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es:enaltecimiento_del_terrorismo

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es:enaltecimiento_del_terrorismo [2020/01/08 18:24] (actual)
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 La Real Academia de la Lengua define el término ‘//​enaltecer//​’ como sinónimo de ‘//​ensalzar//​’,​ que significa “//1. Engrandecer,​ 2. Exaltar, 3. Alabar//​”. Así mismo, la RAE define ‘//​exaltar//​’ como “//elevar a alguien o a algo a gran auge o dignidad, realzar el mérito o circunstancias de alguien//​”,​ y ‘//​alabar//​’ como “//​elogiar,​ celebrar con palabras//​”. ​ La Real Academia de la Lengua define el término ‘//​enaltecer//​’ como sinónimo de ‘//​ensalzar//​’,​ que significa “//1. Engrandecer,​ 2. Exaltar, 3. Alabar//​”. Así mismo, la RAE define ‘//​exaltar//​’ como “//elevar a alguien o a algo a gran auge o dignidad, realzar el mérito o circunstancias de alguien//​”,​ y ‘//​alabar//​’ como “//​elogiar,​ celebrar con palabras//​”. ​
  
-En nuestro ordenamiento jurídico, el enaltecimiento del terrorismo constituye una infracción penal tipificada y sancionada en el art. 578 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. Dicho precepto, que proviene de la reforma efectuada a través de la Ley Orgánica 7/2000, de 22 de diciembre, define ​el comportamiento delictivo como “//el enaltecimiento o la justificación por cualquier medio de expresión pública o difusión de los delitos comprendidos en los artículos 571 a 577 de este Código o de quienes hayan participado en su ejecución, o la realización de actos que entrañen descrédito,​ menosprecio o humillación de las víctimas de los delitos terroristas o de sus familiares//​”. Ahora bien, en este artículo se tipifican dos conductas relacionadas entre sí, pero diferenciadas,​ siendo que el delito de enaltecimiento del terrorismo, en sentido estricto, se refiere únicamente a la primera conducta (justificación de actos terroristas y sus autores).+En nuestro ordenamiento jurídico, el enaltecimiento del terrorismo constituye una infracción penal tipificada y sancionada en [[http://​noticias.juridicas.com/​base_datos/​Penal/​lo10-1995.l2t22.html#​a578|el artículo ​578 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal]]. Dicho precepto, que proviene de la reforma efectuada a través de [[http://​www.boe.es/​boe/​dias/​2000/​12/​23/​pdfs/​A45503-45508.pdf|la Ley Orgánica 7/2000, de 22 de diciembre]], define ​este comportamiento delictivo como “//el enaltecimiento o la justificación por cualquier medio de expresión pública o difusión de los delitos comprendidos en los artículos 571 a 577 de este Código o de quienes hayan participado en su ejecución, o la realización de actos que entrañen descrédito,​ menosprecio o humillación de las víctimas de los delitos terroristas o de sus familiares//​”. Ahora bien, en este artículo se tipifican dos conductas relacionadas entre sí, pero diferenciadas,​ siendo que el delito de enaltecimiento del terrorismo, en sentido estricto, se refiere únicamente a la primera conducta (justificación de actos terroristas y sus autores).
  
-De estas definiciones se puede concluir que, a través del enaltecimiento,​ se otorga ​a los delitos de terrorismo y  a los que en ellos intervienen la condición de modelo a seguir, otorgándoles un valor de asimilación al orden jurídico, pese a contradecirlo frontalmente.+De estas definiciones se puede concluir que, a través del enaltecimiento,​ se concede ​a los delitos de terrorismo y  a los que en ellos intervienen la condición de modelo a seguir, otorgándoles un valor de asimilación al orden jurídico, pese a contradecirlo frontalmente.
  
  
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 2. El objeto de dicho ensalzamiento debe ser: 2. El objeto de dicho ensalzamiento debe ser:
  
-a) bien las conductas definidas como delitos de terrorismo en los arts. 571 a 577 del Código Penal. A grandes rasgos, se pueden definir como delitos de terrorismo aquellos actos delictivos cometidos por personas que pertenecen, actúan al servicio o colaboran con organizaciones o grupos que tienen por finalidad subvertir el orden constitucional o alterar gravemente la paz pública.+a) bien las conductas definidas como delitos de terrorismo en [[http://​noticias.juridicas.com/​base_datos/​Penal/​lo10-1995.l2t22.html#​c7|los artículos ​571 a 577 del Código Penal]]. A grandes rasgos, se pueden definir como delitos de terrorismo aquellos actos delictivos cometidos por personas que pertenecen, actúan al servicio o colaboran con organizaciones o grupos que tienen por finalidad subvertir el orden constitucional o alterar gravemente la paz pública.
  
