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es:entidad_territorial

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-                                        ​__**ENTIDAD TERRITORIAL**__ ​+__**ENTIDAD TERRITORIAL**__ ​
  
 __**INTRODUCCIÓN**__ __**INTRODUCCIÓN**__
  
- La Administración Pública es el conjunto de entes que gestionan asuntos públicos de carácter administrativo.+La Administración Pública es el conjunto de entes que gestionan asuntos públicos de carácter administrativo.
  
- Estos entes se clasifican en Entidades no territoriales (los que estén o no dotados de personalidad jurídica tienen cierta independencia funcional y reglas propias respecto de las Administraciones territoriales que los crean y de los que son instrumento para el cumplimiento de fines específicos) y en territoriales.+Estos entes se clasifican en Entidades no territoriales (los que estén o no dotados de personalidad jurídica tienen cierta independencia funcional y reglas propias respecto de las Administraciones territoriales que los crean y de los que son instrumento para el cumplimiento de fines específicos) y en territoriales.
  
- Así son **Entidades territoriales** //​“aquellas entidades públicas que tienen por base un territorio determinado,​ con unos ciudadanos a su cargo y con fines generales”//​.+Así son **Entidades territoriales** //​“aquellas entidades públicas que tienen por base un territorio determinado,​ con unos ciudadanos a su cargo y con fines generales”//​.
  
 __**CONTENIDO**__ __**CONTENIDO**__
  
- En España su regulación parte del Título VIII de la CE cuyo art. 137 indica que “el Estado se organiza territorialmente en municipios, en provincias y en las Comunidades Autónomas que se constituyan.” [[(video)]]+En España su regulación parte del Título VIII de la CE cuyo art. 137 indica que “el Estado se organiza territorialmente en municipios, en provincias y en las Comunidades Autónomas que se constituyan.” [[(video)]]
  
 +{{ :​es:​map_provincias.gif?​nolink&​200|}}
  
 +Tienen como principios generales el de autonomía para la gestión de sus respectivos intereses, el de solidaridad,​ y el de igualdad de los españoles en los territorios del estado.
  
- ​ Tienen como principios ​generales ​el de autonomía para la gestión ​de sus respectivos interesesel de solidaridad, y el de igualdad de los españoles en los territorios del estado.+En su actuación sirven con objetividad los intereses ​generales ​y actúan ​de acuerdo con los principios ​de eficaciajerarquía, descentralizacióndesconcentración ​coordinación con sometimiento pleno a la ley y al derecho. Para ello cada ente actúa para el cumplimiento ​de sus fines con personalidad jurídica propia.
  
- En su actuación sirven con objetividad ​los intereses generales ​actúan ​de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización,​ desconcentración y coordinación con sometimiento pleno a la ley y al derecho. Para ello cada ente actúa para el cumplimiento de sus fines con personalidad jurídica propia.+El control de su actividad lo realizan ​los tribunales que controlan la potestad reglamentaria ​la legalidad ​de la actuación administrativa.
  
- El control de su actividad lo realizan los tribunales que controlan la potestad reglamentaria y la legalidad de la actuación administrativa. +Estos entes se clasifican en:
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-  Estos entes se clasifican en:+
  
 A) [[**ESTADO.**]] A) [[**ESTADO.**]]
  
- Tiene a su cargo la gestión de los intereses públicos fundamentales en todo el territorio nacional.+{{ :​es:​imagen_espana.jpg?​nolink|}}
  
- Ejerce con exclusividad las competencias del art. 149 CE.+Tiene a su cargo la gestión de los intereses públicos fundamentales en todo el territorio nacional.
  
- Se clasifica su Administración en órganos centrales (con competencia en todo el territorio nacional) y en periféricos (cuya competencia comprende una parte del territorio).+Ejerce ​con exclusividad las competencias ​del art. 149 CE.
  
- Ejerce el poder ejecutivo (Gobierno y Administración) legislativo (Cortes Generales) y judicial (sistema judicial).+Se clasifica su Administración en órganos centrales (con competencia en todo el territorio nacional) y en periféricos (cuya competencia comprende una parte del territorio). 
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 +Ejerce el poder ejecutivo (Gobierno y Administración) legislativo (Cortes Generales) y judicial (sistema judicial).
  
