  +
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-c) A la libertad de cátedra.  +
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-d) A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.  +
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-2. El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa.  +
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-3. La ley regulará la organización y el control parlamentario de los medios de comunicación social dependientes del Estado o de cualquier ente público y garantizará el acceso a dichos medios de los grupos sociales y políticos significativos,​ respetando el pluralismo de la sociedad y de las diversas lenguas de España.  +
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-4. Estas libertades tienen su límite en el respeto a los derechos reconocidos en este Título, en los preceptos de las leyes que lo desarrollen y, especialmente,​ en el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de la juventud y de la infancia.  +
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-5. Sólo podrá acordarse el secuestro de publicaciones,​ grabaciones y otros medios de información en virtud de resolución judicial.”  +
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-Este derecho puede ser suspendido si se declara el estado de excepción según el artículo 55 de la Constitución española.  +
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-Existen límites a este derecho:  +
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-El derecho al honor, a la propia imagen y a la intimidad, y más recientemente a la protección de datos personales, limitan lo que alguien puede decir legalmente sobre otras personas.  +
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-Como es habitual en otros países, también limitan la libre expresión las normas reguladoras de la propiedad intelectual (por ejemplo, sobre qué obras pueden interpretarse en público), las normas sobre publicidad (que regulan el contenido y formato de las comunicaciones comerciales) y las normas sobre política lingüística (por ejemplo, sobre el idioma que se puede o debe utilizar en los rótulos o en los contratos).  +
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-Al igual que en otros países occidentales,​ está prohibida la justificación del genocidio; no así la mera negación del Holocausto. También está penado el enaltecimiento del terrorismo, la apología del terrorismo y el ultraje a los símbolos de España y las comunidades autónomas (por ejemplo, la quema de banderas).  +
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-==== Vínculos Externos ==== +
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-Reporteros sin fronteras. Amnistía Internacional. Internationale Medienhilfe. Intercambio internacional por la Libertad de Expresión. Texto de la “Declaración Universal de los Derechos Humanos” en el sitio web de la ONU. Texto de la “Convención Americana de los Derechos Humanos” en Wikisource. Texto de la “Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano” en Wikisource. Texto de la “Constitución Española” en Wikisource.  +
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-Alfredo José Grima Del Castillo ​+
  
 +www.hrea.net www.derechos.org/​ddhh/​expresion/​ www.es.amnesty.org/​libertad-de-expresion www.un.org/​rights ​
  
 +Marta Desentre Meléndez
/var/www/html/lefispedia/data/attic/es/libertad_de_expresion.1287818917.txt.gz · Última modificación: 2020/01/08 18:11 (editor externo)