 b) bien cualquiera de las personas que hayan participado en la ejecución de dichos delitos. No es necesario identificar a una o a varias de tales personas, pues puede cometerse también ensalzando a un colectivo de autores. b) bien cualquiera de las personas que hayan participado en la ejecución de dichos delitos. No es necesario identificar a una o a varias de tales personas, pues puede cometerse también ensalzando a un colectivo de autores.
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-La [[http://​biblioweb.sindominio.net/​telematica/​republica/​node17.html|apología]] está regulada en el artículo 18 del Código Penal como una forma de provocación que sólo es punible cuando expresamente se tipifique “//si por su naturaleza y circunstancias constituye una incitación directa a cometer un delito//​”.+La [[http://​biblioweb.sindominio.net/​telematica/​republica/​node17.html|apología]] está regulada en el [[http://​noticias.juridicas.com/​base_datos/​Penal/​lo10-1995.l1t1.html#​a18|artículo 18 del Código Penal]] como una forma de provocación que sólo es punible cuando expresamente se tipifique “//si por su naturaleza y circunstancias constituye una incitación directa a cometer un delito//​”.
  
-El art. 578 no se atiene exactamente a estos límites al castigar “//el enaltecimiento o la justificación//​”,​ pues en estos términos no se encuadra una incitación directa a delinquir. Se debe entender el delito del artículo 578 como una forma de provocación o incitación ​directa ​a delinquir, por lo que el enaltecimiento del terrorismo conforma un tipo objetivo más amplio que la apología. ​+El art. 578 no se atiene exactamente a estos límites al castigar “//el enaltecimiento o la justificación//​”,​ pues en estos términos no se encuadra una incitación directa a delinquir. Se debe entender el delito del artículo 578 como una forma de provocación o incitación ​indirecta ​a delinquir, por lo que el enaltecimiento del terrorismo conforma un tipo objetivo más amplio que la apología. ​
  
  
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 El enaltecimiento del terrorismo, al constituir una infracción que sanciona la mera exteriorización de opiniones o ideas, presenta problemas de constitucionalidad por su posible infracción del derecho a la libertad de expresión y del principio de lesividad. El enaltecimiento del terrorismo, al constituir una infracción que sanciona la mera exteriorización de opiniones o ideas, presenta problemas de constitucionalidad por su posible infracción del derecho a la libertad de expresión y del principio de lesividad.
  
-__- [[http://​es.wikipedia.org/​wiki/​Libertad_de_expresi%C3%B3n|Libertad de expresión]]__ : el enaltecimiento del terrorismo se mueve en una difusa zona ‘//​intermedia//​’ entre la libertad de expresión, ideológica y de opinión amparada constitucionalmente (arts. 16.1 y 20.1) y el tipo delictivo ex art. 578 Código Penal. La propia [[http://​www.boe.es/​boe/​dias/​2000/​12/​23/​pdfs/​A45503-45508.pdf|exposición de motivos de la Ley 7/2000]] señala que “//no se trata de prohibir el elogio o la defensa de ideas o doctrinas, por más que éstas pongan en cuestión el marco constitucional//​”.+__- [[http://​es.wikipedia.org/​wiki/​Libertad_de_expresi%C3%B3n|Libertad de expresión]]__ : el enaltecimiento del terrorismo se mueve en una difusa zona ‘//​intermedia//​’ entre la libertad de expresión, ideológica y de opinión amparada constitucionalmente ([[http://​noticias.juridicas.com/​base_datos/​Admin/​constitucion.t1.html#​a16|artículos ​16.1 y 20.1]]) y el tipo delictivo ex art. 578 Código Penal. La propia [[http://​www.boe.es/​boe/​dias/​2000/​12/​23/​pdfs/​A45503-45508.pdf|exposición de motivos de la Ley 7/2000]] señala que “//no se trata de prohibir el elogio o la defensa de ideas o doctrinas, por más que éstas pongan en cuestión el marco constitucional//​”.
  
 El Tribunal Supremo ha señalado que habrá que estar al caso concreto y a la ponderación de las circunstancias de toda índole para verificar si se da el tipo delictivo: “//las concretas frases o expresiones producidas, el escenario en el que fueron pronunciadas y, en fin, todas las circunstancias concurrentes... para determinar si está dentro del ámbito del tipo penal o extramuros de él, sin olvidar el principio ‘favor libertatis’ en caso de duda//” (STS 558/2007, de 20 de junio). El Tribunal Supremo ha señalado que habrá que estar al caso concreto y a la ponderación de las circunstancias de toda índole para verificar si se da el tipo delictivo: “//las concretas frases o expresiones producidas, el escenario en el que fueron pronunciadas y, en fin, todas las circunstancias concurrentes... para determinar si está dentro del ámbito del tipo penal o extramuros de él, sin olvidar el principio ‘favor libertatis’ en caso de duda//” (STS 558/2007, de 20 de junio).
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 El artículo 578 del Código Penal sanciona el enaltecimiento del terrorismo con penas de prisión de uno a dos años. ​ El artículo 578 del Código Penal sanciona el enaltecimiento del terrorismo con penas de prisión de uno a dos años. ​
  