 B) [[**COMUNIDADES AUTÓNOMAS.**]] [[(video)]] B) [[**COMUNIDADES AUTÓNOMAS.**]] [[(video)]]
  
- Su naturaleza ​es la de entes constitucionales,​ como instituciones por las que se constituyen como entes públicos territoriales las nacionalidades y las regiones. Son entes dotados de autonomía política que han ido adquiriendo competencias progresivamente.+{{ :es:​sec-escudos-todos.jpg?​nolink|}}
  
- Su configuración jurídica se hace conforme a las peculiaridades de la Comunidad.+Su naturaleza es la de entes constitucionales,​ como instituciones por las que se constituyen como entes públicos territoriales las nacionalidades y las regiones. Son entes dotados de autonomía política que han ido adquiriendo competencias progresivamente. 
 +      
 +Su configuración jurídica se hace conforme a las peculiaridades de la Comunidad. 
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 Sus competencias básicas figuran en el art. 148 CE, y además pueden compartir otras competencias con el estado. Sus competencias básicas figuran en el art. 148 CE, y además pueden compartir otras competencias con el estado.
  
- Así, su autonomía es legislativa (crean su propio derecho), financiera (capacidad para disponer de recursos propios y administrarlos según sus criterios, y estatutaria (potestad para organizar sus propias instituciones de gobierno, lo cual se plasma en un estatuto de autonomía).+Así, su autonomía es legislativa (crean su propio derecho), financiera (capacidad para disponer de recursos propios y administrarlos según sus criterios, y estatutaria (potestad para organizar sus propias instituciones de gobierno, lo cual se plasma en un estatuto de autonomía).
  
- Su norma institucional básica son los Estatutos de Autonomía que es la norma institucional básica de cada Comunidad Autónoma. En ellos figura la denominación,​ territorio, las instituciones autonómicas,​ competencias asumidas, así como su procedimiento de reforma.+Su norma institucional básica son los Estatutos de Autonomía que es la norma institucional básica de cada Comunidad Autónoma. En ellos figura la denominación,​ territorio, las instituciones autonómicas,​ competencias asumidas, así como su procedimiento de reforma.
  
-         Es el Estado el que controla tanto ordinaria como excepcionalmente a las Comunidades Autónomas. +Es el Estado el que controla tanto ordinaria como excepcionalmente a las Comunidades Autónomas. 
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-         ​Especial mención merece la organización institucional que consta de:+Especial mención merece la organización institucional que consta de:
  
 - ASAMBLEA LEGISLATIVA:​ Se elige por sufragio universal con arreglo a un sistema de representación proporcional. Su principal función es la legislativa. - ASAMBLEA LEGISLATIVA:​ Se elige por sufragio universal con arreglo a un sistema de representación proporcional. Su principal función es la legislativa.
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 C) [[**ENTIDADES LOCALES.**]] C) [[**ENTIDADES LOCALES.**]]
  
- Se integra por entes y no órganos, siendo estos Administración Pública descentralizada.+Se integra por entes y no órganos, siendo estos Administración Pública descentralizada.
  
- Sus fines son la gestión de los intereses propios de las correspondientes colectividades.+Sus fines son la gestión de los intereses propios de las correspondientes colectividades.
  
- Sus competencias son de 2 tipos: bien propias (se ejercen en régimen de autonomía administrativa y bajo la propia responsabilidad,​ atendiendo a la debida coordinación en su programación y ejecución con las demás Administraciones Públicas), ó bien atribuidas por delegación (se ejercen en los términos de la delegación,​ que puede prever técnicas de dirección y control de oportunidad que, en todo caso, habrán de respetar la potestad de autoorganización de los servicios de la Entidad local).+Sus competencias son de 2 tipos: bien propias (se ejercen en régimen de autonomía administrativa y bajo la propia responsabilidad,​ atendiendo a la debida coordinación en su programación y ejecución con las demás Administraciones Públicas), ó bien atribuidas por delegación (se ejercen en los términos de la delegación,​ que puede prever técnicas de dirección y control de oportunidad que, en todo caso, habrán de respetar la potestad de autoorganización de los servicios de la Entidad local).
  
- Sus entes tienen como potestades:+Sus entes tienen como potestades:
  
 a) La reglamentaria y de autoorganización. a) La reglamentaria y de autoorganización.
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 h) La inembargabilidad de sus bienes y derechos conforme a las leyes, así como las prelaciones y preferencias otorgadas a las haciendas estatal y autonómica. h) La inembargabilidad de sus bienes y derechos conforme a las leyes, así como las prelaciones y preferencias otorgadas a las haciendas estatal y autonómica.
  
