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es:contrato_indefinido

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 **1. INTRODUCCIÓN** **1. INTRODUCCIÓN**
  
-En primer lugar, el concepto de [[es:​contrato|contrato]] indefinido podría definirse como una modalidad de contrato en el cual no se establece límites de tiempo en la prestación de los servicios en cuanto a la duración del contrato a diferencia del contrato temporal el cual tiene determinada una duración. Aparece en el artículo 15.1 del Estatuto de los Trabajadores que un contrato de trabajo puede concertarse de manera indefinida o por una duración determinada. ​+En primer lugar, el concepto de [[es:​contrato|contrato]] indefinido podría definirse como una modalidad de contrato en el cual no se establece límites de tiempo en la prestación de los servicios en cuanto a la duración del contrato a diferencia del [[http://​www.ipyme.org/​es-ES/​ContratacionLaboral/​CTemporal/​Paginas/​ContratoTemporalCaract.aspx|contrato temporal]] el cual tiene determinada una duración. Aparece en el artículo 15.1 del Estatuto de los Trabajadores que un contrato de trabajo puede concertarse de manera indefinida o por una duración determinada. ​
  
 Se hablará de cómo debe formalizarse dicho contrato, se establecerán los distintos tipos de contratos indefinidos más importantes que existen en la actualidad. Hay que tener en cuenta que algunos contratos indefinidos como los especiales pueden ser beneficiarios de incentivos a la contratación siempre y cuando se cumplan los requisitos exigidos. Se hablará de cómo debe formalizarse dicho contrato, se establecerán los distintos tipos de contratos indefinidos más importantes que existen en la actualidad. Hay que tener en cuenta que algunos contratos indefinidos como los especiales pueden ser beneficiarios de incentivos a la contratación siempre y cuando se cumplan los requisitos exigidos.
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 **2. FORMALIZACIÓN** **2. FORMALIZACIÓN**
  
-Su formalización puede ser verbal o escrita salvo que se especifique que es obligatorio la forma escrita. (artículo 8 del Estatuto de los trabajadores). En todo caso si se trata de una relación laboral indefinida deberán constar por escrito los contratos a tiempo parcial, fijos discontinuos y de relevo, los de los trabajadores que trabajen a distancia y los contratados en España al servicio de empresas españolas en el extranjero.  +Su [[https://​www.iberley.es/​temas/​formalizacion-contrato-trabajo-9141|formalización]] puede ser verbal o escrita salvo que se especifique que es obligatorio la forma escrita. (artículo 8 del Estatuto de los trabajadores). En todo caso si se trata de una relación laboral indefinida deberán constar por escrito los contratos a tiempo parcial, fijos discontinuos y de relevo, los de los trabajadores que trabajen a distancia y los contratados en España al servicio de empresas españolas en el extranjero.  
-El contenido del contrato se comunicará al Servicio Público de Empleo Estatal en el plazo de los 10 días siguientes a su concertación siguiendo el artículo 1 del RD 1424/​2002. ​+El contenido del contrato se comunicará al [[https://​www.sepe.es/​|Servicio Público de Empleo Estatal]] en el plazo de los 10 días siguientes a su concertación siguiendo el artículo 1 del RD 1424/​2002. ​
  
 **3. NORMATIVA APLICABLE** **3. NORMATIVA APLICABLE**
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 Su principal regulación se encuentra en: Su principal regulación se encuentra en:
  
-- Real Decreto Legislativo 2/2015 por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto de los Trabajadores. (En adelante, E.T.)+[[http://​noticias.juridicas.com/​base_datos/​Laboral/​561075-et-2015.html|Real Decreto Legislativo 2/2015 por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto de los Trabajadores.]] (En adelante, E.T.)
  
-- RD 1424/2002 por el que se regula la comunicación del contenido de los contratos de trabajo y de sus copias básicas a los Servicios Públicos de Empleo, y el uso de medios telemáticos en relación con aquella. ​+[[http://​noticias.juridicas.com/​base_datos/​Laboral/​rd1424-2002.html|RD 1424/2002 por el que se regula la comunicación del contenido de los contratos de trabajo y de sus copias básicas a los Servicios Públicos de Empleo, y el uso de medios telemáticos en relación con aquella.]] 
  
-- Diversos Convenios Colectivos. ​+- Diversos ​[[https://​es.wikipedia.org/​wiki/​Contrato_colectivo_de_trabajo|Convenios Colectivos.]] 
  
 **4. TIPOS** **4. TIPOS**
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 - Expirada dicha duración máxima o realizada la obra o servicio objeto del contrato, si no hubiera denuncia y se continuara en la prestación laboral, el contrato se considerará prorrogado tácitamente por tiempo indefinido (Art 49.1 c E.T.) - Expirada dicha duración máxima o realizada la obra o servicio objeto del contrato, si no hubiera denuncia y se continuara en la prestación laboral, el contrato se considerará prorrogado tácitamente por tiempo indefinido (Art 49.1 c E.T.)
  
-Por otro lado están los contratos indefinidos especiales los cuales gozarán de incentivos fiscales y bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social. Entre ellos destacan: ​+Por otro lado están los contratos indefinidos especiales los cuales gozarán de [[https://​www.sepe.es/​contenidos/​que_es_el_sepe/​publicaciones/​pdf/​pdf_empleo/​bonificaciones_reducciones.pdf|incentivos fiscales y bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social.]] Entre ellos destacan: ​
  
 - Los contratos indefinidos de apoyo a los emprendedores,​ regulado expresamente en el artículo 4 de la Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral. Tiene por objeto incentivar la iniciativa empresarial y facilitar el empleo estable para las empresas que tengan menos de 50 trabajadores. ​ - Los contratos indefinidos de apoyo a los emprendedores,​ regulado expresamente en el artículo 4 de la Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral. Tiene por objeto incentivar la iniciativa empresarial y facilitar el empleo estable para las empresas que tengan menos de 50 trabajadores. ​
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 Sin embargo a diferencia de los contratos temporales, nunca podrá ser causa de extinción la finalización de la relación laboral ya que no está sujeto a un tiempo determinado,​ en este caso no podría aplicarse el artículo 49.1 c) E.T. Sin embargo a diferencia de los contratos temporales, nunca podrá ser causa de extinción la finalización de la relación laboral ya que no está sujeto a un tiempo determinado,​ en este caso no podría aplicarse el artículo 49.1 c) E.T.
  
-En cuanto a las indemnizaciones hay que diferenciar entre las causa que ha causado el despido, se puede diferenciar entre:+En cuanto a las [[https://​es.wikipedia.org/​wiki/​Indemnización_por_despido|indemnizaciones]] hay que diferenciar entre las causa que ha causado el despido, se puede diferenciar entre:
  
 - En caso de que se trate de una causa objetiva, es decir, por voluntad unilateral del empresario por circunstancias objetivas o necesidades de funcionamiento de la empresa, la indemnización será de 20 días por año trabajado con un máximo de doce mensualidades según el artículo ​ 53.1 b) ET.  - En caso de que se trate de una causa objetiva, es decir, por voluntad unilateral del empresario por circunstancias objetivas o necesidades de funcionamiento de la empresa, la indemnización será de 20 días por año trabajado con un máximo de doce mensualidades según el artículo ​ 53.1 b) ET. 
/var/www/html/lefispedia/data/attic/es/contrato_indefinido.1543482967.txt.gz · Última modificación: 2020/01/08 18:14 (editor externo)