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es:biometria

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 ===== 3. EL MARCO JURÍDICO DE LOS SISTEMAS BIOMÉTRICOS===== ===== 3. EL MARCO JURÍDICO DE LOS SISTEMAS BIOMÉTRICOS=====
  
-La **lectura de rasgos fisiológicos o conductuales** de los individuos por sistemas tecnológicos biométricos también plantea ciertas cuestiones desde el punto de vista jurídico. Cabe cuestionarse si el proceso de recogida de los datos que va a necesitar un sistema informático para identificar a una persona afecta a sus derechos fundamentales,​ si se trata de datos de carácter personal que han de quedar sometidos a la normativa vigente sobre protección de datos, así como la responsabilidad y las consecuencias derivadas de un ataque, que conlleve un robo de identidad ​+La **lectura de rasgos fisiológicos o conductuales** de los individuos por sistemas tecnológicos biométricos también plantea ciertas cuestiones desde el punto de vista jurídico. Cabe cuestionarse si el proceso de recogida de los datos que va a necesitar un sistema informático para identificar a una persona afecta a sus [[ https://​es.wikipedia.org/​wiki/​Derechos_fundamentales_en_la_Constitución_española|derechos fundamentales]], si se trata de datos de carácter personal que han de quedar sometidos a la normativa vigente sobre protección de datos, así como la responsabilidad y las consecuencias derivadas de un ataque, que conlleve un robo de identidad ​
  
  
 ====3.1. Biometría y protección de datos.==== ====3.1. Biometría y protección de datos.====
  
-Los datos biométricos ​tiene el mismo tratamiento que otros datos personales como pueden ser nombres o correos electrónicos para le lay española. Con la antigua LOPD los datos biométricos ​eran considerados un dato de carácter personal simple o básico, estaban equiparados a los datos como números de teléfonos o direcciones de correos.+Los datos biométricos ​con la antigua LOPD eran considerados un dato de carácter personal simple o básico, estaban equiparados a los datos como números de teléfonos o direcciones de correos.
  
  
-Sin embargo, la [[https://​es.wikipedia.org/​wiki/​Ley_Orgánica_de_Protección_de_Datos_Personales_y_garant%C3%ADa_de_los_derechos_digitales| Ley Órgánica de Protección de Datos Personales y garantías de los derechos digitales]],​ acorde con el nuevo [[https://​es.wikipedia.org/​wiki/​Reglamento_General_de_Protección_de_Datos|reglamento europeo ​de protección ​de datos]] entiende que los datos biométricos deben ser considerados y  tratados como datos de carácter sensible. En consecuencia,​ por regla general, no estará permitido su tratamiento,​ especialmente cuando el fin buscado sea ajeno a identificar de forma unívoca a una persona de una forma tan invasiva y cualificada. Por tanto, se deben cumplir ciertos requisitos a la hora de tratar con estos datos. Es esencial recabar el **consentimiento explícito** del individuo en un documento donde se especifique claramente con qué finalidad se van a obtener esos datos biométricos. Además, conforme a la nueva normativa de protección de datos se debe realizar una **evaluación de impacto** ​ sobre estos datos y llevar a cabo el **registro de actividades de tratamiento**.+Sin embargo, la [[https://​es.wikipedia.org/​wiki/​Ley_Orgánica_de_Protección_de_Datos_Personales_y_garant%C3%ADa_de_los_derechos_digitales| Ley Órgánica de Protección de Datos Personales y garantías de los derechos digitales]],​ acorde con el nuevo [[https://​es.wikipedia.org/​wiki/​Reglamento_General_de_Protección_de_Datos|Reglamento Europeo ​de Protección ​de Datos]] entiende que los datos biométricos deben ser considerados y  tratados como datos de carácter sensible. En consecuencia,​ por regla general, no estará permitido su tratamiento,​ especialmente cuando el fin buscado sea ajeno a identificar de forma unívoca a una persona de una forma tan invasiva y cualificada. Por tanto, se deben cumplir ciertos requisitos a la hora de tratar con estos datos. Es esencial recabar el **consentimiento explícito** del individuo en un documento donde se especifique claramente con qué finalidad se van a obtener esos datos biométricos. Además, conforme a la nueva normativa de protección de datos se debe realizar una **evaluación de impacto** ​ sobre estos datos y llevar a cabo el **registro de actividades de tratamiento**.
  
 =====4. BIBLIOGRAFÍA ===== =====4. BIBLIOGRAFÍA =====
/var/www/html/lefispedia/data/attic/es/biometria.1574946588.txt.gz · Última modificación: 2020/01/08 18:14 (editor externo)