Muestra las diferencias entre dos versiones de la página.
Ambos lados, revisión anterior Revisión previa Próxima revisión | Revisión previa | ||
es:abuso_de_confianza [2018/10/16 15:00] lefispedia |
es:abuso_de_confianza [2020/01/08 18:25] (actual) |
||
---|---|---|---|
Línea 16: | Línea 16: | ||
__**Fundamento:**__ | __**Fundamento:**__ | ||
- | En Derecho, el abuso de confianza constituye una circunstancia agravante: //“obrar con abuso de confianza”//. Se trata del aprovechamiento utilitario de las facilidades comisivas por encontrarse el sujeto desprevenido y sin defensa, o abusar de una situación especial de privilegio. | + | En Derecho, //“obrar con abuso de confianza”// constituye una circunstancia agravante del delito tipificada en el Código Penal. Se trata del aprovechamiento utilitario de las facilidades comisivas por encontrarse el sujeto desprevenido y sin defensa, o abusar de una situación especial de privilegio. |
Es decir, estamos ante una circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal de carácter agravante genérica, que eleva la pena del sujeto activo del delito cuando éste aprovecha su relación de confianza con la víctima para realiza un comportamiento delictivo. Esta relación de confianza es lo que facilita al actor la perpetración del delito en perjuicio del ofendido, quebrantando el deber de lealtad originada por esa relación de cercanía entre ambos. | Es decir, estamos ante una circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal de carácter agravante genérica, que eleva la pena del sujeto activo del delito cuando éste aprovecha su relación de confianza con la víctima para realiza un comportamiento delictivo. Esta relación de confianza es lo que facilita al actor la perpetración del delito en perjuicio del ofendido, quebrantando el deber de lealtad originada por esa relación de cercanía entre ambos. | ||
Línea 37: | Línea 37: | ||
__a)Planteamiento sistemático:__ entendemos que se aplica la circunstancia agravante de abuso de confianza cuando: | __a)Planteamiento sistemático:__ entendemos que se aplica la circunstancia agravante de abuso de confianza cuando: | ||
- | -Existe un vínculo moral de confianza, expresa o tácita, latentes sentimientos o deberes de fidelidad, que puede revestir una amplia gama de variedades dentro de las relaciones humanas. | + | * Existe un vínculo moral de confianza, expresa o tácita, latentes sentimientos o deberes de fidelidad, que puede revestir una amplia gama de variedades dentro de las relaciones humanas. |
- | -Ruptura de dicha relación o maltrato de la buena fe depositada en el sujeto activo de la infracción. | + | * Ruptura de dicha relación o maltrato de la buena fe depositada en el sujeto activo de la infracción. |
- | -Aprovechamiento de la confianza para facilitar la comisión del delito. | + | * Aprovechamiento de la confianza para facilitar la comisión del delito. |
- | -Actuación dolosa, con quebranto del deber de fidelidad, que lleva a aprovecharse de la favorable situación para asegurar el plan criminal y, en consecuencia, aminorar los riesgos para el delincuente. | + | * Actuación dolosa, con quebranto del deber de fidelidad, que lleva a aprovecharse de la favorable situación para asegurar el plan criminal y, en consecuencia, aminorar los riesgos para el delincuente. |
__b)Especial consideración de la relación de confianza__ | __b)Especial consideración de la relación de confianza__ | ||
Línea 58: | Línea 58: | ||
En ocasiones pueden existir confusiones con otros delitos, pero nuestra jurisprudencia afirma la no aplicación de la agravante en los delitos de estafa, apropiación indebida y deslealtad profesional de un abogado o procurador, por entender que el abuso de confianza es un elemento inherente a los mismos. Por ejemplo, en cuanto al robo con fuerza en las cosas, por regla general, esta agravante no viene a ser aplicada, ya que, “donde hay fuerza no hay abuso de confianza”. Sin embargo, hay casos concretos en los que si que puede ser apreciada, por cuanto el abuso de confianza permitió el acceso del sujeto activo al lugar en el que se encontraba la cosa robada. Asimismo, también se aplica en otros delitos de falsedades documentales. | En ocasiones pueden existir confusiones con otros delitos, pero nuestra jurisprudencia afirma la no aplicación de la agravante en los delitos de estafa, apropiación indebida y deslealtad profesional de un abogado o procurador, por entender que el abuso de confianza es un elemento inherente a los mismos. Por ejemplo, en cuanto al robo con fuerza en las cosas, por regla general, esta agravante no viene a ser aplicada, ya que, “donde hay fuerza no hay abuso de confianza”. Sin embargo, hay casos concretos en los que si que puede ser apreciada, por cuanto el abuso de confianza permitió el acceso del sujeto activo al lugar en el que se encontraba la cosa robada. Asimismo, también se aplica en otros delitos de falsedades documentales. | ||
- | En conclusión, el TS señala la necesidad de una interpretación restrictiva, reservándose su apreciación para casos de especiales relaciones profesionales, familiares, de amistad y equivalentes, de forma que pueda inferirse una firme esperanza de lealtad, fidelidad y tranquilidad, sin que baste la mera realización de labores administrativas al servicio del sujeto pasivo. | + | En conclusión, el TS señala la necesidad de una interpretación restrictiva de este concepto, reservándose su apreciación para casos de relaciones profesionales especiales, familiares, de amistad y equivalentes, de forma que pueda inferirse una firme esperanza de lealtad, fidelidad y tranquilidad, sin que baste la mera realización de labores administrativas al servicio del sujeto pasivo. |