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es:ciberdelito [2012/01/17 21:49] lefispedia |
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Partiendo de esta base podemos entender como ciberdelitos recogidos en el Código Penal: | Partiendo de esta base podemos entender como ciberdelitos recogidos en el Código Penal: | ||
- | -Las amenazas: En la actualidad con el auge de redes sociales, programas informáticos de comunicación y el supuesto anonimato que genera internet este delito que suele ir unido a acoso y chantaje es uno de los mas sufridos por los adolescentes. | + | - Las amenazas: En la actualidad con el auge de redes sociales, programas informáticos de comunicación y el supuesto anonimato que genera internet este delito que suele ir unido a acoso y chantaje es uno de los mas sufridos por los adolescentes. |
- | -Los delitos de exhibicionismo y provocación sexual. | + | - Los delitos de exhibicionismo y provocación sexual. |
- | -Los delitos relativos a la prostitución y corrupción de menores. | + | - Los delitos relativos a la prostitución y corrupción de menores. |
- | -Delitos contra la intimidad: Aquí entraría el ejemplo anterior sobre el correo electrónico que equivaldría a la intercepción del correo ordinario | + | - Delitos contra la intimidad: Aquí entraría el ejemplo anterior sobre el correo electrónico que equivaldría a la intercepción del correo ordinario |
- | -Delitos contra el honor: Como puede ser la divulgación de imágenes o información deshonrosa. | + | - Delitos contra el honor: Como puede ser la divulgación de imágenes o información deshonrosa. |
- Las estafas: Son muy numerosas por internet y las hay de muchos tipos. | - Las estafas: Son muy numerosas por internet y las hay de muchos tipos. | ||
Línea 41: | Línea 41: | ||
- Las defraudaciones de fluido eléctrico. Incluye de forma expresa la defraudación en telecomunicaciones siempre y cuando se utilice un mecanismo para la realización de la misma, o alterando maliciosamente las indicaciones o empleando medios clandestinos. | - Las defraudaciones de fluido eléctrico. Incluye de forma expresa la defraudación en telecomunicaciones siempre y cuando se utilice un mecanismo para la realización de la misma, o alterando maliciosamente las indicaciones o empleando medios clandestinos. | ||
- | -Los daños. Destaca de la ampliación de la definición existente con anterioridad, incluyendo un apartado específico para los daños inmateriales “La misma pena se impondrá al que por cualquier medio destruya, altere, inutilice o de cualquier otro modo dañe los datos, programas o documentos electrónicos ajenos contenidos en redes, soportes o sistemas informáticos | + | - Los daños. Destaca de la ampliación de la definición existente con anterioridad, incluyendo un apartado específico para los daños inmateriales “La misma pena se impondrá al que por cualquier medio destruya, altere, inutilice o de cualquier otro modo dañe los datos, programas o documentos electrónicos ajenos contenidos en redes, soportes o sistemas informáticos |
- Los delitos relativos a la propiedad intelectual: Piratería de programas, cine, música, etc. | - Los delitos relativos a la propiedad intelectual: Piratería de programas, cine, música, etc. | ||
- | -Los delitos relativos a la propiedad industrial. | + | - Los delitos relativos a la propiedad industrial. |
- | -Los delitos relativos al mercado y a los consumidores: como puede ser la publicidad engañosa. | + | - Los delitos relativos al mercado y a los consumidores: como puede ser la publicidad engañosa. |
**Delitos en la legislación complementaria**: | **Delitos en la legislación complementaria**: | ||
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-[[https://www.agpd.es/portalwebAGPD/canaldocumentacion/legislacion/consejo_europa/convenios/common/pdfs/Convenio_Ciberdelincuencia.pdf|Convenio del Consejo de Europa sobre la ciberdelincuencia]] | -[[https://www.agpd.es/portalwebAGPD/canaldocumentacion/legislacion/consejo_europa/convenios/common/pdfs/Convenio_Ciberdelincuencia.pdf|Convenio del Consejo de Europa sobre la ciberdelincuencia]] | ||
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+ | Autor: Joaquín Chéliz Campo | ||