- Sus principios constitucionales son: autonomía (basada en el equilibrio competencial y la colaboración interadministrativa),​ régimen democrático (por el que el ente ha de ser representativo),​ y suficiencia financiera (la entidad local ha de disponer de los medios suficientes para el desempeño de las funciones que la ley le atribuye).+Sus principios constitucionales son: autonomía (basada en el equilibrio competencial y la colaboración interadministrativa),​ régimen democrático (por el que el ente ha de ser representativo),​ y suficiencia financiera (la entidad local ha de disponer de los medios suficientes para el desempeño de las funciones que la ley le atribuye).
  
- Su regulación es bien general (con normativa básica estatal compuesta principalmente por la Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local y la de desarrollo autonómico),​ ó sectorial (según la materia y la distribución competencial de ella).+Su regulación es bien general (con normativa básica estatal compuesta principalmente por la Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local y la de desarrollo autonómico),​ ó sectorial (según la materia y la distribución competencial de ella).
  
- Sus entes son:+Sus entes son: 
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 +{{ :​es:​mapa_situacion.gif?​nolink&​100|}}
  
 - [[LA PROVINCIA.]] Es una entidad con personalidad jurídica propia determinada por la agrupación de municipios y división territorial para el cumplimiento de actividades estatales. Además es circunscripción electoral para las elecciones al Congreso y al Senado, y entidad titular de la iniciativa para la constitución de Comunidad Autónoma. [[(video)]] - [[LA PROVINCIA.]] Es una entidad con personalidad jurídica propia determinada por la agrupación de municipios y división territorial para el cumplimiento de actividades estatales. Además es circunscripción electoral para las elecciones al Congreso y al Senado, y entidad titular de la iniciativa para la constitución de Comunidad Autónoma. [[(video)]]
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 +{{ :​es:​comarca_de_zaragoza-loc_svg.png?​nolink&​100|}}
  
 - [[LAS COMARCAS.]] Constituidas por la agrupación de municipios limítrofes,​ vinculados por características e intereses comunes, representando los intereses de la población y territorios comarcales en defensa de una mayor solidaridad y equilibrio territorial. - [[LAS COMARCAS.]] Constituidas por la agrupación de municipios limítrofes,​ vinculados por características e intereses comunes, representando los intereses de la población y territorios comarcales en defensa de una mayor solidaridad y equilibrio territorial.
  
 - [[ÁREAS METROPOLITANAS.]] Son entidades integradas por municipios de grandes aglomeraciones urbanas entre cuyos núcleos de población existan vinculaciones económicas y sociales que hagan necesaria la planificación conjunta y la coordinación en común de determinados servicios y obras. - [[ÁREAS METROPOLITANAS.]] Son entidades integradas por municipios de grandes aglomeraciones urbanas entre cuyos núcleos de población existan vinculaciones económicas y sociales que hagan necesaria la planificación conjunta y la coordinación en común de determinados servicios y obras.
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 +{{ :​es:​mancomunidad_central_de_zaragoza.png?​nolink&​100|}}
  
 - [[MANCOMUNIDADES.]] Son asociaciones voluntarias de municipios para la ejecución en común de obras y servicios de su competencia. - [[MANCOMUNIDADES.]] Son asociaciones voluntarias de municipios para la ejecución en común de obras y servicios de su competencia.
  
 - [[MUNICIPIOS.]] Son entidades básicas de la organización territorial del Estado y cauces inmediatos de participación ciudadana en los asuntos públicos, que institucionalizan y gestionan con autonomía los intereses propios de las correspondientes colectividades. [[(video)]] - [[MUNICIPIOS.]] Son entidades básicas de la organización territorial del Estado y cauces inmediatos de participación ciudadana en los asuntos públicos, que institucionalizan y gestionan con autonomía los intereses propios de las correspondientes colectividades. [[(video)]]
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 +{{ :​es:​web-mapamunicipios.jpg?​nolink&​100|}}
  
 - [[ENTIDADES INFRAMUNICIPALES.]] Administran descentralizadamente núcleos de población separados bajo sus denominaciones tradicionales. - [[ENTIDADES INFRAMUNICIPALES.]] Administran descentralizadamente núcleos de población separados bajo sus denominaciones tradicionales.
  
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