-Así mismo, se otorga al juez la facultad de acordar alguna o algunas de las prohibiciones previstas en el artículo 57 del Código Penal (la privación del derecho a residir en determinados lugares o acudir a ellos, la prohibición de aproximarse a la víctima o familiares, y la prohibición de comunicarse con la víctima o familiar.+Así mismo, se otorga al juez la facultad de acordar alguna o algunas de las prohibiciones previstas en [[http://​noticias.juridicas.com/​base_datos/​Penal/​lo10-1995.l1t3.html#​a57|el artículo 57 del Código Penal]] (la privación del derecho a residir en determinados lugares o acudir a ellos, la prohibición de aproximarse a la víctima o familiares, y la prohibición de comunicarse con la víctima o familiar.
  
  
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-- Un año de prisión por enaltecer el terrorismo en Tuenti. http://​www.lexdiario.es/​tribunales/​112182/​un-ano-de-prision-por-enaltecer-el-terrorismo-en-tuenti+- Un año de prisión por enaltecer el terrorismo en Tuenti. ​Un joven expresó en dicha web social comentarios en los que se elogiaban los asesinatos de dos miembros de la Guardia Civil, y reclamaba la misma «suerte» para otros miembros de los cuerpos de seguridad.  
 +http://​www.lexdiario.es/​tribunales/​112182/​un-ano-de-prision-por-enaltecer-el-terrorismo-en-tuenti
  
-- La Audiencia Nacional imputa a un rapero ilerdense un delito de enaltecimiento del terrorismo. http://​www.vozbcn.com/​2011/​10/​05/​88005/​audiencia-imputa-hasel-terrorismo/​+- La Audiencia Nacional imputa a un rapero ilerdense un delito de enaltecimiento del terrorismo. Entre las letras de sus canciones, “Viva los GRAPO, acúsame de desacato, estoy preparado”. http://​www.vozbcn.com/​2011/​10/​05/​88005/​audiencia-imputa-hasel-terrorismo/​
  
 - Absueltos cuatro acusados por enaltecimiento del terrorismo. Su intención no fue otra que “//​reivindicar los derechos de los presos//” y no ensalzar sus acciones. http://​www.poderjudicial.es/​cgpj/​es/​Poder_Judicial/​Audiencia_Nacional/​Sala_de_prensa/​Archivo_de_notas_de_prensa/​Absueltos_cuatro_acusados_de_enaltecimiento_del_terrorismo - Absueltos cuatro acusados por enaltecimiento del terrorismo. Su intención no fue otra que “//​reivindicar los derechos de los presos//” y no ensalzar sus acciones. http://​www.poderjudicial.es/​cgpj/​es/​Poder_Judicial/​Audiencia_Nacional/​Sala_de_prensa/​Archivo_de_notas_de_prensa/​Absueltos_cuatro_acusados_de_enaltecimiento_del_terrorismo
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 http://​www.abc.es/​espana/​20130614/​abci-enaltecimiento-matalos-201306141939.html http://​www.abc.es/​espana/​20130614/​abci-enaltecimiento-matalos-201306141939.html
  
-- Calparsoro cree que el recibimiento a Thierry puede ser enaltecimiento de ETA. http://​ccaa.elpais.com/​ccaa/​2013/​04/​12/​paisvasco/​1365759413_321861.html+- Calparsoro cree que el recibimiento a Thierry puede ser enaltecimiento de ETA. En dicho acto, se realizaron vivas al exdirigente terrorista y a ETA. http://​ccaa.elpais.com/​ccaa/​2013/​04/​12/​paisvasco/​1365759413_321861.html
  
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 +===== Véase también =====
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 +[[es:​terrorismo|]]
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 +==== Bibliografía ====
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 +- Muñoz Conde, Francisco, //Derecho penal, parte especial//, ed. Tirant lo Blanch, Valencia, 2013
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 +- Boix Reig, Javier (coord.), //Derecho penal, parte especial//, ed. Iustel, Madrid, 2012
 +
 +- Quintero Olivares, Gonzalo (coord.), //​Comentarios al Código Penal español//, ed. Aranzadi, Cizur Menor (Navarra), 2011
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 +- Arroyo Zapatero, Luis (director), //​Comentarios al Código Penal//, ed. Iustel, Madrid, 2007
  
  
  
 Autor: Javier Soro García. Autor: Javier Soro García.
/var/www/html/lefispedia/data/attic/es/enaltecimiento_del_terrorismo.1385759163.txt.gz · Última modificación: 2020/01/08 18:11 (editor externo)